EDICTO
Ciudad: SACABA
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO TERCERO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE SACABA
NUREJ:30174074-3
EDICTO
PARA: MARGARITA QUINTEROS DE PAHUASI, ALBERTO GARCIA SOLIS, ANGEL MELGAREJO, EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI Y PRESUNTOS INTERESADOS.
JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL Nº3 DE SACABA.
DRA. LASTENIA QUIROGA LOPEZ, JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL Nº4 DE SACABA, EN SUPLENCIA LEGAL DEL JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 DE SACABA.
PROCESO: USUCAPION DECENAL.
NUREJ: 30174074-3
Por el presente edicto, se CITA Y NOTIFICA a MARGARITA QUINTEROS DE PAHUASI, ALBERTO GARCIA SOLIS, ANGEL MELGAREJO, EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI Y PRESUNTOS INTERESADOS, dentro el proceso de USUCAPION DECENAL iniciado por MARIA ALANEZ TOLEDO Contra MARGARITA QUINTEROS DE PAHUASI, ALBERTO GARCIA SOLIS, ANGEL MELGAREJO, EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI Y PRESUNTOS INTERESADOS Y OTROS. --- Con DEMANDA 17/11/2021, PROVEIDO DE 06/12/2021, MEMORIAL DE 01/02/2022, PROVEIDO DE 02/02/2022, MEMORIAL DE 16/02/2022, PROVEIDO DE 17/02/2022, MEMORIAL DE 24/02/2022, AUTO DE 02/03/2022, MEMORIAL DE 25/03/2022, PROVEIDO DE 28/03/2022, MEMORIAL DE 12/04/2022, PROVEIDO DE 13/04/2022, MEMORIAL DE 12/05/2022, PROVEIDO DE 13/05/2022, MEMORIAL DE 10/06/2022, PROVEIDO DE 13/06/2022, MEMORIAL 12/07/2022, PROVEIDO DE 12/06/2022, MEMORIAL DE 05/09/2022, PROVEIDO DE 06/09/2022, MEMORIAL DE 27/09/2022, PROVEIDO DE 28/09/2022, MEMORIAL DE 17/10/2022, PROVEIDO DE 18//10/2022, MEMORIAL DE 01/11/2022, PROVEIDO DE 03/11/2022, ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO DE 15/11/2022, MEMORIAL DE 09/01/2023, PROVEIDO 10/01/2023, MEMORIAL DE 30/01/2023, PROVEIDO DE 31/01/2023, MEMORIAL DE 14/03/2023, PROVEIDO DE 15/03/2023, ACTA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO DE 18/04/2023.--- - D E M A N D A. --- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO SACABA.--- Interpone demanda de Usucapión extraordinaria.--- Otrosíes.---- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C. 1. N° 6465644 Cbba., mayor de edad, Vda.. labores de casas, hábil por derecho, con domicilio real en la calle 16 de Julio Entre Ríos, ante Ud. con las mayores consideraciones de respeto, me presento, expongo y pido: --- IDENTIFICACIÓN DE LOS DEMANDADOS .--La presente demanda, la planteo contra los herederos de: --- SABINO CHAMBI CONDORI, con C, I, No 3140824 Cbba.--- ZENOBIA CARBALLO ALEGRE, con C.I. N° 4477311 Cbba.---- EDUARDA CHAMBI AGUAYO, con C.I. N° 694721 Or. ANGEL MELGAREJO (sin datos).---- JOSE PAHUASI CESPEDES (sin datos) MARGARITA QUINTEROS DE PAHUASI (sin datos).--- ALBERTO GARCIA SOLIZ (sin datos).--- FREDDY ORTUNO NOGALES, con C.I. N° 3023336 Cbba., mayor de edad, soltero, con domicilio en la Av. Monceñor Alcocer N° 028 - Sacaba.--- HEREDEROS DE JUANA NOGALES DE ORTUÑO Y MELCHOR ORTUNO ORELLANA.--- FREDDY ORTUNO NOGALES, con C.I. N° 3023336 Cbba., mayor de edad, soltero, con domicilio en la Av. Monceñor Alcocer N° 028 - Sacaba. CASTA ORTUNO NOGALES DE GOMEZ, con C.1. N° 3591118 Cbba., mayor de edad, viuda, con domicilio en la C. final Bolivar S/N - Sacaba.--- ALICIA ORTUÑO NOGALES DE DIAZ, con C.1. N° 863355-1J Cbba., mayor de edad, casada, con domicilio en Canal Pata-Sacaba. Quienes son herederos de los que en vida.- OBJETO.-- En tiempo y forma oportuna interpongo demanda judicial de Usucapión extraordinaria, de un bien inmueble de una extensión superficial de 300.00 M2, ubicado en la zona de Canal Pata, de la localidad de Sacaba, provincia Chapare, del departamento de Cochabamba, (acompaño plano georeferenciado elaborado por profesional Arquitecto), por los fundamentos de hecho y derecho que a continuación señalo: --- EXPOSICION DE LOS HECHOS.---- Resulta Señor Juez, que hace 16 años en fecha 14 de Diciembre de 2005 conjuntamente mi finado esposo Adquirimos por compra, un lote de terreno de 300.00 M2, ubicado en la zona de Canal Pata, de la localidad de Sacaba, provincia Chapare, del departamento de Cochabamba, cuyas colindancias son: Al Norte limita con la propiedad de Agustin Garcia, al Sud limita con una calle innominada, con perfil de vía de 10.00 mts., al Este con pasaje Innominado y al oeste con la propiedad de OPAUDA José Pahuasi; tal como se puede evidenciar en el documento que adjunto a la presente demanda, con reconocimiento de firmas ante Notaria de Fe Publica de segunda clase N° 3 a cargo del Notario Cinthia Siles Orosco desde entonces Sr. Juez no he podido registrar y consolidar mi ade derecho propietario en Derechos Reales ya que los vendedores se encuentran fallecidos y no se pudo regularizar en la Alcaldía la división de su propiedad. En el bien inmueble descrito voy ejercitando la posesión de manera pública, pacifica y continuada por el tiempo de DIECISEIS AÑOS, sin que persona alguna haya cuestionado ni perturbado mi posesión, mas al contrario todo el vecindario me reconoce como el único propietario del inmueble objeto de la presente demanda, asi también se realizó muchas mejoras tal es el caso de tres cuartos de ladrillo, una sala, dos baños y una cocina.---- EXPOSICION DE DERECHO.--- Por lo expuesto amparados en lo previsto en los artículos 138, 87 del Código Civil y cumpliendo con los requisitos establecidos por el nuevo Código Procesal Civil, en la vía Ordinaria interpongo la presente demanda de Usucapión Decenal o Extraordinaria sobre el indicado lote de terreno dirigiendo la presente demanda contra los herederos de los Sres. JUANA NOGALES DE ORTUNO Y MELCHOR ORTUNO ORELLANA, SABINO CHAMBI CONDORI, EDUARDA CHAMBI AGUAYO, ANGEL CESPEDES, MARGARITA QUINTEROS DE PARUASI, ALBERTO GARCIA SOLIZ, FREDDY ORTURO NOGALES, los mismos que cuenta con registro en Derechos Reales a Fojas 27 y Ptda. N 61 del ZENOBIA CARBALLO ALEGRE, libro primero de propiedad de la provincia Chapare, en fecha HELGAREJO, JOSE PAHUASI 26 de Enero de 1949, es por esta razón que acudo a su autoridad y enmarcado dentro la normativa, para que se me reconozca como único propietaria, del bien.--- PETICION.--- Por lo anteriormente indicado a 1.- Se declare probada la demanda en todas sus partes. ---- 2. Se me declare expresamente legitimo propietario del bien Solicito a su autoridad: inmueble ubicado en la zona de Canal Pata, de la localidad de Sacaba.---- 3.- En ejecución de sentencia se ordene al Juez Registrador de Derechos Reales, previo el pago de los tributos correspondientes, el registro definitivo de mi derecho propietario, en Derechos Reales.---- OFRECIMIENTO DE PRUEBA DOCUMENTAL .--- Con la demanda ofrezco la siguiente prueba documental: ---- 1. Expediente del proceso de conciliación .--- a) Plano Georeferenciado.--- b) fotos de la propiedad.--- c) Documento de transferencia con reconocimiento de firma.--- d) Certificado treintañal.--- e) Certificado de defunción de Melchor Ortuño Orellana.-- f) Certificado de defunción de Juana Nogales Avilés acro.--- g) Certificaciones de SEGIP de los demandados.--- h) certificado de defunción de mi finado esposo.--- i) Certificado de matrimonio..--- j) acta de conciliación.---- k) Certificados de SERECI de los demandados.--- l) Croquis de ubicación del predio.--- 2.- Factura de los servicios de Luz eléctrica. --- 3.- Certificación de ELFEC.---- 4.- Certificación de la Junta Vecinal Valle Central Canal Pata.--- Asi también ofrezco como prueba la Inspección de visual predio objeto de la presente demanda. --- OPRECIMIENTO DE PRUEBA TESTIFICAL.--- La declaración testifical de los siguientes ciudadanos hábiles:---- 1.- Sr. HECTOR ELIAS TERCEROS OLIVARES, con C.I. 1118409 Chuquisaca, Mayor de edad, soltero de ocupación Militar, con domicilio actual calle Final Bolivar - Sacaba y hábil por ley.--- 2.- Sr. GUZMAN ESCOBAR TORREZ, con C.1. 3591816, Mayor de edad, soltero, Chofer, con domicilio actual, en la zona Canal Pata y hábil por ley.---- OTROSÍ PRIMERO.- Toda Vez que se desconoce los domicilios de los demandados, tal como evidencia las certificaciones de la oficial de diligencia dentro el proceso de conciliación, solicito a su autoridad disponga la citación por edictor.--- OTROSÍ SEGUNDO.- En cuanto a los honorarios profesionales del Abogado que nos presta sus servicios profesionales me someto al arancel minimo fijado por el Colegio de Abogados, pido se tenga presente.--- OTROSÍ TERCERO.- Señalo domicilio Procesal la Oficina del Profesional que suscribe, ubicado en la Calle Ingavi Esq. La Tapia N 135 of. 3 de esta Localidad de Sacaba, Celular/Wats App 70777935, correo electrónico criseros34@hotmail.com.--- OTROSÍ CUARTO.- Diligencias se notifique de la forma que su autoridad disponga.--- Sacaba, 17 de Noviembre del año 2021.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.---- P R O V E I D O.- Sacaba, 06 de diciembre de 2021.--- Ingresado a despacho en la fecha. --- A lo principal. - Con carácter previo a considerar el escrito que antecede, acompañe esta parte:---- 1) Cumpla con el Art. 110 en sus numerales 4,5, 8 y 9 del Código Procesal Civil.--- 2) Siguiendo la linea jurisprudencial sentada por el Tribunal Supremo de Justicia, mediante el Auto Supremo N° 262 de fecha 11 de agosto de 2001, que en su parte pertinente reza: "La usucapión declarada judicialmente produce un doble efecto, adquisitivo para el usucapiente y extintivo para el usucapido, razón por la cual para que ese efecto se produzca de forma valida y eficaz, es indispensable que el actor dirija la demanda contra quien figure, en el Registro de Derechos Reales, como titular del derecho propietario del bien inmueble que se pretende usucapir, solo asi la Sentencia que declare la usucapión procura válidamente ese doble efecto. El sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en el Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir, por ello el acto debe acompañar con la demanda la certificación o documentación que acreditese aspecto, toda vez que es contra el el actual propietario, que se pretende opere el efecto extintivo de la usucapión"-(..) que quien pretenda adquirir derecho de propiedad por la usucapión, debe realizar la investigación respecto a la tradición registral y asi determinar con precisión quienes figuran en los registros actuales como propietarios (...) Por lo que se dispone que dirija su demanda en contra de todos y cada uno de los titulares del inmueble objeto de Litis.---- 3) Conforme a lo dispuesto en el art. 111 parágrafos I y II del Código Procesal Civil, indicando si pretende producir otra prueba documental relativa a su pretensión que no se encuentre en su poder y el lugar donde se encuentre la misma, así como el señalamiento de los medios probatorios de que intentare valerse, tomando que es el único momento procesal para ofrecer pruebas y señale los hechos que pretende demostrar.--- 4) Amplie su demanda en contra del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba y presuntos interesados.--- 5) Acompañe toda la documentación que acredite el dominio y posesión de los actores sobre el terreno objeto de la demanda.--- 6) En previsión del art. 292 del Código Procesal Civil, concordante con el art. 8 del Protocolo de Aplicación del Código Procesal Civil, acompañe acta de conciliación o en su defecto resolución que declare la exclusión de conciliación en contra de todos los demandados.--- 7) En atención a las Circulares N° 015/94 de Abril de 1994 y No 35/94 de Agosto de 1994, y siendo que las certificaciones acompañadas son de data antigua () con referencia al inmueble objeto de demanda: a) Certificación sobre el inmueble motivo del proceso detallando la ubicación exacta, superficie, colindantes, estado impositivo, código catastral, nombre del propietario, antigüedad de las construcciones con respaldo de imágenes satelitales, si el inmueble se encuentra o no afectado como área verde o equipamiento o vias o calles, si se encuentra en área urbana o rural, valor catastral. Certifiquese también la existencia de trámites pendientes de transferencias, visaciones y otros sobre el inmueble motivo de litis a nombre de los demandantes o terceros ajenos al proceso; a cuyo efecto notifiquese al Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba.--- b) Certificación de la Oficina de Plataforma de Atención Al Usuario Externo sobre la existencia o inexistencia de procesos civiles y penales que acredite que los impetrantes se encuentran en calidad de demandantes o demandados en procesos de interdictos de adquirir, recobrar o retener la posesión, despojo o usurpación. A tal fin notifiquese a la Oficina de plataforma de Atención al Usuario Externo de esta localidad.--- c) Certificación que emitan los Secretarios Abogados de los Juzgados Públicos en materia Civil Nos. 1, 2, 3 y 4 de esta jurisdicción, acreditando la existencia o inexistencia de procesos de interdictos de adquirir, retener y recobrar la posesión y reivindicación en el que participen los demandantes y los demandados; a cuyo efecto notifiquese a los mismos. Para que el demandante cumpla con la observación y adjunte los documentos dispuestos, se le concede el plazo de 30 días desde su legal notificación bajo conminatoria de tenerse por NO PRESENTADA la demanda conforme dispone el Art. 113 parágrafo I del Código Procesal Civil. - Notifique Oficial de Diligencias.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores, Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dra. Micaela Lizet Ustariz Montaño. Secretaria Abogada del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.--- SEÑOR JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL N 3 SACABA.--- Solicita ampliación de plazo.---Otrosi. - NUREJ. 30174074-3.--- el/W.APP. 70777935 Correo.- criacros34@hotmail.com.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de usucapión seguido por mi persona contra FREDDY ORTUNO NOGALES y otros, ante Ud. con las consideraciones de respeto, expongo y pido: ---habiendo sido notificada con proveído de fecha 06 de Diciembre de 2021, emitido por su autoridad, tengo a bien solicitar ampliación de plazo, toda vez que por inicio de gestión 2022 los funcionarios de la Alcaldía no cuentan con contratos, por lo que no pueden firmar las certificaciones, solicitadas, por lo tanto no puedo cumplir con lo requerido por su autoridad, razón por lo que solicito muy respetuosamente ampliación de plazo a fin de cumplir con las observaciones a cabalidad.---- OTROSI.- Con la finalidad de contar con documentación actualizada del derecho propietario de los demandados, solicito a su autoridad orden para notificar a Derechos Reales a fin de que me extienda un folio actualizado de la matricula N° 3.10.1.01.0007035.--- MAS OTROSI.- Diligencias estaré a conocer de la manera que su autoridad disponga.--- Sacaba, 01 de Febrero del año 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 02 de febrero de 2022.---A merito de lo solicitado, ampliando lo favorable y restringento odioso se amplia el plazo otorgado a la parte demandante a 16 dias más, electo de que cumpla lo dispuesto por proveido de 06 de diciembre de 2021, bajo conminatoria de ley. Al otrosi. Como solicita se ordena in Notificación al Registrador de Derechos Reales al fin impetrado.- Al Mas Otrosi- Notifique Funcionaria.--- . Fdo.- Dra. Lastenia Quiroga Lopez, Juez Público Civil y Comercial Nro. 4 de Sacaba, en suplencia legal del Juzgado Publico Civil y Comercial N° 3 de Sacaba. - Fdo.- Dra. Micaela Ustariz Montaño. Secretaria Abogada del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.--- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SACABA.--- Cumple lo ordenado.--- Otrosies.--- NUREJ: 30174074-3.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. No 6465644 Cbba, dentro la demanda de Usucapion extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido: --- Dando cumplimiento al proveido de fecha 06 de Diciembre de 2021 emito por su autoridad, tengo a bien cumplir con las observaciones, como sigue: --- Al inciso 1) y 2) Interpongo la presente demanda de usucapión extraordinaria, contra:--- SABINO CHAMBI CONDORI, con con C.I. N° 3140824 Cbba. con domicilio en Sindicato Copacabana, Valle de Sajta Puerto Villarroel Carrasco.--- ZENOBIA CARBALLO ALEGRE, con C.I. N° 4477311 Cbba. con Domicilio en Canal Pata – Sacaba.--- EDUARDA CHAMBI AGUAYO, con C.I. N° 694721 Or. Sin Datos de domicilio (tal como evidencia en certificación de SEGIP Fs. 24).--- ANGEL MELGAREJO (No reporta registro según certificaciones de SERECI y SEGIP fs. 29 y 24).--- JOSE PAHUASI CESPEDES (Argentina).--- MARGARITA QUINTEROS DE PAHUASI (No reporta registro según certificaciones de SERECI y SEGIP fs. 29 y 24) .--- ALBERTO GARCIA SOLIZ (No reporta registro según certificaciones de SERECI y SEGIP fs. 29 y 24).--- HEREDEROS DE JUANA NOGALES DE ORTUÑO Y MELCHOR ORTUÑO ORELLANA: --- FREDDY ORTUNO NOGALES, con C.I. N° 3023336 Cbba., mayor de edad, soltero, Alcocer N° 028 - Sacaba. con domicilio en la Av. Monseñor.--- CASTA ORTUNO NOGALES DE GOMEZ, con C.I. N° 3591118 Cbba., mayor de edad, viuda, con domicilio en la c. final Bolivar S/N Sacaba.--- ALICIA ORTUNO NOGALES DE DIAZ, con C.1. N 863355-13 Cbba., mayor de edad, casada, con domicilio en Canal Pata-Sacaba.--- YOLANDA ORTUÑO NOGALES, con C.I. N 3582817 Cbba mayor de edad, soltera, con domicilio en Yapacani - v. Santa Isabel. Quienes son herederos de JUANA NOGALES DE ORTUÑO Y MELCHOR ORTUNO ORELLANA .--- PEDRO GUTIERREZ VIDAURRE, con C.I. N 7881641 Cbba.--- Alcalde Municipal de Sacaba, con domicilio en el pasaje consistorial plaza 6 de Agosto - Sacaba .---- PRESUNTOS INTERESADOS.--- 5) el bien inmueble objeto de la presente demanda tiene e una superficie de 300.00 m2 ubicado en la Zona de Canal Pata, Distrito Lava Lava Municipio de Sacaba provincia Chapare, del departamento de Cochabamba.--- 8) La cuantía del predio objeto de la presente demanda es de Bs. 35.000 (Treinta y cinco mil bolivianos) Acompaño comprobante de pago. ORADA TEMAND ABRADOR .--- 9) 1.- Se declare probada la demanda en todas sus partes.--- 2.- Se me declare expresamente legitimo propietario del bien inmueble ubicado en la zona de Canal Pata, de la localidad de Sacaba. 20 12AMA BEOG.--- 3.- En ejecución de sentenciase ordene al Juez Registrador de Derechos Reales, previo el pago de los tributos correspondientes, el registro definitivo de mi derecho propietario, en Derechos Reales. 5) Acompaño apla presente folio real actualizado en original de los demandados.--- Así mismo adjunto comprobante de ingreso de visación de minuta de fecha 06 de Julio de 2006, el mismo que demuestro la compra y posesión del bien inmueble objeto de la presente demanda .--- 6) Acompaño a la presente el acta de conciliación de fecha 26 de octubre de 2021. 7) Acompaño a la presente.--- 7a) Certificación de fecha 25 de Enero de 2022 emitido por Urbanismo D- Lava Lava. b) Certificación de fecha 31 de Enero de 2022 emitido por Unidad de Catastro.--- c) Certificación de fecha 03 de Febrero de 2022 emitido por Jefatura de Urbanismo D-Lava Lava. d) Certificación de fecha 25 de Enero de 2022 emitido por Jefatura de Ordenamiento Territorial.--- e) Certificación de fecha 04 de Febrero de 2022 emitido por Bienes Inmuebles. 7b) Acompaño las certificaciones de Plataforma.--- 7c) Acompaño a la presente las Certificaciones de los Juzgados Civil y comercial Nos 1,2,3 y 4. Habiendo acompañado con toda la documentación requerida por su autoridad, solicito admita la demanda.--- OTROSI. Providencias estaré a conocer de la forma que su autoridad disponga.--- Sacaba, 16 de febrero 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 17 de febrero de 2022.--- Se tiene por acompañadas las literales que hace referencia arrimese a sus antecedentes, sin embargo, cumpla a cabalidad con lo dispuesto en proveido de 06 de diciembre de 2021: 1) Acompañe el reintegro de la cuantia tomando en cuenta el avalúo catastral del inmueble objeto de demanda 2) Acompañe resolución que declare la exclusión de conciliación en contra de todos los demandados, para lo cual por el principio de favorabilidad se le amplía el plazo por 3 días más bajo conminatoria de aplicarse lo previsto en el art. 113-1 de la Ley 439. Al Otrosi.- Notifique Oficial de Diligencias..--- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - - Fdo.- Dra. Micaela Lizet Ustariz Montaño. Secretaria Abogada del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.--- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SACABA.--- Cumple lo ordenado.--- Otrosíes.- ---- NUREJ. 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido: Dando cumplimiento al proveido de fecha 17 de Febrero de 2022 emito por su autoridad, tengo a bien cumplir con las observaciones, como sigue: ---- Al inciso 1) acompaño a la presente el comprobante de pago por el reintegro de la cuantía.--- Al inciso 2) Del acta de incomparecencia de conciliación previa causa 310/2021 emitido por la sala de conciliación el cual indica que no se puedo encontrar los domicilios de los emplazados a conciliar por lo que no se notifico y al tener domicilio desconocido conforme el Art 293 numeral 6 "cuando la parte demandada tuviera su domicilio en jurisdicción departamental distinta al lugar donde se promoverá la demanda principal o en el exterior o cuando su domicilio fuera desconocido" es materia excluida dentro la conciliación previa.--- habiendo subsanado la observaciones, solicito admita la demanda.--- OTROSI. Providencias estaré a conocer de la forma que su autoridad disponga.--- Sacaba, 24 de febrero 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 02 de marzo de 2022.--- VISTOS: Habiendo cumplido las observaciones efectuadas, se admite la demanda ordinaria de Usucapión seguida por Maria Alanez Toledo, la cual se corre en TRASLADO a Sabino Chambi Condori, Zenobia Carballo Alegre, Eduarda Chambi Aguayo, Angel Melgarejo, Jose Pahuasi Cespedes, Margarita Quinteros de Pahuasi Alberto Garcia Soliz, Freddy Ortuño Nogales/Casta Ortuño Nogales de Gomez, Alicia Ortuño Nogales de Diaz Yolanda Ortuño Nogales Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba representado por el Sr. Alcalde Pedro Gutiérrez Vidaurre y a Presuntos Interesados, para que los mismos contesten a la presente acción en el plazo previsto por el art. 125-1 de la Ley N° 439.--- A fin de citar a Presuntos Interesados por Secretaria emitase el edicto correspondiente, previo juramento de desconocimiento de domicilio, edicto que deberá de publicarse por dos veces consecutivas, con un intervalo de no menor a 5 días hábiles el uno del otro, en Sistema Hermes, bajo conminatoria de designarse abogado defensor de oficio en caso de incomparecencia, conforme a lo estipulado en el art. 78-111 de la ley 439.--- Providenciando al escrito de demanda.--- Al Otrosi Primero.- Estese a lo principal. Al Otrosi Segundo.- Se tiene presente lo expuesto con los honorarios del abogado que suscribe. Al Otrosi Tercero.- Tome nota Oficial de Diligencias. Cite y notifique Funcionaria.--- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - - Fdo.- Dra. Micaela Lizet Ustariz Montaño. Secretaria Abogada del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.--- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SACABA .--- Solicita orden que indica.--- Otrosies.--- NUREJ. 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.1. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapion extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido: Dando cumplimiento al proveido de fecha 02 de Marzo de 2022, emitido por su autoridad, tengo a bien solicitar muy respetuosamente: Sr. Juez, toda vez que, entre los demandados el Sr. Sabino Chambi Condori, con C.I. N° 3140824 Cbba. su domicilio según SEGIP se encuentra en el Sindicato Copacabana Valle de Sacta, Puerto Villarroel Carrasco, sin embargo he tenido conocimiento que actualmente se encuentra viviendo en su domicilio, ubicado en la zona de Canal Pata (adjunto croquis), razón por lo que solicito a su autoridad se lo cite con la presente demanda en su domicilio actual.--- OTROSI PRIMERO.- Por error involuntario de taipeo, en la demanda principal, se omitió el nombre de la Sr. YOLANDA ORTUNO NOGALES, con C.I. No 3582817, por lo que se amplia la demanda contra la nombrada y se tome en cuenta como codemandada, la misma que tiene como domicilio actual, en la Calle Final Bolivar - Sacaba (adjunto Croquis).---OTROSI SEGUNDO.- Providencias estaré a conocer de la forma que su autoridad disponga.--- Sacaba, 25 de Marzo 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 28 de marzo de 2022.--- Previamente y a fin de no causar indefensión a las partes se dispone la notificación del Servicio de Registro Civico (SERECI) y Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) a objeto de que por la sección correspondiente extienda certificación del último domicilio del demandado Sabino Chambi Condori AL OTROSI PRIMERO.- Estese a lo dispuesto en auto de 02 de marzo de 2022, tomando en cuenta que esta parte ya ha dirigido su demanda en contra de Yolanda Ortuño Nogales a través de escrito de 16 de febrero de 2022. AL OTROSI SEGUNDO.- Notifique Oficial de Diligencias.--- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - - Fdo.- Dr. Grover Maita Arnez. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 4 de Sacaba, en suplencia legal del Juzgado Publico Civil y Comercial N° 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.--- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SACABA Solicita orden que indica .--- Otrosi. ---- NUREJ.- 30174074-2 .--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.1. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido: --- Habiendo sido notificada con proveido de fecha 28 de Marzo de 2022 emitido por su autoridad, tengo a bien solicitar muy respetuosamente: --- Sr. Juez, toda vez que el demandado Sabino Chambi Condori, no ha actualizado su padrón biométrico ni actualizado sus datos en SEGIP, siendo que los datos personales, tal como evidencia en certificaciones que cursan en expediente, demuestran como ultimo domicilio en Sindicato Copacabana - Valle Sacta Pto. Villarroel Carraso, es que solicito a su autoridad que por secretaria de su despacho se me extienda comisión instruida a fin de citar en el último domicilio que señala dicha certificación.--- OTROSI.- Providencias estaré a conocer de la forma que su autoridad disponga.--- Sacaba, 12 de Abril de 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 13 de abril de 2022.---- Cumpla a cabalidad con lo dispuesto en proveido de 28 de marzo de 2022, tomando en cuenta que las certificaciones que hace mención en el escrito que antecede y que cursan a fs. 29 son de data antigua. AL OTROSI.- Notifique Oficial de Diligencias.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N 3 SACABA.--- Solicita nueva notificación para SEGIP Y SERECI.--- Otrosi.---- NUREJ.- 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.1. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante ud. expongo y pido: Sr. Juez, toda vez que en fecha 25 de Marzo de 2022, se solicito, que SEGIP y SERECI extienda una certificación del ultimo domicilio del Sr. Sabino Chambi Condori, con C.I. N° 3140824 Cbba. sin embargo por error involuntario en la orden de notificación no se consigno el numero de Cedula de Identidad, por lo que las certificaciones de dichas entidades, salieron negativas, razón por lo que solicito muy respetuosamente a su autoridad, me extienda nueva orden para notificar a SEGIP y SERECI a fin de que certifiquen el ultimo domicilio del Sr: SABINO CHAMBI CONDORI. CON C.I. N° 3140824 Cbba..--- OTROSI.- Providencias estaré a conocer de la forma que su autoridad disponga.--- Sacaba, 12 de Mayo de 2022.--- .--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 13 de mayo de 2022.--- Se tiene por acompañadas las certificaciones emitidas por el SEGIP y SERECI arrímese al proceso. Por otro lado, a mérito de lo expuesto se dispone la notificación del Servicio de Registro Cívico (SERECI) y Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), a objeto de que extiendan certificación del ultimo domicilio de Sabino Chambi Condori con C.I. N° 3140824 Cbba.--- AL OTROSI.- Notifique Oficial de Diligencias.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.--- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N 3 SACABA.-- Solicita orden que indica.--- Otrosi. --- NUREJ. 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. No 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido: --- Sr. Juez, toda vez que el demandado Sabino Chambi Condori, no ha actualizado su padrón biométrico ni actualizado sus datos en SEGIP, siendo que los datos personales, tal como evidencia en certificaciones que acompaño, demuestran como ultimo domicilio en Sindicato Copacabana - Valle Sacta Pto. Villarroel Carraso, por lo que solicito a su autoridad que por secretaria de su despacho se me extienda comisión instruida a fin de citar en el último domicilio que señala dicha certificación.--- OTROSI. Providencias estaré a conocer de la forma que su autoridad disponga.-- Sacaba, 10 de Junio de 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.- Sacaba, 13 de junio de 2022.-- Se tiene por acompañadas las certificaciones emitidas por el SEGIP y SERECI arrímese al proceso.--- Por otro lado, para la citación de Sabino Chambi Condori en el domicilio señalado por el Servicio de Registro Civico (SERECI) por Secretaria extiéndase comisión instruida encomendando su ejecución al Sr. Juez Publico de Turno Mixto de Ivirgarzama. AL OTROSI. - Notifique Oficial de Diligencias.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.--- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SACABA.--- Solicita orden para edicto.--- Otrosi.---- NUREJ.- 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido A mérito de las certificaciones emitidas por SEGIP Y SERECI, tengo a bien solicitar: --- A fin de citar con la presente demanda de usucapion a los Sres.: EDUARDA CHAMBI, ANGEL MELGAREJO, MARGARITA QUINTEROS Y ALBERTO GARCIA, es que solicito a su autoridad orden de edicto previo juramento de desconocimiento de domicilio, ya que por las certificaciones antes mencionadas, se desconoce paradero de los antes nombrados, solicitud realizada a mérito del Art 78 del C.P.C.--- OTROSÍ.- Diligencias se comisione a funcionario público. Sacaba, 12 de Julio del 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.- Sacaba, 12 de julio de 2022.--- Previamente se dispone la notificación al Segip y Sereci de Sacaba a fin de que. emita certificación actualizada del último domicilio de los Sres. Eduarda Chambi Aguayo con C.I.N° 694721 Or., Ángel Melgarejo, Margarita Quinteros de Pahuasi y- Alberto García Soliz, y con su resultado se dispondrá lo que en derecho corresponda .--- Al Otrosi.- Notifiquese.--- Fdo.- Dra. Lastenia Quiroga Lopez, Juez Público Civil y Comercial Nro. 4 de Sacaba, en suplencia legal del Juzgado Publico Civil y Comercial N° 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N°3 DE SACABA.--- Solicita orden para edicto.--- Otrosi.- A.--- NUREJ.- 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.1. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido.--- A mérito de las certificaciones emitidas por SEGIP y SERECI, tengo a bien solicitar: --- A fin de citar con la presente demanda de usucapion a los Sres.: EDUARDA CHAMBI, ANGEL MELGAREJO, MARGARITA QUINTEROS Y ALBERTO GARCIA Soliz, es que solicito a su autoridad orden de edicto previo juramento de desconocimiento de domicilio, ya que por las certificaciones antes mencionadas, se desconoce paradero de los antes nombrados, solicitud realizada a mérito del Art 78 del C.P.C.--- OTROSÍ. Diligencias se comisione a funcionario público. --- Sacaba, 05 de Septiembre del 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.- Sacaba, 06 de Septiembre de 2022.--- A lo principal.- Por acompañadas las certificaciones, arrimese al proceso. Por otro lado, en atención a la representación efectuada por la representante del Servicio de Registro Civico (SERECI) de Sacaba, se ordena la notificación del SERECI de Sacaba para que certifique el domicilio electoral de Eduarda Chambl Aguayo con C.I. N° 694721 Or., Angel Melgarejo, Margarita Quinteros de Pahuasi y Alberto Garcia Soliz. Al otrosi.- Notifique Oficial de Diligencias.---Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 3 SACABA Cumple lo ordenado y solicita orden para edicto.--- Otrosi. - -NUREJ.-30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi .Condori y otros, ante Ud. expongo y pido.--- Señor Juez, en cumplimiento al proveido de fecha 06 de Septiembre de 2022 emitido por su autoridad tengo a bien acompañar la certificación emitida por SERECI, la misma establece que no existe un reporte de datos de los ciudadanos EDUARDA CHAMBI AGUAYO, ANGEL MELGAREJO, MARGARITA QUINTEROS de PAHUASI Y ALBERTO GARCIA SOLIZ.--- OTROSÍ PRIMERO.- Sr. Juez toda vez que por error involuntario se consigno a uno de los demandados como EDUARDA CHAMBI GUAYO SIENDO LO CORRECTO EDUARDA AGUAYO de CHAMBI, con C.I. N° 694721 Or. tal como se evidencia en la certificación emitida por Derechos Reales y a fin de no provocar indefensión, es que solicito nueva orden para SEGIP Y SERECI, A fin de que certifique el domicilio.--- OTROSI SEGUNDO.- Diligencias se comisione a funcionario público.--- Sacaba, 27 de Septiembre del 2022.---- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.- Sacaba, 28 de septiembre de 2022.--- Se tiene por acompañadas las literales que hace referencia, arrimese al proceso. AL OTROSI PRIMERO. - En mérito de lo expuesto en el escrito que antecede se dispone la notificación del Servicio de Registro Civico (SERECI) a objeto de que por la sección correspondiente extienda certificación del domicilio electoral, de igual la notificación del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) a objeto de que por la sección correspondiente extienda certificación del ultimo domicilio de Eduarda Aguayo de Chambi con C.I. No. 694723 Or. AL OTROSI SEGUNDO.- Notifique Oficial de Diligencias..--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N 3 3 SACABA .--- Acompaña certificación y solicita orden para edicto .--- Otrosi. - NUREJ. 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.i. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapion extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi .Condori y otros, ante Ud. expongo y pido.--- Señor Juez, a mérito de las certificaciones adjuntas de SERECI Y SEGIP, la misma establece que no existe un reporte de datos de la ciudadana EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI. por lo que solicito a su autoridad, orden de edicto previo juramento de desconocimiento de domicilio, de todos los demandados cuyos domicilios son desconocidos, solicitud realizada a mérito del Art 78 del C.P.C.--- OTROSÍ PRIMERO.- Diligencias se comisione a funcionario público.--- Sacaba, 17 de Octubre del 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.- Sacaba, 18 de octubre del 2022.--- Se tiene por adjuntada la certificación emitida por el SEGI, ain embargo se CONMINA a la Responsable del Carvicio de Registro Civico (SERECI) de Secabs para que cumpla con el proveido de 28 de septiembre de 2022 y extienda certificación de domicilic electoral de Eduarda Aguayo de Chambi con C.I.N 694721 Or.. recordándole que las órdenes judiciales son de cumplimiento obligatorio, conforme a lo estipulado en el Art. 5 del código procesal Civil. Para lo cual se dispone la notificación de la Responsable del Servicio de Registro Civico (SERECI) de Sacaba.- Al Otrosi Primero.- Notifique Oficial de Diligencias.---- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N 3 SACABA.--- Acompaña certificación y solicita orden para edicto.--- Otrosi. - NUREJ.- 30174074-2 .--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi .Condori y otros, ante Ud. expongo y pido Señor Juez, a mérito de la certificación que acompañio. emitida por el Servicio de Registro Civico Cochabamba SERECI, la misma establece que no existe un reporte de datos de la ciudadana EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI, es que solicito à su autoridad, orden de edicto previo juramento de desconocimiento de domicilio, de todos los demandados cuyos domicilios son desconocidos, solicitud realizada a mérito del Art 78 del C.P.C.--- OTROSÍ PRIMERO.- Diligencias se comisione a funcionario público.--- Sacaba, 01 de Noviembre del 2022.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 03 de Noviembre de 2022.--- Por acompañada la certificación emitidas por el SERECI, arrimese al proceso. A mérito de lo expuesto en el escrito que antecede, se ordena la citación de Margarita Quinteros de Pahuasi, Alberto Garcia Solis Eduarda Chambi Aguayo, Angel Melgarejo y Presuntos Interesados mediante edictos, a ser publicados por el sistema HERMES, sea previo juramento de Ley.- Al Otrosí Primero.- Notifique Funcionaria.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- ACTA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.--- En la Localidad de Sacaba, a horas 09:00 a.m. del día martca 15 de noviembre del año 2022 de conformidad a lo dispuesto por el Art. 94-1-10 de la Ley del Órgano Judicial, ante mi Daniel Ramiro Robles Secretario Abogado del Juzgado Publico Civil y Comercial N° 3 de Sacaba, se hizo presente en Secretaria de este Juzgado la señora MARIA ALANEZ TOLEDO, mayor de edad, con C.I. No. 6465644 con Código QR, hábil por derecho, con domicilia B. Imperial. Entre Rios- Cochabamba, hábil por ley, a objeto de prestar el juramento de desconocimiento de domicilio dispuesto por proveido de fecha 03 de noviembre de 2022, a objeto de recibir el juramento de desconocimiento de domicilio, dentro el proceso Ordinario de Usucapión seguido por MARIA ALANEZ TOLEDO contra HEREDEROS DE JUANA NOGALES DE ORTUNO Y OTROS, quien previo juramento de ley y exhortado a decir la verdad, ante el Sr. Juez, dijo "DESCONOZCO EL DOMICILIO ACTUAL Y PARADERO DE MARGARITA QUINTEROS DE PAHUASI, ALBERTO GARCIA SOLIS, EDUARDA CHAMBI AGUAYO, ANGEL MELGAREJO Y PRESUNTOS INTERESADOS". Con lo que termino el acto, que le fue leida persiste en su tenor y firman junto a mí. Doy fe.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- Fdo. Maria Alanes Toledo. C.I. 6465644.--- M E M O R I A L.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N 3 SACABA.--- Solicita nueva orden para edicto.--- Otrosí.- NUREJ. 30174074-2.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido.---- Señor Juez, resulta que antes de la vacación judicial, por secretaria de su despacho se me otorga edicto, para la publicación y la citación a las partes demandadas, sin embargo en dicho edicto se observó algunos errores de taipeo, los cuales le detallo a continuación:---- el nombre del demandado ALBERTO GARCIA SOLIZ. (fs. 87).--- • El nombre de la demandada es Eduarda Aguayo de Chambi (Fs. 261-262). Por lo expuesto Sr. Juez y a fin de evitar posteriores nulidades, es que solicito la corrección de estos errores involuntarios en una nueva orden para edicto.--- OTROSÍ PRIMERO.- Diligencias se comisione a funcionario público.---- Sacaba, 09 de Enero del 2023.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 10 de Enero de 2023.--- A lo principal.- De la revisión de antecedentes se evidencia que esta parte hauria incoado su demanda contra la codemandada Eduarda Chambi Aquayo, no asl en contra de Eduarda Aguayo de Chambl por lo cual adecue su solicitud conforme a derecho con su resultado se proveerá lo que corresponda. --- Al otros 1.--- Notifique Oficial de Diligencias.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SACABA.--- Solicita nueva orden para edicto.--- Otrosi. ---- NUREJ. 30174074-3.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro ja demanda de Usucapión extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido: --- Señor Juez, toda vez que en la demanda principal una de las codemandadas fue consignada por error involuntario como EDUARDA CHAMBI AGUAYO, sin embargo y tras la solicitud de certificación a SEGIP, se puede evidenciar que el nombre correcto de la codemandada es EDUARDA CHAMBI DE AGUAYO, tal como se evidencia, la certificación emitida por Servicio de Registro Civico SERECI (Fs. 259,260).--- Por lo expuesto Sr. Juez y a fin de evitar posteriores nulidades, es que solicito la corrección de estos errores involuntarios en una nueva orden para edicto.--- OTROSÍ PRIMERO.- Diligencias se comisione a funcionario público.--- Sacaba, 30 de Enero del 2023.--- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 31 de enero de 2023.--- En atención a lo expuesto en el escrito que antecede y por principio de dirección procesal previsto en el art. 1 núm. 4 de la ley 439, en previsión del art. 115 del Código Procesal Civil se tiene por MODIFICADA la demanda solo con relación a la co-demanda en contra de Eduarda Chambi de Aguayo, por lo que a fines de su citación se dispone que por Secretaria se extienda el edicto correspondiente, a publicarse en sistema Hermes y previo juramento de ley. AL OTROSI PRIMERO.- Notifique Oficial de Diligencias. --- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- M E M O R I A L.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL N 3 SACABA.--- Solicita nueva orden para edicto.--- Otrosi.- NUREJ. 30174074-3.--- MARIA ALANEZ TOLEDO, con C.I. N° 6465644 Cbba., dentro la demanda de Usucapion extraordinaria, interpuesta contra Sabino Chambi Condori y otros, ante Ud. expongo y pido.--- Señor Juez, a mérito de la resolución de fecha 31 de Enero de 2023 emitido por su autoridad, el cual ha sido motivado por memorial de fecha 30 de enero de 2023, en cuyo memorial por error involuntario se consignó el nombre de la codemandada como EDUARDA CHAMBI DE AGUAYO, siendo lo correcto EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI, tal como evidencia las certificaciones emitidas por SEGIP y SERECI las misma que se encuentran a fs. 259 y 260 y también en el folio real a fs 83, por lo cual solicito a su autoridad se modifique la demanda solo con relación a la codemandada como EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI.--- OTROSI PRIMERO.- con la finalidad de citar a todos los demandados, solicito a su autoridad una nueva orden de edicto y sea por sistema HERMES.--- OTROSÍ SEGUNDO.- Diligencias se comisione a funcionario público.--- Sacaba, 14 de marzo del 2023.---- Fdo.- Cristian Hinojosa Mercado. ABOGADO. MCA 8136.--- Fdo.- Ilegible.--- P R O V E I D O.--- Sacaba, 15 de MARZO de 2023.--- En atención a lo manifestado en el escrito que antecede, se deja sin efecto y se dispone en previsión del Art. 227 del Código Procesal Civil, modificar en parte el proveido de fecha 31 de enero del 2023 debiendo consignarse de la siguiente manera: En atención a lo expuesto en el escrito que antecede y por principio de dirección procesal previsto en el art. 1 núm. 4 de la ley 439, en previsión del art. 115 del Código Procesal Civil se tiene por MODIFICADA la demanda solo con relación a la co-demanda en contra de Eduarda Aguayo de Chambi, por lo que a fines de su citación se dispone que por Secretaria se extienda el edicto correspondiente, a publicarse en sistema Hermes y previo juramento de Ley. AL OTROSI PRIMERO.- Notifique Oficial de Diligencias. Providenciando el escrito que antecede.- AL OTROSI PRIMERO.- Estese a lo principal.- AL OTROSI SEGUNDO.- Notifique Funcionaria.--- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba.--- ACTA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO.--- En Sacaba a los 18 días del mes de abril de 2023 a hrs. 10:30 am, s constituyó en audiencia el personal del Juzgado Publico Civil y Comercial Nº 3 de Sacaba Integrado por el Sr. Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores, y el Suscrito Secretario Abogado a efectos de recibir el juramento a MARIA ALANEZ TOLEDO con CI. No. 6465644 QR, mayor de edad, hábil en toda forma de derecho. A objeto de prestar el juramento de desconocimiento de domicilio dispuesto por proveído de fecha 15 de marzo de 2023, dentro del proceso USUCAPION DECENAL seguido por MARIA ALANEZ TOLEDO, contra HEREDEROS DE JUANA NOGALES ORTUÑO Y OTROS, quien previo juramento de ley, ante el Sr. Juez dijo: "DESCONOZCO EL DOMICILIO ACTUAL Y PARADERO DE: EDUARDA AGUAYO DE CHAMBI"- Con lo que terminó el acto leida que le fue leida persiste en su tenor y firma junto a mí. Doy fe.-- Fdo.- Dr. Giamil Marcelo Gamboa Flores Juez Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. - Fdo.- Dr. Daniel Ramiro Robles. Secretario Abogado del Juzgado Público Civil y Comercial Nro. 3 de Sacaba. --- Fdo. MARIA Alanez Toledo C.I. 6465644. ------------------------------------------------------------------------------ES LO QUE SE TRANSCRIBE PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY DOY FE----- Sacaba, 09 de mayo del 2023
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