EDICTO
Ciudad: EL ALTO
Juzgado: TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE EL ALTO
E D I C T O
LA DRA SANDRA M. ROJAS SALINAS JUEZ PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PRIMERO DE LA CIUDAD DE EL ALTO
HACE SABER:
Por el presente EDICTO se notifica y emplaza a MISHEL CAMILA RAMOS MARCA, para que comparezca ante este Órgano Jurisdiccional y asuma defensa en el proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra LILIAN CRUZ QUISPE Y OTRO por el delito de HURTO, en la que se ha dispuesto lo que a continuación se transcribe: --------------------------------------------------------------
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MEMORIAL DE FECHA 21 DE ABRIL DE 2023.-
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TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA PENAL-EL ALTO
Nure: 201504011 E
Dra. Rojas MP/RAMOS y OTRA PLANTEA RECURSO DE REPOSICIÓN
OTROSIES.- SU CONTENIDO
LILIAN CRUZ QUISPE, mayor de edad, hábil por derecho y de generales conocidas dentro de la causa radicada como MP/RAMOS Y OTRA por la comisión del delito de hurto, tengo a bien presentarme ante las consideraciones de su Autoridad con respeto para exponer y solicitar:
A la fecha, dándome por notificada con la providencia de fecha 17 de abril de 2023 tengo a bien plantear recurso de reposición contra dicha providencia bajo los siguientes argumentos
1.- Mediante resolución Nro. 06/2017 de fecha 07 de febrero de 2017 el Tribunal ha impuesto condiciones para la suspensión del proceso en favor de mi persona
2.- Fueron remitidos actuados al Juzgado de Ejecución Penal 1ro para que el mismo verifique el cumplimiento de dichas condiciones
3.- A fs. 333 del expediente que cursa en despacho se evidencia el informe y auto de fecha 05 de febrero de 2020 emitido por el Juez de Ejecución Penal por el cual se evidencia que mi persona ha cumplido con las condiciones impuestas en la resolución mencionada y no se ha revocado el beneficio de suspensión condicional del proceso.
4.- El artículo 25 del Código de Procedimiento Penal que manifiesta en su última parte que "Si la suspensión condicional del proceso no ha sido revocada hasta el vencimiento de periodo de prueba el Juez de la causa declarará extinguida la acción penal"
Asimismo, el Art. 27 en su inciso 11) del código de procedimiento penal indica, que la acción penal se extingue por el cumplimiento de las condiciones de la suspensión condicional del proceso. Que, bajo esa premisa legal, en la presente causa, se tiene que el Juez de Ejecución Penal 1ro informa que mi persona ha dado cumplimiento a las reglas impuestas por el periodo de prueba establecido en su momento por este Tribunal, consiguientemente, dicha resolución cursante a fs 333 da fe del cumplimiento de las reglas impuestas además de que durante el periodo de prueba no se ha revocado la medida.
PETICION
Por lo expuesto, pido respetuosamente que la providencia de fecha 17 de abril de 2023 sea revocada y que el Tribunal DECLARE LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, por el cumplimiento de las condiciones del periodo de prueba concedido dentro del beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, impuesto a mi persona LILIAN CRUZ QUISPE dentro de la causa por la comisión del delito de HURTO Y ASOCIACION DELICTUOSA, asimismo se disponga el archivo de la causa y conforme a lo establecido en el Art. 441 parte in fine del Código de Procedimiento Penal, se proceda comunicar al REJAP para la cancelación del registro respecto a la suspensión condicional del proceso.
OTROSI 1.- Adjunto fotocopia de Auto de fecha 08 de noviembre de 2021 emitido por el juzgado de Ejecución Penal 1ro con el fin de fundamentar mi petición.
OTROSI 2.- Para conocer futuras diligencias y ulteriores actuados señalo como domicilio procesal la secretaría de su digno despacho, asimismo se señala la dirección de correo electrónico noelmarcelo548@gmail.com y el número de celular WhatsApp Nº 70651282. Ciudadanía digital 602492
ES CUANTO IMPETRO DEFERIR EN ESTRICTA JUSTICIA
El Alto, 21 de abril de 2023
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ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 17 DE MAYO DE 2023.-
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Hora de Inicio: 09:00 a.m.
Hora de finalización: 09:05 p.m.
Lugar y fecha El Alto, 17 de mayo de 2023
Juez Presidente Dra. Sandra Marisol Rojas Salinas
Juez Técnico Dr. Juan Carlos Flores Cangri
Juez Técnico Dr. David Gonzalo Conde Chima
Secretaria Abg. Ana María Pinto Quispe
NUREJ 201504011E
Se instala la presente audiencia de juicio oral, se informó por secretaria respecto a la legalidad de las notificaciones y la presencia de las partes en sala virtual.
MINISTERIO PUBLICO Dr. Frank Vasquez AUSENTE
VICTIMA Mishel Camila Ramos AUSENTE
ABG. SEPDAVI Dra. Marlene Ortuño Cuaquira AUSENTE
ACUSADA Lilian Cruz Quispe AUSENTE
ABG. DE LA DEFENSA Dr. Noel Bautista PRESENTE
Se informa que no se ha cumplido con los 5 días de notificación a la parte víctima - acusación particular a través de Edictos Judiciales dispuestos por la Sra. Juez Presidenta
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LA PRESENTE AUDIENCIA SE REGISTRO EN MEDIO AUDIOVISUAL POR LA PLATAFORMA VIRTUAL “CISCO WEBEX MEETINGS”
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JUEZ PRESIDENTA DRA. ROJAS.- Bien de acuerdo al informe por Secretaria, siendo que no se encuentra la parte solicitante, se va reprogramar la presente audiencia para el DÍA 30 DE MAYO A HORAS 09:00 AM, la parte presente está legalmente notificada. La Secretaria debe notificar a todos los sujetos procesales ausentes, así mismo se debe volver a notificar mediante edictos de ley. No habiendo más que tratar se suspende la audiencia.
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Reporte