EDICTO

Ciudad: EL ALTO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEXTO EN MATERIA FAMILIAR DE EL ALTO


EDICTO EL DOCTOR JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI JUEZ PUBLICO DE FAMILIA SEXTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO-LA PAZ-BOLIVIA. --- HACE SABER: Por el presente edicto se hace conocer a JOSE LUIS FLORES ROJAS, dentro del proceso de ASISTENCIA FAMILIAR seguido a instancias de JESSICA PETRONA CHINO QUISPE, cuyo tenor literal es como a continuación se transcribe. --- MEMORIAL DE DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR CURSANTE A FS. 8 A 9.---------SEÑOR JUEZ DE TRNO DE FAMILIA DE LA CIUDAD DE EL ALTO--------DEMANDA ASISTENCIA FAMILIAR.-------- OTROSÍES. -Su contenido--------JESSICA PETRONA CHINO QUISPE, boliviano, mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. Nro. 4330276 L.P., con domicilio en Av. Carrasco B entre Luis Espinal Nro. 500 de la ciudad de El Alto, ante las consideraciones de vuestra autoridad con el mayor respeto me presento, expongo y pido:--------DEMANDADO--------Inicio demanda de asistencia familiar contra JOSE LUIS FLORES ROJAS, con cedula de identidad No.6315564 S.C., mayor de edad hábil por derecho, boliviano, soltera, con domicilio en la Z- Barrio los sauces Calle C Frente AG. Carlitos de la Ciudad de Santa Cruz.--------OBJETO DE LA DEMANDA--------Demando la asistencia Familiar para mi hijo DAVID LUIZ FLORES CHINO.--------Señor Juez, sucede que mi persona el año 2009 mantuvo una relación de concubinaria con el Sr. JOSE LUIS FLORES ROJAS por el lapso de 4 años, fruto de esta unión libre procreamos un hijo que responde al nombre de DAVID LUIZ FLORES CHINO de 07 años de edad respectivamente.--------Ahora bien, decidimos convivir con el padre de mi hijo, con la firme intención de formar un hogar estable y lleno de felicidad, pero lamentablemente mi concubino empezo a cambiar su comportamiento y/o caracter hacia nuestra familia, se volvio autoritario y violento por lo que buscaba cualquier pretexto para discutir sin que mi persona le de algún motivo, estas discusiones conllevaron a que me maltrate fisicamente, empero mi persona pensando en la unión de mi familia, tuve que tolerar todos estos vejámenes, pensando que iba a cambiar su carácter, esperanza que fue vana ya que nunca sucedió ese cambio, más al contrario empeoro su comportamiento, puesto que casi todos los fines de semana empezó a tomar bebidas alcohólicas, para posteriormente cuando llegaba a nuestro hogar sin motivo alguno me empezaba a insultar, a golpear, pese a esta situaciones mi persona decidió seguirlo perdonando y cansada de estas actitudes decidi alejarme totalmente del padre de mi hijo.--------Señor Juez debido a que mi hijo se encuentran en una edad que requiere gastos de alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta y esta en una edad que requiere muchos gastos necesito el apoyo de su padre para poder sacar adelante a mi pequeño hijo.--------FUNDAMENTO DE DERECHO--------Sustento ni demanda en las disposiciones de los Arts. 60 Constitución Politica del Estado, Arts, 109, 112, 116, 117, 220, 258, 259, de la ley 603 código de familias y del proceso familiar Art. 8, 41 de la ley 548 código niña niño y adolecente.--------PETITORIO--------Por todo lo expuesto, formalizo demanda de Asistencia familiar contra JOSE LUIS FLORES ROJAS solicitando a su autoridad a que previo los tramites de ley, se dicte sentencia declarando probada la demanda y en consecuencia, disponga que el señor JOSE LUIS FLORES ROJAS, brinde una asistencia familiar a nuestro hijo, por el monto de Bs.1500 (MIL QUINIENTOS BOLIVIANOS 00/100), Monto que será destinado a cubrir las necesidades básicas propias de nuestro hijo tomando en cuenta que al estar en etapa de crecimiento requiere muchos gastos.-------- La señora JOSE LUIS FLORES ROJAS trabaja como CHOFER teniendo un sueldo de aproximadamente Bs. 2.000 (DOS MIL 00/100 BOLIVIANOS).--------OTROSI 1ro. TENENCIA Y GUARDA.- En aplicación de lo previsto por los Arts. 212 de la ley 603 Código de las familias y del proceso familiar y Art. 57 de la ley 548 Código Niña, Niño y Adolecente. Solicito a su autoridad disponga que mi hijo quede bajo la guarda y cuidado de mi persona como madre.--------OTROSI 2do7. PRUEBA DOCUMENTAL. - de conformidad al Art. 261 del código de las familias y del proceso familiar, tengo a bien presentar la siguiente prueba documental:--------• Certificado de nacimiento de mi hijo DAVID LUIZ FLORES CHINO--------Fotocopia de cedula de identidad del demandado. -------- Croquis de domicilio demandante y demandado--------• Fotografias.-------- OTROSI 3ro. - En cumplimiento del Art. 233 parágrafo I de la Ley 603 Código de Familias y del proceso Familiar, señala que el domicilio de la demandante se encuentra ubicado en Av. Carrasco 8 entre Luis Espinal Nro.500 de la ciudad de El Alto.-------- OTROSI 4to. -Solicito a su autoridad oficio para el SERVICIO GENERAL DE LICENCIA DE CONDUCIR (SEGELIC) para que por esta unidad pueda enviar y/o remitir un informe detallado del registro de licencia de conducir del señor JOSE LUIS FLORES ROJAS con C.I. 6215564 SC.--------OTROSI 5to.- poner en conocimiento a su autoridad que mi pequeño hijo de nombre DAVID LUIZ FLORES CHINO se encuentra con tratamiento ya que le diagnosticaron un trastorno global del desarrollo, es autista por lo que adjunto informe fonoaudiológico emitido por el Dr. Jose Antonio Muñoz neuropediatra y la Lic. Carla Carpero Vargas Fonoaudióloga del centro proyecto CNI, el Instituto de Neurodesarrollo Infantil (INDI). Por lo que necesito que su padre pueda también velar tanto económicamente como con medicamentos todo por el bienestar de nuestro hijo.--------OTROSÍ 6to.- En cuanto a los honorarios profesionales La suscrita abogada se atiene al arancel mínimo del Ilustre Colegio de Abogados.--------OTROSÍ 7mo.- En cumplimiento al art. 101 del Código de Procedimiento Civil, señalo domicilio Procesal entre Av. Franco Valle y Av. Satélite Nro. 421, Of.2, planta baja, de la Ciudad de El Alto, Correo bianca07arlinda@gmail.com Cel. 77725033--------SERA EN ESTRICTA JUSTICIA --------El Alto, febrero de 2022.-------- FIRMA Y SELLA: DRA. BIANCA MENDOZA CALLE -------FIRMA: JESSICA PETRONA CHINO QUISPE C. 4330276 L.P.-------- DECRETO CURSANTE A FS.10 DE OBRADOS---------El Alto, a 09 de marzo de 2022--------VISTOS: Estando la demanda dentro de los alcances del Art. 434 de la ley 603, en la via de proceso extraordinario, se admite la demanda de ASISTENCIA FAMILIAR interpuesta por JESSICA PETRONA CHINO QUISPE y se dispone la citación con la misma al demandado JOSE LUIS FLORES ROJAS para que, dentro del plazo de cinco días de su citación con la demanda conteste conforme a las disposiciones de la ley 603, asi lo dispone el Art. 437 de la citada norma legal, debiendo a tiempo de contestar a la demanda adjuntar, proponer y ofrecer toda la prueba conforme a sus alegaciones, debiendo observar lo dispuesto por los Arts. 261 y 325 del Código de Familias y del Proceso Familiar, bajo alternativa en caso de no apersonarse o no presentar memorial de contestación a la demanda de designarse defensor de oficio en previsión del Art. 266 de la Ley 603.--------AL OTROSI 1.- Traslado a la parte contraria.-------- AL OTROSI 2. -Por ofrecida la prueba documental, sea con noticia contraria.-------- AL OTROSÍ 3.- Se tiene presente, y en conocimiento de la Srta. Oficial de diligencias del juzgado.--------AL OTROSI 4.- ofíciese al fin impetrado sea con las formalidades de ley. --------AL OTROSÍ 5.- se tiene presente, Traslado a la parte contraria.--------AL OTROSI 6.- se tiene presente.--------AL OTROSÍ 7.-Por señalado el domicilio procesal, sin perjuicio conforme lo dispuesto en el art. 314 parágrafo I de la Ley 603-Código de las Familias y del Proceso familiar se le informa que todas las notificaciones posteriores se le practicaran en secretaria del juzgado. Se tiene presente el correo electrónico y el número de celular.-------- FIRMA Y SELLA: DR. JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI – JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA 6º TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA DRA. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE – SECRETARIA – ABOGADA – JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 6º DE FAMILIA DE EL ALTO.------ MEMORIAL CURSANTE A FS. 55 Y VTA.---------SENOR (A) JUEZ (A) DEL JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEXTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO. --------NUREJ N° 204005538-------- INT. 228/22--------SOLICITO NOTIFICACIÓN POR--------EDICTOS AL DEMANDADO--------JESSICA PETRONA CHINO QUISPE, de generales de ley ya conocidas dentro de la demanda de Asistencia Familiar contra JOSE LUIS FLORES ROJAS, caratulado CHINO / FLORES ante su probidad con el debido respeto digo y pido.--------Señor juez; su autoridad mediante decreto de 23 de Agosto de 2019, mediante el cual se pone en conocimiento para la notificación al señor EDGAR GERVACIO TARQUI SIRPA, como es de su conocimiento la parte actora gestiono los correspondientes oficios para el SEGIP Y SERECI, dichas instituciones ya remitieron sus respectivos informes, donde señala como último domicilio en el departamento de Santa Cruz, ubicado en la B/ LOS SAUCES C/C FRENTE AG. CARLITOS, por lo que habiéndose cumplido con las formalidades de ley notificándose a en el domicilio mencionado, NO se pudo encontrar en el domicilio al padre de mi hijo, para que se responsabilice de los gastos emergentes en los cuales incurren nuestro hijo, siendo que desconozco su domicilio real actual del demandado, por tal motivo solicito a su autoridad se proceda a la notificación por EDICTOS previamente señale día y hora de juramento de desconocimiento de domicilio del demandado, conforme el art. 308 parágrafo 1 de la Ley N° 603 y sea con las formalidades de ley.--------OTROSI 1ro. -En amparo de artículo 24 de la C.P.E Solicito coplas simples y legalizadas de todo lo obrado.-------- OTROSI 2do. -Señalo domicillo procesal entre Av. Satélite Av. Franco Valle N° 421, Edificio "ELYMAR", of. 02, planta baja. Correo blanca07arlinda@gmail.com con número de celular 77725033.--------"QUOD NIMIS PROBAT”-------- EL Alto, 18 de abril de 2023.-------- FIRMA Y SELLA: DRA. BIANCA MENDOZA CALLE -------FIRMA: JESSICA PETRONA CHINO QUISPE C. 4330276 L.P.-------- DECRETO CURSANTE A FS.56 DE OBRADOS---------El Alto a 19 de abril de 2023--------VISTOS: Se tiene presente lo manifestado, evidenciándose por representación de la oficial de diligencias cursante a 49 que no pudo ser habido el domicilio del demandado, en la dirección que certifica SERECI a fs. 15 y SEGIP a fs. 7. se dispone que por secretaria de juzgado se proceda al juramento de desconocimiento de domicilio previo a la publicación por edictos.--------AL OTROSÍ 1.- Por secretaria del juzgado extiéndase fotocopias simples sea con nota de entrega y fotocopias legalizadas previas formalidades de ley. --------AL OTROSÍ 2.-Por señalado número de celular y correo electrónico, sin perjuicio de practicarse las notificaciones conforme la dispone el Art. 314 de la ley 603. Se tiene presente el correo electrónico y el número de celular.-------- FIRMA Y SELLA: DR. JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI – JUEZ PÚBLICO DE FAMILIA 6º TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA EL ALTO – LA PAZ – BOLIVIA ---- FIRMA Y SELLA DRA. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE – SECRETARIA – ABOGADA – JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 6º DE FAMILIA DE EL ALTO.------ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO CURSANTE A FS. 58 DE OBRADOS--------ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOCIMILIO --------En la ciudad de El Alto, a horas 15:13 p.m. del dia 28 de abril de 2023 el Personal del JUZGADO PUBLICO DE FAMILIA SEXTO DE LA CIUDAD DE EL ALTO compuesto por el Dr. Juez JOSE LUIS HIDALGO GUARACHI y la suscrita Secretaria Abogada Dra. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE, se hizo presente la persona que responde al nombre de JESSICA PETRONA CHINO QUISPE C.I. 4330276 L.P., mayor de edad y hábil por derecho, de ocupación labores de casa con dominio Urb. Mapaizo quien previo juramento de ley dijo:--------"JURO DESCONCER EL DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDADA JOSE LUIS FLORES ROJAS".--------Con lo que terminó el acto, leída que le fue persistió en su tenor, firmando en constancia:-------- FIRMA Y SELLA DRA. JESSICA JENNY MARTINEZ AGUIRRE – SECRETARIA – ABOGADA – JUZGADO PÚBLICO DE FAMILIA 6º DE FAMILIA DE EL ALTO---------- FIRMA: JESSICA PETRONA CHINO QUISPE C. 4330276 L.P.


Volver |  Reporte