EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SÉPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL


EDICTO Nº 082/2023 JUZGADO PUBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL JUEZ: LIC. JUAN QUIROGA ORTIZ SECRETARIA: LIC. MARÍA DEL CARMEN FLORES ELÍAS SUCRE- BOLIVIA Por el presente EDICTO, se CITARÁ/NOTIFICARA al señor: ALEJANDRO PINTO TARQUI, con la planilla de liquidación 13/04/2023, providencia de fecha 14/04/2023, providencia de fecha 04/05/2023, con el memorial de fecha 10/05/23 y providencia del fecha 11/05/23 con NUREJ 10123442, dentro del Proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido por: MARTHA PINTO FLORES contra, ALEJANDRO PINTO TARQUI que a cuyo fin se transcriben el cual será citado/notificara: SEÑOR JUEZ PÚBLICO SÉPTIMO DE FAMILIA DE LA CAPITAL NUREJ 10123442 I.-LIQUIDACION MARTHA PINTO FLORES de generales conocidas dentro del fenecido proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido contra el señor ALEJANDRO PINTO TARQUI, presentándome ante Ud. con las debidas consideraciones de respeto expongo y pido: I.- Señor Juez, siendo que el obligado no ha realizado los depósitos correspondientes a la asistencia familiar, en aplicación del artículo 415 numeral I del Código de las Familias y del Proceso Familiar y según los antecedentes del proceso se tiene: 1. Que por sentencia de fecha 12 de septiembre de 2022, su autoridad declara PROBADA la Asistencia Familiar, disponiendo que el señor Alejandro Pinto Tarqui asista al beneficiario con un monto mensual de Bs. 600 (seiscientos 00/100 bolivianos) que corre desde fecha 13 de julio del 2022. 2. Se tiene que desde el 13/julio/2022 al 13/abril/2022 han transcurrido 9 meses a razón de Bs. 600, haciendo un total de Bs. 5.400 (cinco mil cuatrocientos 00/100 bolivianos). 3. En honor a la verdad hago conocer que el obligado realizó un depósito de dinero a mi cuenta bancaria, conforme acredito por la documental adjunta, en el mes de octubre de la gestión 2022, en la suma de 500 bolivianos monto que corresponde sea deducido, en consecuencia, el saldo deudor asciende a la suma de Bs. 5.000 (Cinco mil) 4. De la misma manera hago conocer que el obligado hasta la fecha no ha realizado ni un solo depósito en la sección de Depósitos Judiciales del Tribunal Departamental de Justicia, tal cual acredito por el extracto de depósitos que adjunto. EN CONSECUENCIA, LA ASISTENCIA FAMILIAR ADEUDA EN DINERO ASCIENDE A LA SUMA DE BOLIVIANOS CINCO MIL (BS. 5.000,00). Por lo expuesto solicito a su autoridad se ponga en conocimiento del demandado la asistencia devengada para que se obligue su cumplimiento. Justicia. Otrosí 1º.- Para efectos de notificación tengo a bien informar que desconozco el domicilio del demandado por lo que solicito sea notificado por edictos. Otrosí 2°. - Señalo domicilio procesal en calle Loa Nº41, Centro Juana Azurduy. Otrosí 3°. - La abogada que suscribe no cobrará honorarios por ser dependiente del Centro Juana Azurduy. Otrosí 4to.- Hago constar que el Abogado Wilfredo Oliva es el procurador del Centro Juana Azurduy por lo cual solicito se lo tenga por apersonado. Sucre, 13 de abril de 2023 Sucre, 14 de abril de 2023 Con la planilla de liquidación TRASLADO al demandado para que se pronuncie en el plazo de tres días computables a partir de su notificación. Al otrosí 1.- Ofíciese al SERECI y SEGIP. Al otrosí 2 y 3.- Se tiene presente. Al otrosí 4.- Se tiene presente. Sucre, 04 de mayo de 2023 A conocimiento de la parte demandante la certificación remitida por el SERECI y SEGIP. SEÑOR JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA SÉPTIMO DE LA CAPITAL NUREJ: 10123442 I.- SE PRONUNCIA MARTHA PINTO FLORES, de generales ya conocidas dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido contra el señor ALEJANDRO PINTO TARQUI ante su autoridad, con respeto digo: En atención a las certificaciones emitidas por el SEGIP y SERECI que señalan como domicilio del demandado Villa Moderna, Pasaje 16 de Julio del municipio de Quillacollo del departamento de Cochabamba, debo señalar que esa dirección corresponde al domicilio que ocupábamos en común con el demandado en condición de inquilinos hace varios años atrás, por lo que pido a su autoridad disponga que por donde corresponda, se me extiendan los edictos solicitados con anterioridad ya que reitero desconozco el domicilio actual del demandado, sea con el fin de que se proceda a la notificación del demandado, mediante la página electrónica www.edictos.organojudicial.gob.bo del Poder Judicial para proseguir con el proceso. Justicia. Sucre, 09 de mayo de 2023 Sucre, 11 de mayo de 2023 Procédase a la notificación con la planilla de liquidación en el sistema HERMES. Fdo.-Lic. JUAN QUIROGA ORTIZ.- JUEZ PÚBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL, SUCRE-BOLIVIA. Ante mí.-Lic. MARÍA DEL CARMEN FLORES ELÍAS.- ABOGADA.- JUZGADO PÚBLICO SEPTIMO EN MATERIA FAMILIAR DE LA CAPITAL, SUCRE - BOLIVIA. _____________________________________________________________________ EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL VEINTITRES AÑOS.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------


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