EDICTO

Ciudad: CLIZA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE CLIZA


EDICTO DRA. LIZETH LOPEZ AGUILAR JUEZA DEL JUZGADO PUBLICO DE LA NUIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL N° 1 DE CLIZA Por el presente edicto NOTIFÍQUESE a: EDGAR MAMANI CALLE, con memorial de 03 de mayo de 2023 y auto de 04 de mayo de 2023. Conforme se tiene ordenado por auto de 04 de mayo de 2023. Dentro el proceso penal seguido por el Ministerio a denuncia GABINA VASQUEZ MEDRANO contra EDGAR MAMANI CALLE, a cuyo fin se transcriben los siguientes actuados. SEÑOR (A) JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL No. 1 CLIZA ? ACOMPAÑA PRUEBA CODIFICADA ? OTROSI- JIMENA MONICA NINA N, Fiscal de Materia, dentro la investigación seguida por el Ministerio Público signado con el caso CUD: FIS-CBA-CLIZA1800051 - FIS-CLIZA: 282/2018 a denuncia de GABINA VASQUEZMEDRANO víctima: DEYSI TABOADA VASQUEZ contra EDGAR MAMANICALLE, por la comisión del delito (…), ante sus autoridades con el debido respeto expongo y pido:Señor Presidente, en cumplimiento a lo dispuesto por vuestra autoridad tengo a bien acompañar la Prueba Literal ofrecida en el pliego acusatorio de fecha 23/marzo/2023 Consistentes en: MP 1.- MP-I. Formulario único de denuncia de fecha 24 de noviembre de 2022. A fs. 7. MP-2. Informe de intervención policial preventiva o acción directa de fecha 12 de septiembre de 2018, elaborado por el Pol Grover R Mamani Rodriguez dependiente de la FELCC de Cliza. A fs. 1 . MP-3. Acta de denuncia de fecha 12 de septiembre de 2018, realizada por la Sra. Gabina Vasquez Medrano. A fs. 1 MP-4. Entrevista testifical de la Sra. Gabina Váéquez Medrano madre de la menor Deysi Tabuada Vásquez de fecha 12 de septiembre de 2018' ante el investigador asignado al caso. H fs: 2. Mp_5. Fotocopia de cedula He identidad de la menor Deysi Tabuada Vásquez de 12 años de edad. A fs. l. MP-6. Acta de aprehensión de Edgar Mamani calle por particular, de fecha 12 de septiembre de 2018. A fs. 2. Mp-7. Aviso de bien social Defensoria de la Niñez y Adolescencia GobiemoAutónomo Municipal de Punata. A fs. l. Mp-8 Informe de fecha 12 de septiembre de 2018 realizado por la Sgto2do Melitza Noelia García Cervantes investigador asignado al presente caso Afs. 1 Mp-9. Certificado médico Forense de fecha 12 de septiembre de 2018 valoración medica que se realiza a Deysi Taboada Vasquez de 12 años de edad por la medico forense Dra. Sarah Torrez Bedoya, establece en Conclusiones 1 MEMBRANA HIMENAK CON DESGARRO ANTIGUO A HORAS 0 IX(SEGÚN MANECILLAS DE RELOJ) 2SIGNOS DE INFLAMACION Y ERITEMA 3EQUIMOSIS POR DIGNOPRESION EN ANTEBRAZO DERECHO Y EN ANTEBRAZO DERECHO YPOSTRAUMATICA EN MUSLO IZQUIERDO 4 SE SOLICITA VALORACION POR PSICOLOGA SE OTORGA 2 (DOS) DIAS DE INCAPACIDAD MEDICO LEGAL, A Fs. 1, MP-1O, Declaración de la adolescente Deysi Taboada Vazquezde fecha 13 de septiembre de 2018 ante ellic Ronald Lozada Panozo responsable Gabinete Psicológico del municipio de Cliza, A fs, 2 MP- 11 Informe psicológico realizado a la menor Days: Taboada Vasquez de 12 años de edad por ellic Ronald Lozada Panozo Psicólogo de DNA-SLIM-COSLAM-PD de Cliza, de fecha 13 de septembre de 2018 A fs, 5 MP- 12, Registro del logar de los hechos realizado por el Sof. José Luis Ramos investigador asignado al caso de fecha 23 de marzo de 2023 A fs. 5 OTROSI 2: Señalo domicilio procesal Ubicado en el mercado central deCLIZA segunda planto se tenga presente a los fines del Art. 162 del C.P.P Cliza 03 de mayo de 2023.- FDO.- Roberto Calli Roque. FISCAL DE MATERIA. MINISTERIO PUBLICO. Cochabamba-Bolivia AUTO.- Cliza, 04 de mayo de 2023.-En lo principal y otrosí.- Se tiene presente y arrímese al cuadernillo de pruebas, encomendando su custodia a la Sra. Secretaria abogada de este despacho, habiéndose cumplido con lo ordenado por este despacho se determina lo siguiente: VISTOS: La acusación pública, así como la prueba de cargo presentada por la representación del Ministerio Publico Dr. ROBERTO CALLI ROQUE, los antecedentes del caso; y Que conforme el pliego acusatorio, la autoridad fiscal expone los siguientes fundamentos facticos:"De la revisión integral de antecedentes y elementos de prueba cursantes en el cuaderno de investigación, e informe de intervención policial preventiva o acción directa elaborado por el Pol. Grover R. Mamani Rodríguez dependiente de la FELCC de Cliza, a horas 22:30 p.m. del día 12 de septiembre del año 2018 informa que se hizo presente la señora Gabina Vásquez Medrano junto a sus familiares denunciando un hecho de (…) en contra de su hija Deysi Tabuada Vásquez de 12 años de edad, asimismo la denunciante y los familiares de esta entregaron a un menor de edad que responde al nombre de Edgar Mamani Calle de 17 años de edad, a quién lo habrían aprehendido en el frontis de su domicilio ubicado en la comunidad de Banda Bajo del municipio de Cliza, tratando de darse a la fuga. De la entrevista de la menor Deysi Tabuada Vásquez de 12 años de edad, se pudo extractar, que el día martes 11 de septiembre de 2018, a horas 12:00p.m. cuando salió de su escuela "Dr. Rubén Ferrufino", fue a Punata a comprar lana, vino al Sara Jhatu y se encontró con su amiga Claudia, su tía le dio puro 20 centavos para hacer cambiar y se encontraron en el mercado de Punata con su novio, después fueron a la plaza del estudiante y hablaron, Edgar le dijo nos vamos a casar y juntar, tengo 17 años, después le dijo vamos a comer, era las 15:00 p.m. aproximadamente, comieron anticuchos, después se hizo tarde, a horas 18:00 p.m. estaba anocheciendo, ella le dijo me voy a ir, y Edgar le dijo vamos a Cliza yo voy a hablar con tu mama y se fueron a Cliza, llegaron al cuarto donde Edgar vivía en alquiler en Banda Bajo, a horas 21 p.m. ella ingreso al cuarto y se sentó en la cama y Edgar salió a comprar refresco, dulces, galletas, comieron y le dijo, vamos a vivir, yo voy hablar con tu mama. se echaron en la cama y Edgar le dijo, esta noche vamos a dormir juntos, luego apago la luz, ya era las 12:00 p.m. de la noche, le pregunto cuántos años tiene y como se llaman sus padres, la beso en la boca, la empezó a tocar, Edgar (…) y luego se durmieron" " SIC). Resultando, estos hechos que son objeto de juicio, por lo que en aplicación del Art. 309 del Código Niña Niño y Adolescente (Ley 548), al evidenciarse que la parte hoy acusada no ofreció ningún medio de prueba. POR TANTO.- El Juzgado Publico de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal NO 1 de Cliza, al amparo del inc. c) del Art. 309 de la Ley 548, en base a los hechos descritos en la ACUSACION FISCAL dicta AUTO DE APERTURA DE JUICIO en contra del adolescente EDGAR MAMANI CALLE, a quien se le atribuye en grado de autoría el delito de (…) Fijándose AUDIENCIA PARA LA CELEBRACION DE JUICIO ORAL PARA FECHA MIERCOLES 31 DE MAYO DE 2023 A HORAS 10:00 A.M., (HORA PUNTUAL). Póngase en conocimiento de todos los sujetos procesales el presente auto de apertura de juicio con el fin de que surta los efectos legales, sea de manera personal a las partes, debiendo notificarse al hoy acusado adolescente con responsabilidad penal EDGAR MAMANI CALLE mediante edictos, a ser publicado por dos veces consecutivos con intervalos no menor a cinco días, conforme dispone el art. 212 del Código Niña Niño y Adolescente, mediante el portal web del Órgano Judicial, bajo responsabilidad de la secretaria abogada de este despacho judicial. A los fines del inc. d) del Art. 309 de la Ley 548 por secretaria EXPIDASE MANDAMIENTOS DE COMPARENDO QUE REQUIERA LA AUTORIDAD FISCAL PARA LOGRAR LA CITACION A LOS TESTIGOS OFRECIDOS. Tomando en cuenta que al tratarse de un proceso en el cual está involucrado un adolescente con el fin de asegurar el normal desarrollo del juicio, y de no dejar en indefensión al mismo, se dispone la notificación a la o a el responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del municipio de Cliza con el fin de precautelar el derecho de defensa del adolescente Edgar Mamani Calle el día del juicio, pese a que ya está siendo asistido por dicha instancia, sin perjuicio de que el mismo sea asistido por su abogado de confianza. Notifique la Oficial de diligencias -Fdo.- Lizeth López Aguilar Juez Juzgado Publico de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Nº 1 de Cliza.- Fdo.- Carla J. Vargas Baina Secretaria-Abogada Juzgado Publico de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Nº 1 de Cliza.- Cliza, 24 de mayo de 2023 D.S.O


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