EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO PRIMERO EN MATERIA FAMILIAR DE EL ALTO


EDICTOS LA DRA KETTY NANCY VELASQUEZ ROSALES JUEZ PUBLICO DE FAMILIA PRIMERO DE EL ALTO HACE SABER: QUE CON EL PRESENTE EDICTO SE NOTIFICA: EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE PARA QUE TENGA EN CONOCIMIENTO Y ASUMA DEFENSA DENTRO DEL PROCESO DE ASISTENCIA FAMILIAR INTERPUESTA POR -EMMA DIONICIA HUANCA KUNO CUYO AL TENOR ES COMO A CONTINUACION SE TRANSCRIBE: &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 6 A 7 DE OBRADOS---SEÑOR(A) JUEZ PUBLICO DE FAMILIA DE TURNO DE LA CIUDAD DE EL ALTO. ---E- MAIL: fatimavera843@gmail.com---WHATSAPP: Abog. 75802857---LA VÍA EXTRAORDINARIA INTERPONE DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR.---OTROSI. - SU CONTENIDO.---EMMA DIONICIA HUANCA KUNO, con Cedula de Identidad No. 8346185 Q.R., mayor de edad y hábil por derecho, de ocupación estudiante, con domicilio real en la Zona Av. Ojos del Salado N° 1095 Z./ San Francisco de la ciudad de El Alto ante las consideraciones de su autoridad con el debido respeto me presento, expongo y pido.---I. GENERALES DEL DEMANDADO:---En cumplimiento al Art. 259 inciso c), del Código de las Familias y del Proceso Familiar (Ley Nro. 603), señalo las generales del demandado:---El Sr. EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, con Cedula de Identidad No 8432852 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, de ocupación estudiante con domicilio que desconozco a la fecha.---II. RELACIÓN BREVE Y PRECISA DE LOS HECHOS:---Señor (a) Juez, me permito presentar una breve relación de hechos que fundamentan mi pretensión contenida en la presente demanda, tuve una relación sentimental, con el Sr. EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, fruto de esta relación, en fecha 28 de julio de 2006 nació nuestro hijo de nombre YAMIL ALBERT JORGE HUANCA este hecho maravilloso de ser madre, se vio empañado ya que el padre de mi hijo se desentendió por completo de esta responsabilidad, dejándome en completo desamparo, sola frente a esta adversidad y sin apoyo, le pedí colaboración en reiteradas oportunidades debido a que no cuento con recursos económicos y no puedo pagar cubrir los gastos inherentes a su crecimiento, además, esperando una respuesta favorable de él fue lo contrario solo recibí falsas promesas del demandado, no insistí más, y debido a mis escasos recursos, no pude iniciar acciones legales anteriormente. Al presente mi hijo YAMIL ALBERT JORGE HUANCA cuenta con 17 años de edad, mismo tiempo en la que su padre no se hizo cargo de su alimentación, salud, recreación etc., ni siquiera cuando me encontraba en estado de gestación, ofendiéndome todo el tiempo con palabras irreproducibles.---III.RELACION DE LOS FUNDAMENTOS CONCRETOS PERTINENTES DE DERECHO:---Por todo lo expuesto y estando la familia bajo la protección del Estado, los padres tienen la Obligación de asistir a sus hijos proveyéndoles de lo indispensable, conforme lo señala el Art. 60 de la C.P.E. establece que el Estado. la sociedad y la familia garantizan la prioridad del interés superior de la niña niño y adolescente, Art. 41 del Código Niña, Niño y adolescente dispone que los padres tienen el de prestar el SUSTENTO, ALIMENTACION, SALUD, EDUCACION A LOS HIJOS, motivo por el que se acude ante su autoridad solicitando un acceso pronto y oportuno ala justicia conforme el Art. 115 romanos I y II de la Constitución Política del Estado.--- PETITORIO: De conformidad a los Art. 109, 116, 117, 120 y 434 inc. J) del código de familias y del proceso familiar, interpongo PROSCESO EXTRAORDINARIO DE ASISTENCIA FAMILIAR Contra el padre de mi hijo, el Sr. EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE con Cedula de Identidad No 8432852 L.P con domicilio que a la fecha desconozco, solicito se asigne una asistencia familiar a favor de nuestro hijo YAMIL ALBERT JORGE HUANCA la suma de Bs. 1.000 (UN MIL 00/100 BOLIVIANOS) mensuales, que mínimamente garantizaran lo indispensable para su alimentación, estudio, salud, vivienda, recreación y vestimenta, a consideración de lo establecido por el Art. 109 Par. I) del mismo cuerpo legal.---Impetrando que en sentencia se declare probada la demanda y sea con las formalidades de ley.---Se determine la guarda de mi hijo menor de edad a favor de su progenitora, vale decir a mi persona.---OTROSI 1ro. - Así mismo en el amparo del Articulo 118 de la Ley 603 impetro a su Autoridad que los gastos extra ordinarios sean cancelados en 50% por el padre de nuestro hijo el Sr. EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE.---OTROSI 2do.- En aplicación a lo previsto por el Art. 261, 334 y 421 del Código de Familias y del Proceso Familiar (Ley Nro. 603), adjunto la documentación pertinente:---1. Certificado de nacimiento de YAMIL ALBERT JORGE HUANCA (original).---2. Fotocopia simple de Cedula de Identidad de mi persona (demandante).---3. Fotocopia simple de cedula de identidad de mi hijo---4. Croquis de domicilio de la demandante---5. Denuncia por abandono de hogar de fecha 18 de julio de 2006 en contra del señor Edwin Roberto Jorge Colque (fotocopia).---Pruebas que merecen toda fe probatoria solicitando se sirva valorar las mismas a tiempo de dictar Resolución.---OTROSI 3ro. - Señor(a) Juez, pongo en conocimiento de su Autoridad, por el transcurrir de los años, perdí el contacto con el ahora demandado. Es en ese entendido que a la fecha desconozco de su domicilio real. Por lo expuesto velando por el Principio de del debido proceso, al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, impetro a su AUTORIDAD pueda oficiar SEGIP y SERECI, con el objeto que puedan MEDIANTE la unidad correspondiente informen del ultimo domicilio del Sr. EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE con Cedula de Identidad No 8432852 L.P.---OTROSI 4to. - De conformidad a lo establecido en los Art. 261 y 325 del código de la Familias y del Proceso Familiar, me reservo el derecho de presentar otros medios de prueba de reciente obtención en audiencia.---OTROSI 5to.- En cuanto a los Honorarios profesionales, la Suscrita abogada que patrocina el caso lo realiza en concordancia con el Arancel mínimo del I. Colegio de Abogados.---OTROSI 6to.- Señalo Domicilio Procesal para ulteriores diligencias, zona 12 de octubre, Edificio Torre HALEY, subsuelo, Oficina 7, frente a juzgados de la Ciudad de El Alto.---OTROSI ULTIMO. - Señalo dirección electrónica, para ulteriores diligencias, además impetro que las notificaciones de todos los actuados que correspondan al domicilio procesal, se notifiquen mediante el sistema Hermes y/o al siguiente correo electrónico y número personal: E- MAIL: fatimavera843@gmail.com ---WHATSAPP: Abog. 75802857--- "POR UNA SOCIEDAD CON JUSTICIA"---El Alto 20 de enero 2023. SELLO Y FIRMA: Fatima Leonor Vera Gil ---ABOGADA ---FIRMA ILEGIBLE: ------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& RESOLUCIÓN CURSANTE A FS. 11 DE OBRADOS---RESOLUCIÓN No.  167/2023---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1º DE LA CIUDAD- EL ALTO. DENTRO DEL PROCESO DE ASISTENCIA FAMILIAR SEGUIDO POR EMMA DIONICIA HUANCA KUNO contra EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE.----El Alto, 27 de Enero del año 2023.---VISTOS: Habiendo subsanado lo observado, al amparo de lo previsto en el Inc. j) del Art. 434, de la Ley 603, en la vía EXTRAORDINARIA se admite la demanda de ASISTENCIA FAMILIAR en cuanto hubiere lugar en derecho, se corre traslado a EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, para que previa su citación personal responda a la acción impetrada en el plazo de cinco días conforme establece el Par. I del Art. 437 del Código de Las Familias y del proceso Familiar (Ley 603) que nos señala que “la o el demandado deberá contestar la demanda en el plazo de cinco días…”, bajo alternativa de designarse abogado de oficio y inc. 2,3 y 4 del Art. 125 del Código Procesal Civil, deberá pronunciarse sobre los hechos en la demanda, sobre la autenticidad de los documentos acompañados cuya autoridad le fue atribuida y su contenido. Su silencio o evasiva se tendrá como admisión de los hechos y de la autenticidad  de los documentos; debe exponer con claridad y precisión los hechos que alegare con fundamento de su defensa acompañando la prueba que le incumpla e indicara las demás que pretendiere diligenciar, señalando expresamente que hechos pretende demostrar---Que así mismo cítese con la presente demanda a la DEFENSORIA  DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL DISTRITO 1 DE LA CIUDAD DE EL ALTO, si corresponde---Se providencia los otrosíes del memorial de fs. 6 a 7 de obrados.---AL OTROSI 1°.- Se tiene presente y por señalado domicilios, debiendo ser considerado por el Oficial de Diligencias del Juzgado.---AL OTROSI 2do.- Téngase por ofrecida la prueba documental, misma que será considerado en audiencia, sea con noticia de parte contraria.---AL OTROSI 3ro.- Ofíciese a los fines impetrados, sea con formalidades de ley.---AL OTROSI 4to y 5to.- Se tiene presente.---AL OTROSI 6to y OTROSI ULTIMO.- Por señalado el domicilio procesal, watshapp y correo electrónico, debiendo ser considerado por el Oficial de Diligencias del Juzgado; que así mismo  se hace conocer a la parte demandante que según lo previsto  en el Par. I del Art. 314 de la Ley 603 toda las notificaciones se practicaran en la secretaria del juzgado, excepto aquellas que la autoridad judicial disponga.---SELLO Y FIRMA: Dra. Ketty Nancy Velásquez Rosales.--- Juez Público de Familia 1º.---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.---EL ALTO - LA PAZ - BOLIVIA ---SELLO Y FIRMA: Dra. Maria Estela Mamani Ruiz.---SECRETARIA.---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1º.--- EL ALTO – LA PAZ - BOLIVIA.—------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 21 DE OBRADOS--- SEÑORA JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA UNO DE LA CIUDAD DE EL ALTO. ---NUREJ: 204062102---E- MAIL: latimavera843@gmail.com---WHATSAPP: Abog. 75802857---ADJUNTO INFORME EMITIDO POR EL SEGIP.---OTROSI. - SU CONTENIDO.---EMMA DIONICIA HUANCA KUNO, de generales ya conocidas dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR que sigo en contra de EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, ante las consideraciones de autoridad con el debido respeto, expongo y pido:---Señora Juez, tengo a bien arrimar a obrados CERTIFICACIÓN emitida por el SEGIP en el que señala como DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO, ubicado en “C. BENITO SUAREZ N° 6134 Z. SAN SEBASTIAN SENKATA DE LA CIUDAD EL ALTO", por lo que al amparo del artículo 24 de la constitución Política del Estado, la cual me confiere el derecho a la Petición, PIDO a su digna autoridad, se tenga presente el domicilio del demandado para lo que en derecho corresponda.---OTROSI 1ro.- Señalo Domicilio Procesal para ulteriores diligencias, zona 12 de octubre, Edificio Torre HALEY, subsuelo, Oficina 7, frente a juzgados de la Ciudad de El Alto.---OTROSI ULTIMO. - Señalo dirección electrónica, para ulteriores diligencias, además impetro que las notificaciones de todos los actuados que correspondan al domicilio procesal, se notifiquen mediante el sistema Hermes y/o al siguiente correo electrónico y número personal: E- MAIL: fatimavera843@gmail.com ---WHATSAPP: Abog. 75802857--- "POR UNA SOCIEDAD CON JUSTICIA"--- El Alto, 24 de febrero 2023. ---SELLO Y FIRMA: Fatima Leonor Vera Gil ---ABOGADA ---FIRMA ILEGIBLE: ------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 21 VTA DE OBRADOS-- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA PRIMERO---El Alto, 27 de Febrero del año 2023.--- Arrímese a sus antecedentes.---AL OTROSI 1ro.  Y OTROSI ÚLTIMO.- Por señalado el domicilio procesal, whatsapp y correo electrónico, debiendo ser considerado por el Oficial de Diligencias del Juzgado; que así mismo  se hace conocer a la parte demandante que según lo previsto  en el Par. I del Art. 314 de la Ley 603, toda las notificaciones se practicaran en la secretaria del juzgado, excepto aquellas que la autoridad judicial disponga. .---SELLO Y FIRMA: Dra. Ketty Nancy Velásquez Rosales.--- Juez Público de Familia 1º.---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.---EL ALTO - LA PAZ - BOLIVIA ---SELLO Y FIRMA: Dra. Maria Estela Mamani Ruiz.---SECRETARIA.---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1º.--- EL ALTO – LA PAZ - BOLIVIA-------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& REPRESENTACION CURSANTE A FS. 25 DE OBRADOS---SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA PRIMERO DE LA CIUDAD DE EL ALTO---La suscrita oficial de Diligencias del juzgado a su cargo dentro del presente proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido a instancias de HUANCA KUNO EMMA DIONICIA en contra de JORGE COLQUE EDWWIN ROBERTO tengo a bien poner en conocimiento a su autoridad lo siguiente:---Que fecha 20 de marzo a horas 10:55 am. para dar cumplimiento a lo dispuesto por su autoridad, me constituí al domicilio procesal señalado por el SERECI – Z. SAN SEBASTIÁN C. BENITO SUAREZ, N° 5153 constituyéndome al lugar pude constatar la inexistencia del domicilio con la numeración haciendo un recorrido por el lugar los únicos domicilios con numeración aledaños al lugar cuentan con números 6144, 6134, 200 y 6134, motivo por el cual se me hizo imposible la notificación con los actuados pertinentes es en cuanto tengo a bien informar en honor a la verdad para fines consiguientes de ley.---El Alto, 21 de marzo de 202.---SELLO Y FIRMA: Lilian Ochoa Calle----OFICIAL DE DILIGENCIAS JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 1ro DE EL ALTO------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 25 VTA DE OBRADOS--- JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA PRIMERO ---El Alto, 19 de abril del año 2023.----arrímese sus antecedentes en conocimiento de parte interesada---SELLA Y FIRMA: Dra. Ketty Nancy Velásquez Rosales.—-JUEZ PUBLICO DE FAMILIA 1°.—TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.--EL ALTO- LA PAZ-BOLIVIA.--SELLA Y FIRMA: Dra. Maria Estela Mamani Ruiz-- SECRETARIA--JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1ro.-- EL ALTO- LA PAZ-BOLIVIA---------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 27 DE OBRADOS --- SEÑORA JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA UNO DE LA CIUDAD DE EL ALTO. ---NUREJ: 204062102---E- MAIL: latimavera843@gmail.com---WHATSAPP: Abog. 75802857---IMPETRA SE DESIGNE ABOGADO DE OFICIO.---OTROSI. - SU CONTENIDO.---EMMA DIONICIA HUANCA KUNO, de generales ya conocidas dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR que sigo en contra de EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, ante las consideraciones de autoridad con el debido respeto, expongo y pido:--- Señora Juez, en merito a la notificación cursante a fs. 24 con la cual se notificó a la parte demandada en fecha 21 de marzo de 2023 en su domicilio real, sin existir respuesta alguna hasta la fecha, habiendo transcurrido el plazo necesario conforme lo señala el Art. 437 de la ley 603, solicitamos ante su digna autoridad se designe ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, la misma que solicitamos con el fin de no causar dilaciones en la presente demanda conforme lo señala el Art. 113 parágrafo I de la ley 025.---OTROSI 1ro. - Señalo Domicilio Procesal para ulteriores diligencias, zona 12 de octubre, Edificio Torre HALEY, subsuelo, Oficina 7, frente a juzgados de la Ciudad de El Alto.---OTROSI ULTIMO. - Señalo dirección electrónica, para ulteriores diligencias, además impetro que las notificaciones de todos los actuados que correspondan al domicilio procesal, se notifiquen mediante el sistema Hermes y/o al siguiente correo electrónico y número personal: E- MAIL: fatimavera843@gmail.com ---WHATSAPP: Abog. 75802857--- "POR UNA SOCIEDAD CON JUSTICIA"--- El Alto, 29 de marzo 2023. ---SELLO Y FIRMA: Fatima Leonor Vera Gil ---ABOGADA ---FIRMA ILEGIBLE: ------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& DECRETO CURSANTE A FS. 27 VTA DE OBRADOS---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA PRIMERO---El Alto, 29 de Marzo del año 2023.---No habiendo la parte demandada, dado repuesta a la demanda dentro el plazo previsto por ley, al amparo de lo previsto en la última parte del Art. 266 de la Ley 603 se designa al abogado defensor de oficio al Dr. RAUL TROCHE ARUQUIPA, debiendo notificarse a la misma con el presente Auto y otras actuaciones pertinentes en forma personal en su domicilio procesal ubicado en la Av. Jorge Carrasco, Galería M&M, N° 114, Piso 3, Of. 43, debiendo dicho profesional apersonarse en la presente causa y tratar de hacer llegar a conocimiento de la demandada la existencia de la presente causa.----AL OTROSI 1ro y ULTIMO.- Por señalado domicilio procesal, watshapp y/o correo electrónico, debiendo ser considerado por el oficial de diligencias del juzgado; que así mismo se hace conocer a la parte demandante según lo previsto en el Par. I del Art. 314 de la Ley 603 todas las notificaciones se practicaran en la secretaria del juzgado, excepto aquellas que la autoridad judicial disponga. SELLO Y FIRMA: Dra. Ketty Nancy Velásquez Rosales.--- Juez Público de Familia 1º.---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.---EL ALTO - LA PAZ - BOLIVIA ---SELLO Y FIRMA: Dra. Maria Estela Mamani Ruiz.---SECRETARIA.---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1º.--- EL ALTO – LA PAZ - BOLIVIA.—--------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& MEMORIAL CURSANTE A FS. 29 A 29 VTA DE OBRADOS--- SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 1ro. DE LA CIUDAD DE EL ALTO. ---Nurej: 204062102---Int. Huanca/Jorge---Correo Electrónico Trocheraull6l@gmail.com---Celular: 69990898---SEA PERSONA Y ACEPTA DESIGNACIÓN COMO ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO---OTROSI. - SU CONTENIDO. --- ALFREDO RAUL TROCHE ARUOUIPA con R.P.A. Nro. 7020586 ARTA., boliviano, mayor de edad, hábil por derecho, de profesión abogado, con domicilio procesal en la Av. Jorge Carrasco, galeria M&M No. 114, 3er. Piso, oficina 43 de la zona 12 de octubre de la ciudad de El Alto, dentro del presente proceso EXTRAORDINARIO sobre ASISTENCIA FAMILIAR, caratulado HUANCA C/ JORGE, presentandome ante su autoridad, respetuosamente expongo y pido:---Señora Juez, habiendo sido notificado con la designación de abogado defensor de oficio y a afectos del Art. 265 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, el Art. 24, Art. 115 Parágrafo I- II de la C.P.E., y el Art. Código Procesal Civil, tengo a bien apersonarme ante su digno despacho en tiempo hábil y oportuno con el fin de ACEPTA LA DESIGNACIÓN COMO ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO PARA EL PRESENTE CASO DE AUTOS y con el compromiso de tratar de poner en conocimiento de la parte demandada la existencia del presente proceso familiar interpuesto en su contra.---Señora Juez, habiéndoseme notificado legalmente con auto de fecha 29 de marzo de 2023, cursante a fs. 27 vta. de obrados; en el que se me designa como DEFESOR DE OFICIO de la parte demandada; en Consecuencia representar en el presente proceso al ciudadano EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, dentro del presente proceso de ASISTENCIA FAMILIAR, en el término corresponde respondo a la misma en FORMA NEGATIVA; aclarando que será la parte actora quien deberá probar los términos de su demanda conforme a lo previsto por el Art. 332 Código de las Familias y del Proceso Familiar, "quien tiene la carga de la prueba a los efectos de hacer atendible su demanda".----Mas Otrosi. - Al amparo del Art. 24 de la Constitución Política del Estado Plurinacional, solicito a su autoridad se oficie a:---- A LAS EMPRESAS DE TELEFONICAS CELULAR TIGO, ENTEL Y VIVA----a los efectos de que informen a su Autoridad si la persona demandada el sr. EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE con C.I. No. 8432852 L.P., tiene registrado algún número a su nombre. --- Otrosi 1ro. - Solicito a su probidad que en razón de que mi asistencia es como abogado defensor de oficio, en cumplimiento al PRINCIPIO DE GRATUIDAD se me libere de cualquier arancel que pudiera existir para la obtención de la información y de este forma facilitar la ubicación de mi patrocinado la Sr. EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE con C.I. No. 8432852 L.P., y ser comunicado de los antecedentes Existentes en la presente demanda.---Otrosi 2do. - Por señalado Domicilio Procesal.----SERA JUSTICIA. ----El Alto abril de 2023---SELLO Y FIRMA: Alfredo Raul Troche Aruquipa----ABOGADO---------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AUTO CURSANTE A FS. 30 DE OBRADOS---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA PRIMERO---El Alto, 05 de Abril del año 2023.----VISTOS: Téngase por aceptada su designación y por respondida a la demanda de ASISTENCIA FAMILIAR, en sus términos de su redacción.----AL MAS OTROSI.- Ofíciese a los fines impetrados, sea con formalidades de ley, y con carga a la demandante.---AL OTROSI 1ro.- Se tiene presente.---AL OTROSI 2do.- Por señalado.--- De conformidad con lo previsto en el Art. 440 de la Ley 603 se señala audiencia VIRTUAL (plataforma “CISCO WEBEX”) de consideración de la demanda para el día 19  de ABRIL del  presente año a Hrs: 11:00 am., sea con noticia de partes, y a Defensorías de la Niñez y Adolescencia del Distrito uno, si corresponde  hecho esto se dictara sentencia  tal cual prevé el Inc. h) del Art. 440 de la ley 603, por lo que las partes deben producir  en la audiencia citada todo los medios de prueba que hubieran ofrecido en su demanda y su respuesta.---Que así mismo  se conmina a las partes y profesionales abogados  estar la plataforma Virtual 15 minutos antes de la hora de Audiencia.---Debiendo las partes y profesionales abogados ingresar al siguiente link:  https://ojcivillpz.webex.com/ojcivillpz/j.php?MTID=mb66a9c42bfcfc950dbbb0fc93fcc5aa6--- SELLO Y FIRMA: Dra. Ketty Nancy Velásquez Rosales.--- Juez Público de Familia 1º.---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.---EL ALTO - LA PAZ - BOLIVIA ---SELLO Y FIRMA: Dra. Maria Estela Mamani Ruiz.---SECRETARIA.---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1º.--- EL ALTO – LA PAZ - BOLIVIA.—------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA CURSANTE A FS. 33 A 33 VTA DE OBRADOS--- ACTA DE AUDIENCIA DE ASISTENCIA FAMILIAR---suspendida----En la ciudad de El Alto a horas 11:00 a.m., del día 19 de abril de 2023 años, el personal del Juzgado Publico de Familia 1º de El Alto compuesto por la Dra. Ketty Nancy Velasquez Rosales Juez Público de Familia 1º y la Secretaria Abg. María Estela Mamani, nos constituimos en audiencia dentro de la demanda de ASISTENCIA FAMILIAR interpuesta por EMMA DIONICIA HUANCA KUNO contra EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE.---a) INSTALACION DE LA AUDIENCIA.----SEÑORA JUEZ.- Se instala la presente audiencia pública dentro de la demanda de ASISTENCIA FAMILIAR interpuesta por EMMA DIONICIA HUANCA KUNO contra EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, por secretaria del Juzgado informe si se han cumplido con las formalidades de ley para el presente acto y si las partes se encuentran presentes en sala.---SECRETARIA.-Señora juez, informo que se han cumplido con las formalidades de ley, convocadas las partes procesales se presenta en sala la demandante asistida de su abogado, ausente la parte demandada.---SEÑORA JUEZ.- Cumplidas que fueron las formalidades, encontrándose presentes en sala la demandante asistida de su abogado, no siendo casual de suspensión la inasistencia de la parte demandada, se prosigue con la presente audiencia de conformidad al Art. 440 inc. c) de la ley 603.---Que sin embargo de la revisión de antecedentes a fs. 25 de obrados cursa representación del domicilio certificado por SERECI motivo por el cual el demandado debe ser citado mediante edicto esto a fin de evitar posteriores vicios de nulidad, motivo por el cual en aplicación del art. 309 del Código de las Familias y del Proceso Familiar (Ley 603), cítese al demandado EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE mediante edictos con  todos los actuados que correspondan, a través del sistema HERMES,  publicaciones que deben realizarse en dos oportunidades, el primer  día domingo siguiente de la fecha de la orden de edicto y el  subsiguiente día domingo, sea previo juramento de desconocimiento de domicilio, hecho esto se señalara nuevo día y hora de audiencia. ---SELLO Y FIRMA: Dra. Ketty Nancy Velásquez Rosales.--- Juez Público de Familia 1º.---TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA.---EL ALTO - LA PAZ - BOLIVIA ---SELLO Y FIRMA: Dra. Maria Estela Mamani Ruiz.---SECRETARIA.---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1º.--- EL ALTO – LA PAZ - BOLIVIA.—------------------------------------------------------------ &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ACTA DE JURAMENTO CURSANTE A FS. 36 DE OBRADOS---DE AUDIENCIA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DOMICILIO---En la ciudad de El Alto, a horas 16:00 del día 12 de mayo de 2023, la Suscrita Secretaria Aba. María Estela Mamani Ruiz, tomo juramento y/o RECEPCIÓN DE JURAMENTO DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido por EMMA DIONICIA HUANCA KUNO contra EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE, Acto seguido, de Conformidad a lo dispuesto por acta cursante a fs. 33 y vta. De obrados, la suscrita Secretaria tomó juramento de rigor a EMMA DIONICIA HUANCA KUNO mayor de edad, hábil por derecho, con Cedula de Identidad No. 8346185 LP., soltera, Estudiante, con domicilio en Villa 1-11-14 Mza. 18, Casa 8 Flores- BB AS, quien JURO POR DIOS, LAS LEYES Y SU CONCIENCIA DESCONOCER EL DOMICILIO ACTUAL Y PARADERO DEL DEMANDADO EDWIN ROBERTO JORGE COLQUE CONTRA QUIEN INICIO DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR. ----FIRMA LEGIBLE: Emma Dionicia Huanca Kuno---C.I. 8346185 LP--- SELLO Y FIRMA: Dra. Maria Estela Mamani Ruiz.---SECRETARIA.---JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA 1º.--- EL ALTO – LA PAZ - BOLIVIA.—--------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


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