EDICTO
Ciudad: LA PAZ
Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL (ZONA SUR)
EDICTO
EL ABG. DAEN SANTOS IVAN AYALA CHOQUE, JUEZ DE INSTRUCCIÓN PENAL SEGUNDO DE LA ZONA SUR DE LA CIUDAD DE LA PAZ -----------A NOMBRE DE LA LEY --------------------------------------------------------HACE CONOCER A: PASCUAL BAILON VALDA COSTAS con C.I. 1211998-Que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico a instancias de PASCUAL BAILON VALDA COSTAS en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO con CÓDIGO ÚNICO:201102032201908, se ha dispuesto lo que a continuación se transcribe.------------------------------------------- TRANSCRIPCION DEL MEMORIAL DE FECHA 07 DE MARZO DE 2023.---
SEÑORA JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR SEGUNDO DE LA ZONA SUR. - CUD: 201102032201908.- SOLICITA HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO CONCILIATORIO. - OTROSI. - SU CONTENIDO. - ABG. VIVIANA M. QUISPE LARUTA, Fiscal de Materia de la Fiscalía Especializada en Delitos Contra la Integridad Personal La Paz Centro, dentro el proceso penal seguida por el MINISTERIO PÚBLICO a instancias DE OFICIO n contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE, por el delito de HOMICIDIO LESIONES GRAVES Y GRAVÍSIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO tipificado en el Art. 261 del C. P., respetuosamente ante su Autoridad expongo y pido: RESOLUCIÓN DE HOMOLOGACION DE CONCILIACIÓN NO 09/2023.- l. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: 1. DATOS DE LOS DENUNCIADOS: - NOMBRE y APELLIDOS: ALVARO GERMAN MOYA QUISPE.- CEDULA DE IDENTIDAD: 8465963 LP,.-NACIONALIDAD: BOLIVIANO.- OCUPACIÓN: NO CONSIGNA.- DOMICILIO REAL: Z/ ALTO CALACOTQ AV. COSTANERITA No. 50. – CELULAR: 73018450.- ABOGADO PATROCINANTE: DITHER RICHARD CORI PAZ,.- DOMICILIO PROCESAL: C/ MERCADO No 1328, EDIF, MARISCAL.- BALLIVIAN, PISO 2, OE. 208.- CELULAR :71510033.- 2.- DATOS DE LA DENUNCIANTE: DE OFICIO. - NOMBRE y APELLIDOS :PASCUAL BAILON VALDA COSTAS.- CEDULA DE IDENTIDAD: 1211998 LP.- NACIONALIDAD : BOLIVIANO.- OCUPACION: RENTISTA.- DOMICILIO REAL:PASTEUR No. 175, ENTRE COLOMBIA Y HEROINAS.---------------------I. ANTECEDENTES Y RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS. - Se tiene informe de Acción Directa realizada por Sbtte. Mario Elena Vera Huanca de fecha 14 de octubre de 2022, que hace referencia a que se tiene que en fecha 14 de octubre de 2022, a horas 13:30 pm, aproximadamente por instrucciones de BOL 110 interno 8104, se constituyó en la zona los pinos calle 25 altura hospital los pinos, tomando contacto con el sr. Pascual Bailón Valda con C.I. 1211998 Pt de 88 años de edad el mismo refiere que fue atropellado por el Sr. Álvaro German Moya Quispe con licencia de conducir 8465963 cat B, conduciendo el vehículo tipo minibús marca Toyota con placa de circulación 5177 ,AFC que fue evacuado al Sr. Pascual llevándolo al Hospital los pinos, donde el diagnostico preliminar de la Dra. Mariela Paredes Tito fractura de clavícula izquierda fractura de cadera y traumatismo cráneo encefálico. - III. ELEMENTOS DE CONVICCIÓN Y ACTOS DE INVESTIGACIÓN: 1. Formulario de denuncia de fecha 14 de octubre de 2022. 2. Informe de acción directa realizado por Sbtte. Mario Elena Vera Huanca de fecha 14 de octubre de 2022. 3. Informe preliminar del investigador asignado al caso Tte. Jessica Villegas de fecha 17 de octubre de 2022. 4. Acta de prueba de alcohol teste correspondiente a Álvaro German Moya Quispe de fecha 14 de octubre de 2022. 5. Placas fotográficas del día de los hechos. 6. Oficio de informe médico preliminar de Pascual Baillón Valda Costas de fecha de octubre de 2022. 7. Acta de garantía de presentación de fecha 14 de octubre de 2022. 8. Informe del investigador asignado al caso Tte. Yessica Escarlett Villegas Patzi de fecha 20 de octubre de 2022. 9. Acta de declaración informativa en calidad de sindicado de Álvaro German Quispe de fecha 20 de octubre de 2022. 10. Certificado de antecedentes penales de Avaro German Moya Quispe. 11. Informe del investigador asignado al caso Tte. Yessica Scarlet Villegas Patzi de fecha 18 de enero de 2023. - IV. FUNDAMENTO LEGAL.- El Ministerio Público es la institución constitucional, encargada de defender la legalidad y los intereses generales de la sociedad boliviana, con transparencia y autonomía, ejerciendo la acción penal pública, con oportunidad, objetividad y los demás principios que rigen la labor fiscal, con perspectiva de género y justicia restaurativa, protegiendo a la víctima, en resguardo de las garantías constitucionales y el respeto firme de los derechos humanos.- Que, el Núm. 2) del Artículo 5 de la Ley Nº 260, establece que el Ministerio Publico prioritariamente debe buscar la solución del conflicto penal prescindiendo la persecución penal cuando se permitido legalmente aplicando las salidas alternativas a juicio, concordante con el artículo 64 “Conciliación” de la misma norma, modificada por la Ley 1173 de 3 de mayo de 2119 de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha integral contra la Violencia a niñas y niños y adolescentes y mujeres. - La conciliación entendida como una salida alternativa a un proceso penal dentro del marco normativo de la Ley 1173 Código de Procedimiento Penal en sus artículos 327 y la Ley Orgánica del Ministerio Público en sus artículos 5.2 y 62. Dando así la posibilidad de resolver los conflictos de manera diferente prescindiendo de la Acción Penal Pública. - El Numeral 7 del Artículo 27 del Código de Procedimiento Penal, establece la posibilidad de la extinción de la acción penal, por la reparación de daño en los delitos de contenido patrimonial o en los delitos culposos que no tengan como resultado la muerte, siempre que lo admita la víctima o el fiscal. - La Ley Nº 1173 de 3 de mayo de 2019, modifico el Articulo 327 del Código de Procedimiento Penal, mismo que dispone: (Conciliación). Siempre que la conciliación sea previsible de acuerdo a normativa. - 1. La o el Fiscal de oficio deberá promoverla desde el primer momento del proceso hasta antes de emitirse el requerimiento conclusivo, debiendo hacer conocer a la autoridad jurisdiccional el resultado; 2 La jueza o el juez de oficio, deberá promoverla antes de efectuar la conminatoria por vencimiento del término de la investigación preliminar o antes de pronunciarse sobre la ampliación del plazo de investigación dispuesta por la o el fiscal; 3. Las partes podrán promover la conciliación en cualquier momento hasta antes de emitirse sentencia; 4. El acuerdo conciliatorio suspenderá los plazos de prescripción civil y penal hasta que se verifique su cumplimiento integral; 5. La verificación del cumplimiento del acuerdo, dará lugar a que se declare la extinción de la acción penal; 6. El incumplimiento del acuerdo dará lugar a que la o el fiscal, el querellante o la víctima puedan solicitar la reanudación del proceso. - Es en contexto mediante memorial presentado por Pascual Bailón Valda Costas de fecha 27 de octubre de 2022 del que se tiene que ambas partes habrían llegado a un acuerdo voluntario y conciliatorio habiendo firmado desistimiento y el acuerdo transaccional de fecha 20 de octubre de 2022 suscrito por las partes, adjuntando documentación original. - En la cláusula tercera establece los siguientes. - 1º POR PARTE DEL CONDUCTOR: Sr. ÁLVARO GERMAN MOYA QUISPE se compromete: a) Se compromete activar al SOAT, de la compaña a de seguros UNIVIDA, para el pago de los gastos médicos de la víctima herida, el mismo que ya fue activado. b) Coadyuvar con la víctima, a fin de que la Compañía de Seguros UNIVIDA, continúe cancelando el pago de los gastos médicos de la víctima herida, hasta su alta médica definitiva. c) Cancelarla suma de Bs, 5.000 (Cinco Mil 00/100) por concepto de pago de gastos médicos que se requieran a futuro, para la atención médica de la víctima herida, 2º POR PARTE DE LA VICTIMA, herida: Sr. PASCUAL BAILON VALDA, a Suscribir el correspondiente Desistimiento en forma pura y simple a favor del conductor, renunciando de esta manera a continuar con la acción penal y/o civil correspondiente. - Así mismo, mediante memorial presentado por Álvaro German Moya Quispe de fecha 22 de noviembre de 2022, se tiene certificado de Antecedentes Penales en la que se evidencias que el sindicado no cuenta con antecedentes penales. - En mérito a los fundamentos legales expuestos y considerando que el Ministerio Público buscara prioritariamente, dentro del marco de la legalidad, la solución del conflicto penal mediante la aplicación de los criterios de oportunidad y demás alternativas previstas en el Código de Procedimiento Penal, cuando el Ministerio Público persiga delitos de contenido patrimonial o culposos que no tengan por resultado la muerte, y siempre que no exista un interés público gravemente comprometido, el fiscal de oficio o a petición de parte, deberá exhortarlas para que manifiesten cuales son las condiciones en que aceptarían conciliarse, por lo que la suscrita autoridad ve viable la presentación de la Salida Alternativa de Conciliación. V. PARTE RESOLUTIVA. - Por tanto, en aplicación del principio de objetividad previsto en el numeral 2 del Art. 5 y conforme lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley No 260 Ley Orgánica del Ministerio Publico, modificado por la ley 1173 de 3 de mayo de 2019 y el Art. 27 y del Art. 327 deI Código de Procedimiento Penal, Acepta el Acuerdo Transaccional de fecha 15 de Septiembre del año 2022 y Desistimiento de fecha 15 de Septiembre de 2022 mediante la cual se desiste en forma pura y simple de toda acción y derechos sobre el hecho que cursa en el presente caso, POR LO QUE LA SUSCRITA FISCAL DE MATERIA EN AMPARO DE LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 7 DEL ART. 54 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL REQUIERE A SU AUTORIDAD SE SIRVA HOMOLOGAR EL ACUERDO TRANSACCIONAL DEFINITIVO DE FECHA 20 DE OCTUBRE DE 2022, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN CONSECUENCIA SE DISPONGA LA EXTINCION E LA ACCION PENAL EN CONTRA DE LA SINDICADO: ALVARO GERMAN MOYA QUISPE con C.I. 8465963 OR. - OTROSÍ 1º.- Adjunto a la presente Resolución copia del Acuerdo Transaccional Conciliatorio, memorial de desistimiento y antecedentes penales del sindicado. - OTROSÍ 2º.- Señalo como domicilio procesal en la Fiscalía Especializada De Delitos Contra La Integridad Personal de la Zona Sur, ubicado en la Calle 11, Nro. 7813 de la zona Calacoto. - La Paz, 07 de marzo de 2023.--- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&FIRMA Y SELLA: ----- Abg. VIVIANA M. QUISPE LARUTA----FISCAL DE MATERIA------------------------FISCALIA DEPARTAMENTAL----------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TRANSCRIPCION DEL DECRETO DE FECHA 08 DE MARZO DE 2023.-----&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&CUD: 201102032201908.- La Paz, 08 de marzo de 2023.- En atención al memorial que antecede y conforme a los datos del Cuaderno de Control Jurisdiccional, se señala AUDIENCIA PÚBLICA DE CONSIDERACIÓN DE HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO CONCILIATORIO, para el día viernes 17 DEL MES DE MARZO DE 2023 A HORAS 11:00 A.M.; a llevarse a cabo BAJO LA MODALIDAD DE AUDIENCIA VIRTUAL, el mismo a efectos de resguardar la vida y la salud de todas las partes procesales, debiendo por la Unidad Gestora, notificar a todas las partes del proceso, conforme a las Circulares e Instructivas emitidas por el Tribunal Departamental de Justicia, inclusive habilitándose su notificación de forma personal y en domicilio real, si correspondiere. Bajo el siguiente link: https://ojpenallpz.webex.com/meet/lpz-jipenalzs2.- El link que permite el acceso a la plataforma virtual puesto en conocimiento por parte del Coordinador de la Gestora de Procesos, sea mediante vía telefónica, celular, WhatsApp, correos electrónicos o cualquier otro medio que implique cámara y micrófono, es necesario hacer conocer a las partes que deberán prever su conexión con anticipación a la audiencia señalada con la finalidad de acceder y desarrollar la audiencia en el Sistema en cuestión. - AL OTROSÍ 1.- Por adjuntado. - AL OTROSÍ 2.- Por señalado.--------------------------------------------- FIRMA Y SELLA: -----SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: -------SECRETARIA ABOGADA--------------AMERICA D. TICONA MACHICADO------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: -----SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: --------------------------------SECRETARIO ABOGADO--------------JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TRANCRIPCION DEL ACTA DE AUDIENCIA SUSPENDIDA DE FECHA 17 DE MARZO DE 2023.---------------------------------------------------------- ACTA DE AUDIENCIA.- HOMOLOGACION DE CONCILIACION.- CUD: 201102032201908.- (SUSPENDIDA).---------------------------------------
En la Zona Sur de la ciudad de La Paz a horas 11:00 A.M. del dia viernes 17 de marzo de 2023 el Juzgado de Instrucción Penal 2º de la Zona Sur constituido por el Sr. Juez Santos Ivan Ayala Choque y el Secretario Abogado del Juzgado de Instrucción Penal 4º de la ciudad de La Paz Jhoni Ronald Poma Intimaya en SUPLENCIA LEGAL se constituyeron en Audiencia Pública de HOMOLOGACION DE CONCILIACION dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO. - SEÑOR JUEZ: Se instala la presente Audiencia dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comision del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, por Secretaria informese sobre el cumplimiento de las notificaciones y la presencia de las partes en audiencia. - SECRETARIO ABOGADO: La palabra Sr. Juez de la revision del Cuaderno de Control Jurisdiccional se tiene que se ha cumplido a parcialidad con la notificacion a los sujetos procesales inmersos en la tramitacion de la presente causa, ausente la Sra. Representante del Ministerio Publico Dra. Viviana Quispe Laruta, ausente la parte sindicada German Moya Quispe ni su abogado, en relacion a la victima Pascual Bailon Valda Costas no se ha notificado legalmente al mismo, puesto que no se cuentan con datos telematicos a objeto de notificarlo, solo el domicilio real, considerando que Oficina Gestora de Procesos unicamente notifica en determinados dias a los domicilios reales, es lo que informo a su Autoridad. - SEÑOR JUEZ: Se tiene presente, no habiendose cumplido a cabalidad con el regimen de comunicación procesal es inviable proseguir con este acto procesal, mas aun cuando no se encuentra presente la Sra. Representante del Ministerio Publico, es en razon de ello que se va a señalar nuevo dia y hora de consideracion de Homologacion de Acuerdo Conciliatorio para fecha miercoles 29 de marzo de 2023 a horas 15:00 P.M. debiendo los sujetos procesales para tal fin conectarse a la Plataforma Cisco Webex https://ojpenallpz.webex.com/meet/lpz-jipenalzs2 para tal fin se dispone que se notifique a la Sra. Fiscal conminandole a asistir a este acto procesal a objeto de evitar suspensiones innecesarias, notifiquese a la parte victima en su domicilio real con la debida anticipacion, sin nada mas que tratar concluye la presente audiencia.----------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: -----SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: --------------------------------SECRETARIO ABOGADO--------------JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TRANCRIPCION DEL ACTA DE AUDIENCIA SUSPENDIDA DE FECHA 29 DE MARZO DE 2023.---------------------------------------------------------- ACTA DE AUDIENCIA.- HOMOLOGACION DE CONCILIACION.- CUD: 201102032201908.- (SUSPENDIDA).- En la Zona Sur de la ciudad de La Paz a horas 15:00 P.M. del dia 29 de marzo de 2023 el juzgado de Instrucción Penal 2º de la Zona Sur constituido por el Sr Juez Dr. Javier Zacarias Vargas Arancibia , Juez 2º de Instrucción Penal de la Ciudad de La Paz en SUPLENCIA LEGAL del Juzgado 2º de Instrucción Penal de la Zona Sur de la ciudad de La Paz y el Secretario Abogado Jose Vladimir Garcia Mamani se constituyeron en Audiencia Pública de HOMOLOGACION DE CONCILIACION dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO. -SEÑOR JUEZ: Se instala la presente Audiencia dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comision del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, por Secretaria informese sobre el cumplimiento de las notificaciones y la presencia de las partes en audiencia.
SECRETARIO ABOGADO: La palabra Sr. Juez de la revision del Cuaderno de Control Jurisdiccional se tiene que se ha cumplido a cabalidad con el regimen de comunicación procesal, encontrandose presentes en sala virtual: Representante del Ministerio Publico – PRESENTE – Dra. Viviana Monica Quispe Laruta. La parte sindicada –AUSENTE – Alvaro German Quispe Moya Quispe.- La Parte victima – AUSENTE – Pascual Bailon Valda Costas.- SEÑOR JUEZ: En atencion a lo informado por el Sr. Secretario se puede establecer que en relacion al Sr. Pascual Bailon Valda Costas cursa una Representacion emitida por la Oficina Gestora de Procesos en el sentido de que el domicilio de la victima se ubica en la ciudad de Cochabamba, donde queda otro asiento judicial y tambien se cuenta con una Oficina Gestora de procesos Departamental, asimismo, se tiene que la Oficina Gestora de Procesos Nº 7 de la Zona Sur de la ciudad de La Paz no es competente para la notificacion domicilio real mencionado, hacer notar que tampoco se cuenta con un correo electronico ni numero telefonico al cual enviar la notificacion de manera digital; en atencion a estos extremos tiene la palabra la Sra. Representante del Ministerio Publico, adelante Dra. - FISCAL: Gracias Sr. Juez, habiendo escuchado el Informe de Representacion de la OGP se puede establecer que la parte victima no ha sido legalmente notificada, por lo que a efectos de no vulnerar sus derechos y con relacion al derecho de ser oido antes de que se tome una decision, en relacion a la victima voy a solicitar pueda diferir el presente acto y pueda ordenar remitir la correspondiente comision lnstruida, gracias Sr. Juez. - JUEZ: Se tiene presente lo manifestado por parte de la Sra. Fiscal siendo que la parte sindicada no ha asistido y menos ha justificado su inasistencia, aspecto que debe justificar previamente, sin embargo, se tiene que la parte denunciante viviria en la ciudad de Cochabamba, de ahí es que para la notificacion al Sr. Pascual Bailon Valda Costas, se dispone que se expida Comision Instruida a efectos de su notificacion con este señalarniento y fin de no vulnerar derechos constitucionales que le asisten al mismo, para ello y a fin de que se tenga el tiempo necesario y se cumpla esta diligencia es que se va a señalar Audiencia para el dia 17 de abril de 2023 a horas 09:00 A.M., quedando notificada la Sra. Fiscal, debiendo notificarse a la parte sindicada quien debe justificar su inasistencia a la presente audiencia y notificarse a la parte denunciante mediante comision instruida, con lo queda suspendida la presente audiencia.----------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: -----ZACARIAS VARGAS ARANCIBIA ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CIUDAD DE LA PAZ EN SUPLENCIA LEGAL DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL SEGUNDO DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: ------------------------------------SECRETARIO ABOGADO--------------JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA---------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TRANSCRIPCION DEL ACTA DE AUDIENCIA SUSPENDIDA DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2023.------------------------------------------------------------ ACTA DE AUDIENCIA.- HOMOLOGACION DE CONCILIACION.- CUD: 201102032201908.- (SUSPENDIDA).- En la Zona Sur de la ciudad de La Paz a horas 09:00 a.m., del dia 17 de abril de 2023, constituida por el Señor Juez Santos Ivan Ayala Choque y el Secretario – Abogado Jose Vladimir Garcia Mamani, quienes se constituyeron en Audiencia Pública de CONSIDERACIÓN DE HOMOLOGACION DE ACUERDO CONCILIATORIO, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO.-SEÑOR JUEZ: Se instala la presente Audiencia dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico en contra de GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comision del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, por Secretaria informese sobre el cumplimiento de las notificaciones y la presencia de las partes en audiencia.
SECRETARIO ABOGADO: La palabra Sr. Juez de la revision del Cuaderno de Control Jurisdiccional se tiene que se ha cumplido a cabalidad con el regimen de comunicación procesal.- SEÑOR JUEZ: De la revision de obrados se evidencia que no cursa notificacion parcticada por la oficina gestora de procesos y que habria sido generado por secretaria de juzgado de este depacho judicial a objeto de que estas partes tanto victima como parte denunciante tengan conocimiento del señalamiento de dia y hora de audiencia en tal sentido se le llama severamente la atencion al secretario abogado de este despacho judicial a objeto de que en futiras oportunidades no informe informacion que nos ea veridica y que no es verdadera no curse dentro del cuaderno de contro jurisdiccional sin no se ha cumplido con las notificaciones señale no se ha cumplido con la diligencia de notificacion a la parte imputada a la parte victima, asimismo se le llama severamente la atencion por no haber cumplido con el regimen de comunicación procesal por no haber generado las notificaciones a al parte quien se constituye en victima y a la parte imputada, se le advierte en caso de ser reiterativa este tipo de accione el suscrito juez va tener que remitir antecdentes por ante el Consejo de la Magistratura toda vez que la falta de notificaciones que se ha generado por parte del secretario abogado del juzgado esta siendo que se suspenda este acto procesal en tal virtud no habiendose cumplido con el principio de plubliciada se va señalar nuevo dia y hora de audiencia de consideracion de homologacion de acuerod conciliatorio para fecha LUNES 24 DE ABRIL DE 2023 A HORAS 10:00 de la mañana, con esta determinacion quedan notificadas la Representante del Ministerio Publico notifiquese a los demas sujetos procesales.- SEÑORA FISCAL.- La palabra Señor Juez, la suscrita ya tiene señalamiento de audiencia a la hora referida dentro de otro proceso por lo que voy a solicitar a su autoridad con el mayor de los respectos pueda diferir para mas tarde o el dia que su autoridad disponga. - SEÑOR JUEZ.- A objeto de evitar futuras suspensiones se va señalar nuevo dia y hora para FECHA MARTES 25 DE ABRIL DE 2023 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA con esa determinacion quedan notificadas la fiscal, notifiquese a la parte victima y a la parte sindicada.--------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: -----SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: --------------------------------SECRETARIO ABOGADO--------------JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TRANSCRIPCION DEL ACTA DE AUDIENCIA SUSPENDIDA DE FECHA 25 DE ABRIL DE 2023.------------------------------------------------------------ ACTA DE AUDIENCIA.- HOMOLOGACION DE CONCILIACION.- CUD: 201102032201908.- (SUSPENDIDA).- En la Zona Sur de la ciudad de La Paz a horas 10:00 a.m., del dia 25 de abril de 2023, constituida por el Señor Juez Santos Ivan Ayala Choque y el Secretario – Abogado Jose Vladimir Garcia Mamani, quienes se constituyeron en Audiencia Pública de CONSIDERACIÓN DE HOMOLOGACION DE ACUERDO CONCILIATORIO, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO. - SEÑOR JUEZ: Se instala la presente Audiencia dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico en contra de GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comision del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, por Secretaria informese sobre el cumplimiento de las notificaciones y la presencia de las partes en audiencia. - SECRETARIO ABOGADO: La palabra Sr. Juez de la revision del Cuaderno de Control Jurisdiccional se tiene que se ha cumplido parcialmente a cabalidad con el regimen de comunicación procesal, existiendo una representacion de la oficina Gestora de Proceso con relacion a la parte victima, estando en sala virtual las siguientes personas.- Representante del Ministerio - Viviana Quispe Laruta - Presente.- Parte Victima.- Pascual Bailon Valda Costas – Ausente.- Parte Imputada.- Alvaro German Moya Quispe – Presente. - Abogado de la Parte Imputada.- Dither Richard Cori Paz – Presente. - SEÑOR JUEZ: De la revision de obrados se evidencia que se ha cumplido en parte con el regimen de comunicaciones procesales a la partes ya que cursa representacion de la Oficina Gestora de Procesos con relacion a la parte victima Pascual Bailon Valda Costas la cual indica que tratandose de otra jurisdiccional nuestra oficina gestora de procesos 7 zona sur La Paz no es competente para la notificacion al domicilio real mencionado lineas arriba, en esta oportunidad tampoco se cuenta con algun correo electronico o numero de telefono al cual enviar la notificacion de forma digital. Es por ese motivo que no se pudo realizar la respectiva diligencia, en atencion a la representacion que antecede de eso se tiene que el Art. 115, 119 y 121 del C.P.E., establecen el acceso a la justicia, la tutela judicial efectiva, el principio de igualdad de oportunidades y el derecho de la victima a ser oida antes que se emita cualquier determinacion judicial en este caso se estan vulnerados los derechos de la victima si se lleva a cabo la presente audiencia el dia de hoy en tal sentido se va diferir este acto procesal para fecha LUNES 08 DE MAYO DE 2023 A HORAS 10:00 A.M., debiendo notificarse a las partes procesales ausentes en la presente audiencia, sin nada mas que tratar concluye la presente audiencia.-------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: -----SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: --------------------------------SECRETARIO ABOGADO--------------JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TRANSCRIPCION DEL ACTA DE AUDIENCIA SUSPENDIDA DE FECHA 08 DE MAYO DE 2023.------------------------------------------------------------ ACTA DE AUDIENCIA.- HOMOLOGACION DE CONCILIACION.- CUD: 201102032201908.- (SUSPENDIDA).- En la Zona Sur de la ciudad de La Paz a horas 10:00 a.m., del dia 08 de mayo de 2023, constituida por el Señor Juez Santos Ivan Ayala Choque y el Secretario – Abogado Jose Vladimir Garcia Mamani, quienes se constituyeron en Audiencia Pública de CONSIDERACIÓN DE HOMOLOGACION DE ACUERDO CONCILIATORIO, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO. - SEÑOR JUEZ: Se instala la presente Audiencia dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comision del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, por Secretaria informese sobre el cumplimiento de las notificaciones y la presencia de las partes en audiencia. - SECRETARIO ABOGADO: La palabra Sr. Juez de la revision del Cuaderno de Control Jurisdiccional se tiene que se ha cumplido parcialmente a cabalidad con el regimen de comunicación procesal, ya que no se genero la comision instruida ordenada por su autoridad en la audiencia de fecha 25 de abril de 2023 para la parte victima, estando en sala virtual las siguientes personas Representante del Ministerio - Viviana Quispe Laruta - Presente. Parte Victima.- Pascual Bailon Valda Costas – Ausente. Parte Imputada.- Alvaro German Moya Quispe – Presente. Abogado de la Parte Imputada.- Dither Richard Cori Paz – Presente. - ABOGADO PARTE IMPUTADA: La palabra Señor Juez me encuentro con mi cliente abogado Dither Paz Señor Juez. - JUEZ: Gracias doctor se le concede la palabra a la Señora Fiscal en virtud al informe que se ha emitido por secretaria, se encuentra en sala la Señora Fiscal. - FISCAL: Si Señor Juez me encontraba en una lectura de derechos, de acuerdo por el informe vertido por el secretario señor juez vamos a estar a lo que su autoridad disponga. - JUEZ: Se tiene presente tiene en este caso la palabra el patrocinio de la victima, doctor Dither adelante. - ABOGADO DE LA PARTE IMPUTADA: Gracias Señor Juez, abogado del imputado Señor Juez no soy de la victima.- JUEZ: Perdon se le concede la palabra a la defensa de la parte imputada, adelante doctor- ABOGADO DE LA PARTE IMPUTADA: Gracias Señor Juez, hemos escuchado el informe que ha prestado el secretario de vuestro juzgado y a fin de evitar mayor dilacion de este proceso señor juez donde ya existe un desistimiento y un acuerdo transaccional nuevamente solicito a su autoridad que se pueda notificar via edicto a la victima que no se ha apersonado ante su autoridad, entiendo que tampoco ante la Representante del Ministerio Publico toda vez que existe un desistimiento y un acuerdo transaccional suscrito de manera libre solicito que se pueda cumplir con esa formalidad a objeto de allanar lo que en derecho corresponda señor Juez. - SEÑOR JUEZ: Bien se tiene presente, del informe que se ha emitido por secretaria se puede establecer que se ha cumplido parcialmente con la notificacion a las partes se ha señalado que no se ha notificado a la parte victima es decir Pascual Baillon Valda Costas, en tal virtud corresponde lllamar severamente la atencion al personal de apoyo judicial y asimismo se dispone que se remita antecedentes al Consejo de la Magistratura a objeto en contra del Señor Secretario-Abogado toda vez que a causa de ello es que se esta disponiendo la suspension d ela presente audiencia se va señalar NUEVO DIA Y HORA DE AUDIENCIA DE CONSIDERACION DE HOMOLOGACION DE ACUERDO CONCILIATORIO y se va dispone que se notifique al ciudadano Pascual Baillon Valda Costas en el domicilio que cursa en el SEGIP, es decir en la Calle Litoral Zona Miraflores Edificio Jose Antonio de la Ciudad de La Paz, en el caso de existir representacion y habiendo agotado esfuerzos y recursos para poder identificar el domicilio de este ciudadano posteriormente se va disponer que se notifique mediante edictos judiciales en el portal electronico del Tribunal Supremo de Justicia toda vez que la victima tiene derecho a ser oida antes de que se emita cualquier determinacion judicial asi lo establece el Art. 121 de la C.P.E. se señala dia y hora de audiencia para fecha LUNES 15 DE MAYO DEL 2023 A HORAS 11:30 DE LA MAÑANA, quedan notificados con esta determinacion la Señora Fiscal, la parte sindicada, notifiquese en el dia y generese la boleta de notificacion por parte del secretario del juzgado con relacion a la parte victima, sin nada mas que tratar concluye la audiencia. .--------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: -----SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: --------------------------------SECRETARIO ABOGADO--------------JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TRANSCRIPCION DEL ACTA DE AUDIENCIA SUSPENDIDA DE FECHA 15 DE MAYO DE 2023.------------------------------------------------------------ ACTA DE AUDIENCIA.- HOMOLOGACION DE CONCILIACION.- CUD: 201102032201908.- (SUSPENDIDA).- En la Zona Sur de la ciudad de La Paz a horas 12:00 p.m., del dia 15 de mayo de 2023, constituida por el Señor Juez Santos Ivan Ayala Choque y el Secretario – Abogado Jose Vladimir Garcia Mamani, quienes se constituyeron en Audiencia Pública de CONSIDERACIÓN DE HOMOLOGACION DE ACUERDO CONCILIATORIO, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO en contra de ALVARO GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO..- SEÑOR JUEZ: Bunas tardes a las partes se instala la presente Audiencia dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Publico en contra del ciudadado GERMAN MOYA QUISPE por la presunta comision del delito de HOMICIDIO Y LESIONES GRAVES Y GRAVISIMAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, por Secretaria informese sobre el cumplimiento de las notificaciones y la presencia de las partes en audiencia..- SECRETARIO ABOGADO: Sr. Juez de la revision del Cuaderno de Control Jurisdiccional se tiene que se ha cumplido parcialmente las notificaciones a las partes, estando en sala virtual. Representante del Ministerio - Viviana Quispe Laruta - Presente. Parte Imputada.- Alvaro German Moya Quispe – Presente. Abogado de la Parte Imputada.- Dither Richard Cori Paz – Presente. Parte Victima.- Pascual Bailon Valda Costas – Ausente. Ya que de la revision del cuaderno de control jurisdiccional esta cursando representacion con relacion a la notificacion a esta parte, es cuanto informo a su autoridad para fines consiguientes de ley. JUEZ: El suscrito juez ha agotado los recursos a objeto de poder identificar el domicilio del ciudadano Pascual Bailón Valda Costas el ultimo domicilio del cual se ha dispuesto la notificación se ubica en la Calle Litoral, Zona Miraflores Edificio José Ignacio, sin embargo se ha podido verificar mediante la representación del Dr. Juan Fernando Quisbert Orosco que habiéndose constituido a este lugar no se habría podido ubicar a este ciudadano debido a que el portero del edificio Demetrio Aguirre Chino habría señalado que no lo conoce a este ciudadano y lo propio en relación a la presidenta del edificio que sería la ciudadana Vania Ortega quien también habría señalado que no lo conoce a este ciudadano en tal sentido se va aplicar el Artículo 165 del Código de Procedimiento Penal toda vez que se ignora su paradero y se desconoce plenamente el domicilio de este ciudadano se va disponer que se notifique mediante edictos judiciales que deberán ser publicados en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia con las piezas pertinentes para que se pueda llevar esta audiencia se va señalar NUEVO DIA Y HORA PARA FECHA LUNES 22 DE MAYO DEL 2023 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, quedan notificados con esta determinación la Señora Fiscal, la parte sindicada, notifíquese vía edictos judiciales a la parte victima Pascual Bailón Valda Costas, sin nada más que tratar concluye la audiencia.------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: -----SANTOS IVAN AYALA CHOQUE ----JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA ZONA SUR-----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE LA PAZ- BOLIVIA----------FIRMA Y SELLA: --------------------------------SECRETARIO ABOGADO--------------JOSE VLADIMIR GARCIA MAMANI------JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL------ZONA SUR----TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA LA PAZ BOLIVIA-------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente edicto es librado en la Zona Sur de la ciudad de La Paz, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo del año 2023. -----------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
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