EDICTO

Ciudad: CARANAVI

Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA EN MATERIA PENAL; JUZGADO DE PARTIDO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SENTENCIA PENAL DE CARANAVI


EDICTO JUDICIAL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL PRIMERO DE CARANAVI POR EL PRESENTE EDICTO DIGITAL SE NOTIFICA Y EMPLAZA A AURORA P.Y., RAÚL MENDO PUYASACA CON CI. 8388112 LP., TÍO DE LA ADOLESCENTE VÍCTIMA AURORA P.Y., Y ROBERTO PUYASACA MACHACA CON CI. 6181892 LP, PADRE DE LA ADOLESCENTE VICTIMA AURORA P.Y., VICTIMAS EN LA PRESENTE CAUSA, CON EL AUTO DE EJECUTORIA DE SENTENCIA CONDENATORIA DE 22.05.2023, POR EL CUAL SE DECLARA EJECUTORIADA LA SENTENCIA Nº TS - 050/2022 DE 02.12.2022, PRONUNCIADO DENTRO DEL PROCESO PENAL SEGUIDO POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO CON ASIENTO EN LA LOCALIDAD DE CARANAVI CONTRA EDDY RENE CUENTAS ÁLVAREZ, POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE ESTUPRO CON AGRAVANTE, PREVISTO Y SANCIONADO POR EL ARTÍCULO 309 Y 310.F) DEL CÓDIGO PENAL; PARA QUE TENGAN CONOCIMIENTO, ESTÉN A DERECHO Y ASUMAN LO QUE EN DERECHO LES CORRESPONDA. AUTO DE EJECUTORIA DE SENTENCIA CONDENATORIA DE 22.05.2023 Código Interno TS – 17/2021 El Cuaderno de Acusación y el escrito que anteceden ingresan a despacho en la fecha, debido a que el suscrito los días 17, 18 y 19 de mayo del año en curso se encontraba con Licencia Oficial a fin de presidir y concurrir audiencias de Juicio Oral celebradas en el Salón de Audiencias del Tribunal Departamental de Justicia La Paz, de lo que se deja expresa constancia. Caranavi, 22 de mayo de 2023 VISTOS: La Sentencia Condenatoria Nº TS – 50/2022 de 02.12.2022 y el Decreto de 02.12.2022; habiéndose sido legalmente notificados las partes procesales y victima con la Sentencia Condenatoria Nº TS – 50/2022 de 02.12.2022 y el Decreto de 02.12.2022, conforme se desprende de la providencia de 02.12.2022 y Edicto Digital cursantes en obrados, sin que hasta la fecha hubiesen interpuesto recurso de apelación restringida u otro en su contra en tiempo hábil y oportuno, además considerando el tiempo trascurrido, en consecuencia se declara expresamente la Ejecutoria de la Sentencia Condenatoria Nº TS – 50/2022 de 02.12.2022. Por Secretaría, cumplidos los presupuestos legales, emítase el correspondiente Mandamiento de Condena de conformidad con lo previsto por el Articulo 365 del Código de Procedimiento Penal y remítase el correspondiente legajo, con las piezas pertinentes, al Juez de Ejecución Penal de turno en la ciudad de La Paz y al Registro Judicial de Antecedentes Penales, de acuerdo a lo normado por los Arts. 430 y 440 del CPP. La presente determinación a conocimiento de los sujetos procesales, con relación a la victima, conforme los antecedentes procesales, procédase a su notificación mediante Edicto Digital. Conforme lo establecido por el Art. 118 del CPP., se habilitan las horas requeridas para el cumplimiento de los actos procesales que correspondan. FIRMA Y SELLA: Javier Ruben Cahuasa Torrez JUEZ PRESIDENTE TRIBUNAL SENTENCIA PENAL PRIMERO DE CARANAVI – TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ - ÓRGANO JUDICIAL SELLA Y FIRMA: Rosario Guarachi Orosco SECRETARIA – ABOGADA TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL 1º, CARANAVI LA PAZ – BOLIVIA.


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