EDICTO
Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Juzgado: SALA PENAL TERCERA
PARA: LEONELA IBARRA CHURI
POR TANTO: La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, administrando justicia a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia, en atención a los fundamentos legales expuestos, en aplicación de los Arts. 115.11 y 180.1 de la CPE y 373, 374, 398, 407, 408 y 411 del Código de Procedimiento Penal, declara: ADMISIBLE e IMPROCEDENTE el recurso de apelación restringida interpuesta por el acusado Mijael Aguirre Saavedra; en consecuencia se CONFIRMA la sentencia NP 07/22 de 14 de octubre de 2022, que fuera dictado por la Juez del Juzgado Público
Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia y Sentencia Penal 10 de Yapacaní— Prov. Ichilo Santa Cruz.
Se advierte a las partes que tienen el término de cinco días para interponer el recurso de casación contra el presente fallo judicial como lo establece el Art. 417 del Código de Procedimiento Penal.
Vocal relator: Dra. Gladys Alba Franco.
Regístrese, notifíquese y archívese copia.-
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Reporte