EDICTO

Ciudad: SUCRE

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO No. 136/2023 EL Dr. FARID NASSAR DONOSO JUEZ DE SENTENCIA No. 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL. Sucre-Bolivia MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: a las ACUSADAS MARTHA ROJAS LOPEZ Y MARILU MOLINA GARCIA, que se ha dictado los siguientes actuados, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO a instancia de MONICA NAVA MORALES, contra MARTHA ROJAS LOPEZ Y MARILU MOLINA GARCIA por la presunta comisión del delito de HURTO, previsto en el código penal, signado con NUREJ: 201504971 se dictó las siguientes piezas procesal, cuyo contenido literal es el siguiente.------ SEÑOR JUEZ DE SENTENCIA No. 2 EN LO PENAL DE LA CAPITAL La suscrita auxiliar del Juzgado a su digno cargo, dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO a denuncia de MONICA NAVA MORALES contra MARTHA ROJAS LOPEZ Y MARILU MOLINA GARCIA por la presunta comisión del ilícito de HURTO previsto sancionado por el artículo 326 del CP, de oficio tengo a bien: INFORMAR 1°. Que, de la revisión del caso de autos, se señaló audiencia pública de juicio para fecha martes 09 de mayo del 2023 a horas 10:00; audiencia de juicio que no pudo ser desarrollada debido a que el Juez titular de la causa se encuentra impedido de momento, tomando en cuenta además que el Juez en suplencia legal tenía audiencias programadas con anterioridad en el mismo día y hora. De la misma forma los otros Jueces para la suplencia, se encontraban con audiencias o actuados procesales señalados de forma anterior para la fecha indicada. 2°. Que, en virtud al principio de celeridad y a efectos de dar continuidad al presente proceso es necesaria un nuevo señalamiento de audiencia conforme a la agenda de este despacho judicial. El informe que antecede, ingresa en la fecha para fines consiguientes. Sucre, 09 de mayo del 2023 De oficio ingresa a despacho el día nueve de mayo del año dos mil veintitrés. Certifico. Sucre, 09 de mayo del 2023. En atención al Informe que antecede, siendo evidente los extremos señalados, se dispone la realización de los siguientes actuados procesales: 1°. Se señala audiencia de Juicio para el día jueves 13 de julio del 2023 a horas 09:00. 2°. Señalamiento que se realiza para esa oportunidad, con la permisión del Art. 130 del CPP, el cual indica, que, en casos de fuerza mayor, se pueden suspender plazos; ese hecho en autos, se encuentra acreditado con el rol de audiencias de juicio que permite establecer, que por la carga procesal no puede señalarse audiencia para una fecha anterior. 3°. Actuado procesal que se llevará a cabo a través de la plataforma virtual Sistema CISCO WEBEX (https://ojpenal.webex.com/meet/ch-jspe2), debiendo la Oficina Gestora de Turno, encargarse de la presencia de todos los sujetos procesales y su notificación con el presente proveído. 4°. Las partes deben prever su presencia en el sistema 15 minutos antes de la hora señalada para evitar dilaciones innecesarias; asimismo, deben digitalizar toda la prueba que van a presentar en esa oportunidad y durante todo el juicio. 5°. La Coordinadora de la OGP, debe mandar los links respectivos para que las partes comparezcan a la audiencia referida. FDO.------------JUEZ----------------FDO.---------------SECRETARIO. -------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS NUEVE DIAS DEL MES MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES--XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX D. S. O.


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