EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
EDICTO No. 145/2023
EL Dr. FARID NASSAR DONOSO JUEZ DE SENTENCIA No. 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL.
Sucre-Bolivia
MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a los ACUSADOS VIDAL QUISPIA VIRACOCHAL y TIBURCIO VILLCA YUAPARI, que se ha dictado los siguientes actuados, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO a instancia de LEONARDO SILVESTRE QUISPE, contra VIDAL QUISPIA VIRACOCHAL por la presunta comisión del delito de LESONES GRAVES Y LEVES, previsto en el código penal, signado con NUREJ: 200916592, se dictó las siguientes piezas procesal, cuyo contenido literal es el siguiente.----------------------------------------------------------------------------
SEÑOR JUEZ DE SENTENCIA Nº 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL
La suscrita auxiliar del Juzgado a su digno cargo, de oficio, dentro del proceso seguido por el MINISTERIO PÚBLICO a denuncia de LEONARDO SILVESTRE QUISPE contra VIDAL QUISPE VIRACOCHAL Y TIBURCIO VILLCA YUPARI por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES Y LEVES, previsto y sancionado en el Código Penal, tengo a bien, INFORMAR Que, de la revisión del cuaderno procesal se tiene los siguientes actuados:
1.- Que, a fs. 99 Vlta del cuaderno procesal cursa el auto de radicatoria con el señalamiento de audiencia de fecha lunes 15 de abril del 2023 a Hrs. 08:30.
2.- Que, revisado la agenda de audiencias de la presente gestión, no se encontraba registrada, además el 15 de abril era día sábado y no asi día lunes como consigna en el auto de apertura de juicio.
Es cuanto informo en honor a la verdad y para fines consiguientes de Ley. Sucre, 16 de mayo del 2023.-------------------------------------------------------
Informe que antecede pasa a despacho del Señor Juez el día martes dieciséis de mayo del dos mil veintitrés. Certifico. -
-------------------------------------------------------------Sucre, 16 de mayo del 2023.
En atención al informe que antecede; se dispone la realización de los siguientes actuados procesales:
1º. Se señala continuación de audiencia de juicio oral para el día viernes 14 de julio del 2022 a horas 09:00.
2º. Esa audiencia está fijada para esa oportunidad, con la permisión del Art. 130. del CPP, el cual indica, que, en casos de fuerza mayor, se pueden suspender plazos; esa ese hecho en autos, se encuentra acreditado con el rol de audiencias de juicio que permite establecer, que por la carga procesal no puede señalarse audiencia para una fecha anterior. 3º. Actuado procesal que se llevará a cabo a través de la plataforma virtual Sistema CISCO WEBEX (https://ojpenal.webex.com/meet/ch-jspe2), debiendo la Oficina Gestora de Turno, encargarse de la presencia de todos los sujetos procesales y su notificación con el presente proveído. 4º. Las partes deben prever su presencia en el sistema 15 minutos antes de la hora señalada para evitar dilaciones innecesarias; asimismo, deben digitalizar toda la prueba que van a presentar en esa oportunidad y durante todo el juicio.
5º. La Coordinadora de la OGP, debe mandar los links respectivos para que las partes comparezcan a la audiencia referida. -------------------------------------------FDO.------------JUEZ----------------FDO.---------------SECRETARIO. -------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES-----XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
D.
S.
O.
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