EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO DE LEY EL ABG. WALDO COTJIRI IBARRA Juez Publico Mixto Civil y Comercial, De Familia, De la Niñez y Adolescencia, De Partido Del Trabajo y Seguridad Social, De Sentencia Penal Nº 2 de Corque, en suplencia legal del Juzgado de Sentencia Penal N° 1 DE LA CAPITAL ORURO-BOLIVIA, POR CUANTO LA LEY LE FACULTA. – EL PRESENTE EDICTO DE LEY QUE TIENE CARÁCTER DE NOTIFICACIÓN A LA VICTIMA HEBERT MEZZA MERCADO, DENTRO EL PROCESO SEGUIDA POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA JUAN CARLOS GONZALES ALACA, POR EL DELITO DE ROBO, A CUYO EFECTO SE TRANSCRIBEN LOS SIGUIENTES ACTUADOS DE LEY: Abg. CLAUDIA PATRICIA LANDAETA RAMIREZ, mayor de edad, hábil por derecho abogado, en actual ejercicio del cargo de Fiscal de Materia Adscrito a la Fiscalía Especializada En Persecución De Delitos Patrimoniales, respetuosamente ante su autoridad expongo y solicito: presentándome De conformidad con lo establecido por los Arts. 340, 341 y 342 todos del Código de Procedimiento Penal, habiendo agotado la etapa de la investigación con pleno respeto a los derechos y garantías constitucionales y en base a los elementos de convicción acumulados en la etapa preparatoria, en representación de la Magistratura del Ministerio Público, el Estado y la Sociedad Boliviana, formulo acusación en contra de JUAN CARLOS GONZALES ALACA por el delito de delito de ROBO AGRAVADO tipificado y sancionado en el Art. 331 agravado por el Art. 332 núm. 2) todos del Código Penal. Ello en merito a que los resultados de la investigación han permitido determinar que los hechos se enmarcan dentro el tipo penal mencionado precedentemente, todo en consideración a los siguientes antecedentes de orden estrictamente legal: I.-DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES.- 1- IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO: Nombre: JUAN CARLOS GONZALES ALACA Nacionalidad Boliviana Cédula de Identidad 10576365 Pt. Fecha de Nacimiento 24/01/1995 Lugar de Nacimiento POTOSI-TOMAS FRIAS-POTOSI Ocupación SOLDADOR Estado Civil: SOLTERO Domicilio Real: CALLE H. PLAYER Y 17 DE MAYO DE LA CIUDAD DE POTOSI. Abogado: DRA. LIDIA CONDORI GARNICA. Ciudadanía digital 4062967 Domicilio Procesal: Calle Junín entre Camacho y Petot N 1030 Defensa Publica. 2.-IDENTIFICACIÓN DE LA DENUNCIANTE Y VICTIMA. Nombre HEBERT MEZZA MERCADO Nacionalidad: Boliviana Cedula de Identidad: 04/01/1991 Lugar de Nacimiento: ORURO-CERCADO–ORURO Ocupación: ESTUDIANTE Estado Civil: SOLTERO Domicilio Real: CALLE 10 N° 11 B E/CAMPO JORDAN Y BENI Abogado: Rene David Copa Pereyra Ciudadanía Digital: 4023234 Domicilio Procesal: Ayacucho entre Soria Galvarro y 6 de Octubre Edif. Guiselle Of. 3/A Tercer piso. II.-ANTECEDENTES: Que, de antecedentes de la presente investigación se tiene que, la presente causa se inicia en mérito, a denuncia de HEBERT MEZZA MERCADO en contra de AUTORES COMPLICES Y ENCUBRIDORES por el presunto delito de ROBO previsto y sancionado por el Art. 331 del Código Penal, ampliado en fecha 13 de noviembre de 2022 en contra de JUAN CARLOS GONZALES ALACA, por el presunto delito de ROBO previsto y sancionado por el Art. 331 agravado por el Art. 332.2, ambos del Código Penal. El Sr. HEBERT MEZZA MERCADO en fecha 12 de noviembre a horas 11:30 a.m. aprox. Se hizo presente en dependencias de DIPROVE ORURO, a objeto de informar el robo de su vehículo, hecho suscitado en la calle 1 esquina calle Beni, zona norte de la ciudad de Oruro, a horas 09:20 a.m. aprox. Del día sábado 12 de noviembre de 2022, años, por lo que personal de servicio se trasladó hasta dicho lugar para verificar dicho hecho III-RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS SUCEDIDOS: Que, el St. HEBERT MEZZA MERCADO en fecha 11 de noviembre de 2022 a horas 23:30 a.m. aprox. en las calles 1 esquina calle Beni, zona norte de la ciudad de Oruro, (lugar donde se encuentra su licorería), deja estacionado su vehículo automotor Marca MAZDA, color GRIS, tipo vehículo DEMIO, Modelo 2010 con placa de control 3094-DTI. A horas 03:00 am. por la ventana de dicho negocio se fija el motorizado el cual se encontraba en el lugar sin ninguna novedad, de ahí en adelante se queda dormido por el cansancio. A horas 10.10 a.m. del día sábado 12 de noviembre de 2022 años sale de su licorería para irse a su domicilio percatándose que su motorizado ya no se encontraba en el lugar, informando de lo suscitado a sus familiares posteriormente se constituye a dependencias de DIPROVE ORURO. Hechas las averiguaciones por el lugar, las vendedoras informan haber visto pasar por su lugar de venta, calle 2 y Av. Al Valle al motorizado de la víctima, el cual era jalado por una volqueta con dirección de sud a norte. Que, realizados los actuados investigativos se tiene en fecha 13 de noviembre de 2022 años a horas 09:30 am. aprox. dicho motorizado fue encontrado al interior de un domicilio (garaje) ubicado en la Av. héroes del Chaco entre calle Soldado Boliviano y calle Zelaya sin número, zona norte de la ciudad de Oruro, En un trabajo coordinado entre el personal del DACI de la FELCC, el denunciante y víctima del hecho y el personal de DIPORVE a través de seguimiento de cámaras de vigilancia, se logra identificar al motorizado (camión volqueta, marca Daihatzu, color azul, modelo 1983, con placa de control 584-SNL), cuyo propietario y conductor responde al nombre de Ramiro Tupa Yampara de quien una vez ubicado ju domicilio Barrio Miraflores entre calle D Nro. 16, se llega a tomar contacto El Sr. Ramiro Tupa Yampara quien refiere: el día de ayer sábado 12 de noviembre cuando me encontraba en mi parada de transporte público ubicado en la Av. Héroes del Chaco y Av. Al Valle 09:15 aprox. se acercó un señor a contratar mis servicio para jalar (remolcar) su vehículo, posteriormente identificado como JUAN CARLOS GONZALES ALACA (Sindicado) porque según este un día antes tomo bebidas alcohólicas en el mercado Kantuta y se arruino, a quien le pregunta qué tipo de vehículo es el que tenemos que jalar y hasta qué lugar, contestándole que es un taxi, pero el chofer del taxi en el que vino a contratarle (NNN AUTOR aún no identificado) dijo que el vehículo que van a jalar es un Mazda y lo llevarían desde el Kantuta hasta el sector de yacimientos, al final quedaron en un monto de 60 Bs por el flete que iba a realizar, también le indica que el vehículo estaba estacionado en la calle Beni y calle 1, por lo que se constituyen al lugar y efectivamente se encontraba el vehículo Mazda estacionado en dichas calles, por lo que procede a amarrarlo con una pita que tenía el señor JUAN CARLOS GONZALES ALACA, y lo jala tomando como ruta la calle 1 hasta el centro de salud candelaria luego baja una cuadra hacia la calle 2 y sigue esa ruta hasta la cancha poli funcional del barrio magisterio luego suben hacia la Av. Héroes del Chaco tomando esa Av. Hacia la zona norte, llegando hasta el inicio del sector de yacimiento de esa Av. Y se estaciona para preguntarle en que sector específicamente y él Sr. JUAN CARLOS GONZALES ALACA dijo que unas cuantas cuadras más hacia el norte, llegando hasta calles Av. Héroes del Chaco y calle Zelaya en un garaje que realiza cambios de aceite y lo deja ahí y le cancela los 60 Bs. Qué quedaron y se fue. Una vez conocido el domicilio ubicado en la Av. Héroes del Chaco entre las calles Soldado Boliviano y Zelaya, zona norte de la ciudad de Oruro, lugar donde se dejó el motorizado robado, se tomó contacto con el propietario Sr. Francisco Mamani Mamani, quien manifestó que el día 12 de noviembre de 2022, cuando se encontraba en su tienda de cambio de lubricante a horas 10:30 am. aprox. se acercó el señor JUAN CARLOS con un vehículo clase automóvil marca Mazda color gris que estaba siendo jalando (remolcado) por una volqueta color azul de 2 cubos de capacidad de carga, quien le dijo que se lo arregle el automóvil marca Mazda porque estaba con algunos desperfectos a lo que le responde que de momento no está trabajando como mecánico, el señor al escuchar que le dijo que no podía arreglar, le indica que si podría dejar el vehículo en su garaje hasta que busque otro mecánico, y yo accedí a que lo deje. Al promediar las 13:10 aprox. volvió el señor JUAN CARLOS a su garaje con unos pedazos de tela para tapar el vehículo que dejo, en ese ínstate este señor le comento que el vehículo seria indocumentado (chuto), al escuchar ese comentario le indica que se lo lleve el vehículo, porque no quería tener problemas, pero este señor le rogo que se quede el vehículo en su garaje, a lo le recalca indicando que se lo que lleve. A horas 19:00 aprox. nuevamente este señor volvió a su garaje, indicando que no pudo conseguir otro garaje y se comprometió a venir el día 13 de noviembre para sacar este vehículo y poder llevar a otro garaje. El Sr. Francisco Mamani Mamani, en son de colaborar con la investigación, via teléfono llamo al mencionado señor que le dejo el vehículo para que viniera al garaje, mismo que después de 20 minutos se hizo presente al lugar procediendo al arresto con fines investigativos: Dicho ciudadano responde al nombre de JUAN CARLOS GONZALES ALACA de la verificación del interior del vehículo automotor Marca MAZDA, color GRIS, tipo vehiculo DEMIO, Modelo 2010 con placa de control 3094-DTI. se observa que el mismo presenta el robo de accesorios (Radio) el cual fue arrancado, se encontró una cuerda de 15 metros de largo aprox. con la que se amarro los extremos de los motorizados y así por la fuerza proceder al remolque por arrastre de forma violenta... Para acreditar los hechos descritos precedentemente, se tienen los siguientes elementos de convicción: PROVIDENCIA Oruro, 13 abril de 2023 RADICATORIA Que, la presente causa seguido a instancia del MINISTERIO PUBLICO, por el presunto delito de ROBO AGRAVADO en contra de JUAN CARLOS GONZALES ALACA ingreso a este Despacho Judicial en fecha 12 de abril de 2023 a horas 09:00 a.m., ingreso a este Despacho Judicial por remisión del Juzgado de Instrucción Penal No. 6. En aplicación al Art. 340 del Código de Procedimiento Penal, modificado por Ley No. 583 se dispone la RADICATORIA del presente caso: se dispone la notificación al Ministerio Publico, para la presentación física de las pruebas ofrecidas, así como la pertinencia y utilidad de la prueba ofrecida, dentro de las 24 horas siguientes de su legal notificación, debidamente ordenadas y codificadas, bajo responsabilidad. Alternativamente en aplicación al Art. 340 II Código de Procedimiento Penal, póngase a conocimiento de la víctima HEBERT MEZZA MERCADO la acusación pública, para que presenten su Acusación Particular o se Adhiera a la Acusación Fiscal y ofrezcan prueba en plazo de 10 (DIEZ) días a partir de su notificación para que ofrezca y presente físicamente sus pruebas debidamente ordenadas y codificadas, bajo su responsabilidad. En caso de que ofrezcan pruebas distintas a las del Ministerio Publico, obtenidas legalmente, estas deberían ser presentadas con la acusación particular o la adhesión a la acusación fiscal. Caso Nº 401502012202471 MINISTERIO PUBLICO C/ JUAN CARLOS GONZALES ALIAGA Delito Acusado: ROBO AGRAVADO Oruro, 15 de Mayo de 2023. Siendo el estado de la causa, en previsión del art. 165 del Código de Procedimiento Penal, notifíquese a Hebert Mezza Mercado, en su condición de víctima, con la acusación fiscal de fecha 14 de febrero de 2023 y demás piezas procesales pertinente, mediante edictos judiciales, previas las formalidades de rigor.-


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