EDICTO

Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Juzgado: SALA PENAL PRIMERA


EDICTO DE PRENSA PARA LA PARTE CIVIL: CARLA MARIA BALCAZAR VACA. LA DRA. GLADYS ALBA FRANCO Y EL DR. EVER ALVAREZ ORELLANA VOCALES DE LA SALA PENAL PRIMERA: Qué, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra FRANCISCO MARTÍNEZ MATÍAS por el delito de violación infante, niño, niña o adolescente con el Nurej: 201504705. Se notifica con el siguiente actuado judicial, cuyo tenor principal es el siguiente: TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA SALA PENAL PRIMERA Santa Cruz, 04 de noviembre de 2022. INTEGRANTES: Gladys Alba Franco- Presidente. Ever Alvarez Orellana- Vocal. PROCESO PENAL: NUREJ 201504705, seguido por el Ministerio Público, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y Carla María Balcázar Vaca contra Francisco Martínez Matías por el supuesto delito de violación infante niño, niña o adolescente. FISCAL: Dr. Jorge Fernández Tardío. VICTIMA: A.L.B.V. (12 años de edad) DEFENSOR: Dr. Cesar Gabriel Ulloa Cossío. POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, Administrando Justicia a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia, en atención a los fundamentos legales expuestos, en aplicación del art. 413 del código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE e IMPROCEDENTE la apelación restringida interpuesta por el acusado FRANCISCO MARÍNEZ MATÍAS por el memorial de fs. 848 a 862 contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal 11°de Sentencia en lo Penal de la capital a fs. 833 a 844. Asimismo, se declara ADMISIBLE e IMPROCEDENTE la apelación incidental contra el incidente de nulidad de acusación formal, el incidente de exclusión probatoria y la adhesión de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia a la acusación fiscal. Se advierte a las partes que tienen el término de cinco días para interponer el recurso de casación contra el presente fallo judicial, conforme lo manda el art. 417 del Código de Procedimiento Penal. Vocal Relator: Msc. Ever Alvarez Orellana. Regístrese y notifíquese.


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