EDICTO
Ciudad: VILLAMONTES
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA ANTICORRUPCIÓN, VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y JUEZ TÉCNICO 1RO VILLAMONTES
EDICTO-REBELDIA
JUZGADO DE SENTENCIA, ANTICORRUPCION, VIOLENCIA CONTRA DE LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE VILLA MONTES
JUEZ: Dr. Jorge Adhemar Alcoba Ossio
SECRETARIO: Aldo Yucra Reyna
PROCESO: Violencia Familiar o Domestica
SIGUE: Ministerio Público
CONTRA: JORDI PAUL ESCOBAR MARTINEZ
NUREJ: 6V092816
OBJETO: Se Notifica al acusado JORDI PAUL ESCOBAR MARTINEZ, con Auto Interlocutorio N° 97/2023 de 05/05/2023, por el presente edicto, ante el desconocimiento de su domicilio real o procesal, dentro del Proceso Penal que sigue el MINISTERIO PÚBLICO en contra de JORDI PAUL ESCOBAR MARTINEZ por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FAMILIAR O DOMESTICA
• La parte pertinente al Auto Interlocutorio N° 97/2023 de 05/05/2023.
AUTO INTERLOCUTORIO N° 97/2023
Villamontes 05 de mayo de 2023
VISTOS: Radicatoria del proceso, Auto de Apertura de juicio, y demás antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO: Que habiendo esperado un tiempo prudente; y la audiencia de juicio oral programada para el día de hoy 05 de mayo de 2023 a horas 08:00 AM., no se ha hecho presente el acusado mismo que se encontraba notificado por sistema de edictos publicados en el sistema Hermes en fecha 28/03/2023 y posteriormente publicados en el sistema JL1 del Ministerio Público en fecha 31/03/2023 conforme se tiene constancia de la documental presentada en audiencia por el Ministerio Publico; aspecto que confirma que el acusado tenía conocimiento de la audiencia a llevarse el día de hoy; y no habiendo justificado su incomparecencia, ante la evidente reticencia y la actitud asumida de no someterse al proceso, demostrando con su voluntad de no acudir ni concurrir a la audiencia de juicio oral desobedeciendo a la convocatoria realizada a la que estaba obligado a concurrir y por no justificar corresponde en cumplimiento de lo prescrito en el Art. 87 y siguientes del CPP., resolverse lo siguiente.
POR TANTO: El juzgado de Sentencia primero de la Ciudad de Villamontes en aplicación de lo prescrito en el art. 87 inc. 1) concordante con lo que le confiriere el art. 89, ambos del CPP, Resuelve declarar REBELDE al imputado: Jordi Paul Escobar Martínez con C.l. 10648130 Tja., disponiéndose al efecto:
1).- El arraigo y la publicación de la presente resolución para su búsqueda y aprehensión, para cuyo efecto en el día deberá librarse los mandamientos de arraigo y aprehensión y entregarse al Ministerio Publico para que se haga cargo de su diligenciamiento.
2).- La anotación preventiva de todos los bienes del acusado, en los registros públicos, dirección nacional de DDRR y Dirección de Tránsito, librándose para el efecto las ejecutoriales de ley.
3).- La ejecución de la fianza económica en el caso que haya sido prestada.
4).- La conservación de las actuaciones y de los instrumentos o piezas de convicción.
5).- Se designa como abogado defensor de oficio, del imputado Jordi Paul Escobar Martínez, a la Dra. Elizabeth Soliz, Dr. Limber Padilla Gareca y Dr. Ivan López Limón de manera alternativa.
6).- La suspensión de los trámites para el juicio en relación a los acusados, conforme al art. 90 del CPP.
7).- Se declara formalmente interrumpido los plazos de la prescripción.
Por Secretaría, elabórese y fracciónese en el día el formato de edicto y entréguese al Ministerio Publico para que se haga cargo de su publicación en su sistema virtual y una vez publicada remita a este juzgado en el menor tiempo, de igual forma publíquese en el sistema Hermes del Órgano Judicial.
Ejecutoria la presente resolución, remítase copia legalizada a la Dirección del REJAP para su registro de ley, con conocimiento de las partes. - Con lo que concluye la presente audiencia, firmando en constancia el Sr. Juez y el suscrito secretario, quien firma y certifica. -
FIRMADO Y SELLADO POR EL DR. JORGE ADHEMAR ALCOBA OSSIO, JUEZ DE SENTENCIA, ANTICORRUPCION, VIOLENCIA CONTRA DE LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE VILLA MONTES, ANTE MI ALDO YUCRA REYNA SECRETARIO DEL JUZGADO DE SENTENCIA, ANTICORRUPCION, VIOLENCIA CONTRA DE LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE VILLA MONTES, EL PRESENTE EDICTO ES FRACCIONADO A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE 2023.
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