EDICTO
Ciudad: COCHABAMBA
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO EN MATERIA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CAPITAL
E D I C T O
SEGUNDA PUBLICACION
PARA: VIVIANA PARRA VELASCO
LA DRA. SILVIA KARINA MELGAREJO DE LAFUENTE, JUEZA DEL JUZGADO PUBLICO EN MATERIA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA N°2 DE LA CAPITAL DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA, POR EL PRESENTE EDICTO DISPONE LA NOTIFICACION A LA SRA. VIVIANA PARRA VELASCO CON LA SENTENCIA DE FECHA 18 DE AGOSTO DE 2022, DENTRO DEL PROCESO DE EXTINCION DE AUTORIDAD MATERNA PLANTEADO POR EL DR. SANDRO FLORES COPA, COMO ABOGADO DE LA DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA , EN CONTRA DE VIVIANA PARRA VELASCO, A FIN DE ESTE A DERECHO, A CUYO FIN SE TRANSCRIBE LO QUE SIGUE: (RESGUARDANDO LA IDENTIDAD DEL NIÑO INVOLUCRADA EN EL PRESENTE PROCESO ART. 144 PARÁGRAFO 3 DEL NUEVO CDGO. NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE).- POR TANTO.- La suscrita Jueza del Juzgado Publico en materia de Niñez y Adolescencia N° 2 de la Capital, en base a la jurisdicción y competencia que por ley ejerce, administrando justicia en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, con lo opinado por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, los informes psicosociales elaborados por el equipo interdisciplinario del juzgado, FALLA declarando PROBADA la demanda de EXTINCIÓN DE AUTORIDAD MATERNA interpuesta por el representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia Dr. SANDRO FLORES COPA contra la Sra. VIVIAN PARRA VELASCO de fecha 3 de diciembre de 2021, cursante de Fs. 63 a 64 de obrados, disponiendo lo siguiente:.- 1) La extinción de Autoridad Materna de la Sra. VIVIAN PARRA VELASCO, de sus generales conocidas en la demanda, en relación a sus hijos RAFAELA VICTORIA PINTO PARRA y ZAID SALVADOR PINTO PARRA, lo que implica extinción de derechos y obligaciones de la demandada respecto a sus nombrados hijos.- 2) Que los niños RAFAELA VICTORIA PINTO PARRA y ZAID SALVADOR PINTO PARRA, continúen en el centro de acogida Asociación CREAMOS, bajo la Tutela Extraordinaria del Estado, continuando la Instancia Técnica Departamental de Política Social, como TUTOR EXTRAORDINARIO de los prenombrados menores de edad, bajo su estricta responsabilidad.- 3) Asimismo, se dispone la notificación con la presente resolución a la demandada, conforme fue citada, a tal fin por secretaria expídase el edicto correspondiente.- Esta sentencia, de la que se tomara razón donde corresponde, es fundada en base a los Art. 8, 9, 12 y 47. III. inc. d), 50 de la Ley 548, Art. 3 de la convención internacional de los derechos del niño y Art. 60 de la Constitución Política del Estado y es pronunciada en la ciudad de Cochabamba, a los 18 días del mes de agosto de 2022.- Haciéndoles saber a las partes, que tiene derecho de apelar de la presente resolución.- Oportunidad en la que la parte demandante, es decir la abogada de DEMUNA demandante y DEMUNA imparcial, renuncian a apelar de esta resolución, teniéndose presente su renuncia, estando a la espera de la notificación con esta resolución a la demandada, a fin de determinar lo que corresponda en derecho, REGÍSTRESE.- Quedando notificadas las partes con esta sentencia, por su emisión de forma oral.
CON LO QUE TERMINÓ LA AUDIENCIA, FIRMAN LA SRA. JUEZA Y LA SECRETARIA – ABOGADA EL PRESENTE ACTA, NO ASÍ LAS PARTES, POR HABERSE DESARROLLADO LA PRESENTE AUDIENCIA POR PLATAFORMA VIRTUAL. DOY FE.- Firma Ilegible.- Dra. Silvia K. Melgarejo De Lafuente Jueza del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº 2 de la Capital.- Firma Ilegible.- Leticia A. Cespedes Vallejos Secretaria del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº 2 de la capital.- --------------------
ES LO QUE SE TIENE TRANSCRITO A LOS FINES CONSIGUIENTES DE LEY.-----------------------------------------------
Cochabamba, 17 de mayo de 2023
FDO Ilegible.- Silvia K. Melgarejo de la Fuente Juez del Juzgado Publico en Materia de Niñez y Adolescecnia Nro 2 de la Capital Cochabamba - Bolivia
FDO Ilegible.- Lic. Leticia Amparo Cespedes Vallejos Secretaria Abogada Juzgado Publico en Materia de Niñez y Adolescecnia Nro 2 de la Capital Cochabamba - Bolivia
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