EDICTO

Ciudad: SAN BORJA

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO MIXTO DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL DE SAN BORJA


E D I C T O Que, por el presente Edicto se CITA Y EMPLAZA A GABRIELA MENDEZ SUAREZ para que por sí o mediante apoderado legal se apersone por ante este despacho judicial del juzgado público de las familias e instrucción Penal 1º. De la ciudad de San Borja, Provincia Ballivián del Departamento del Beni, dentro de un proceso PENAL seguida por el Ministerio Publico en contra de GABRIELA MENDEZ SUAREZ por el delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVÍSIMAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO,--------------------------------- DECLARATORIA EN REBELDÍA San Borja, 08 DE Mayo de 2023 VISTOS: La Imputación formal interpuesta en contra de GABRIELA MENDEZ SUAREZ, dentro del proceso que sigue el Ministerio Público por el delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVEZ Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO, habiéndose citado por edicto para que en el plazo de 10 dias asuma defensa, misma que fue publicada del 17 de abril del 2023, hasta el 02 de mayo del 2023 tal y como consta a fs. 23 a 24, quien pese al tiempo de la citación no se ha apersonado a sumir defensa tal y como informa el secretario abogado, debiendo aplicar lo estableceio por el art. 87 num. 1) y 89 del C.P.P conforme al informe y revisado el cuaderno de control se evidencia que no cursa ningún justificativo alguno por parte del imputado, demostrando de esta forma la falta de voluntad para someterse al proceso….POR TANTO.- la suscrita Juez Publico de Familia e Instrucción penal 1° de San Borja, amparada en lo señalado por el art. 87 num. 1 y 89 de C.P.P declara REBELDE ante la ley a GABRIELA MENDEZ SUAREZ con C.I. N° 9039052 SC. DISPONIENDOSE:…1.-Su arraigo personal debiendo para el efecto de librarse el correspondiente oficio al señor Director Nacional de Migración para que proceda al arraigo del sindicado a nivel nacional.---2.-Hágase la publicación de sus datos y señas particulares por cualquier medio de comunicación de alcance local y a nivel nacional para su búsqueda y aprehensión, LIBRESE el mandamiento de aprehensión en contra de GABRIELA MENDEZ SUAREZ conforme al art. 89 y 128 del C.P.P y la notificación por edicto del presente auto, según lo establecido por el art. 165 del mismo cuerpo legal.---3.- Así mismo se designa como defensor de oficio al Dr. CARLOS RIVERO OLMOS a quien deberá de notificársele con la presente resolución para que represente y asista con todos los poderes, facultades y recursos reconocidos por ley.---4.- Se ordena al Representante del Ministerio Público se proceda la conservación de las actuaciones y de los instrumentos o piezas de convicción.---Líbrese el correspondiente mandamiento de Aprehensión conforme al art. 89 del CPP.---5.- Publíquese y notifíquese mediante edicto el presente AUTO DE REBELDIA conforme a ley.---REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.---fdo. CLAUDIA TERESA BASCOPE CHAVEZ JUEZ PUBLICO DE FAMILIA E INSTRUCCION PENAL 1RO DE SAN BORJA. FDO. CHISTIAN JHON RIVERA GUARENA, SECRETARIO DEL JUSGADO PUBLICO DE FAMILIA E INSTRUCCION PENAL 1RO DE SAN BORJA.--------------------------------------------------------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SAN BORJA-PROVINCIA Gral. José Ballivián del Departamento del BENI, A LOS 22 DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES------------------------------------------Por Orden de la Sra. Juez.-------------------------------------------------------------------


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