EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA SEXTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


Para: IVETH MEDRANO JIMÉNEZ LA DRA. MARY C. MORALES FERNANDEZ JUEZ DE SENTENCIA PENAL N° 6 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA: ------------------------------------------------------------------------ Por el presente EDICTO DE LEY, se notifica a la señora: Iveth Medrano Jiménez conforme al Artículo 165 del Código de Procedimiento Penal, dentro del proceso penal por el delito de: ESTAFA, seguido por el MINISTERIO PUBLICO en contra de: Iveth Medrano Jiménez, para que la acusada tengan conocimiento, se apersonen a la causa, asuma defensa, a cuyo efecto se transcribe los siguientes actuados de Ley.- ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL.- LUGAR: JUZGADO DE SENTENCIA PENAL N°6.- SEÑORA JUEZ: Se tiene presente la solicitud del Ministerio Público, que de antecedentes se tiene que las partes han sido debidamente notificadas así como la parte víctima, así como el Dr. Brayan Condori Mita abogado de las víctimas, y también ha sido notificado mediante la publicación de Edicto la acusada Iveth Medrano Jiménez, la misma conforme ha referido la señorita secretaria Edicto de fecha 20 de enero de 2023 hasta el presente han trascurrido varios días aproximadamente un mes y no se ha aproximado y para la presente audiencia no ha presentado ningún justificativo respecto a su inconcurrencia, en ese merito conforme lo solicitado por la autoridad fiscal debe aplicarse lo previsto en los Art. 87 Y 89 del Código de Procedimiento Penal. CONSIGUIENTEMENTE LA SUSCRITA JUEZ DE SENTENCIA PENAL N°6 PROCEDIÓ A DICTAR AUTO INTERLOCUTORIO DE FECHA 15 DE FEBRERO DE 2023.- AUTO INTERLOCUTORIO N° 28/2023.- Oruro, 15 de febrero de 2023.- VISTOS: La solicitud del representante del Misterio Publico de declaratoria de rebeldía en contra de la acusada Iveth Medrano Jiménez, lo requerido por el Ministerio Publico y los antecedentes.-CONSIDERANDO I: Que para la presente audiencia mediante el Auto de Apertura de Juicio Oral, de fecha 13 de enero de 2023 donde se señala audiencia de Juicio Oral para el día miércoles 15 de febrero de 2023 a horas 11:00 am empero al haber sido notificada la parte acusada mediante la publicación de edictos la misma tiene conocimiento pleno del presente actuado procesal cual es la audiencia de Juicio Oral, al no haber comparecido a la presente audiencia conforme establece el Art. 87 núm. 1que señala “Cuando no comparezca sin causa justificada a una citación de conformidad previsto por este Código podrá ser declarado rebelde” .-POR TANTO: Se declara la REBELDIA de la acusada y se dispone las siguientes medidas: 1) Se dispone el Arraigo y la publicación de sus datos y señas personales mediante comunicación para su búsqueda y aprehensión. 2) La conservación de las actuaciones e instrumentos o piezas de convicción. 3) Se dispone expedir Mandamiento de Aprehensión en contra de la acusada Iveth Medrano Jiménez con habilitación expresa de días y horas hábiles, sea para todo el Estado Plurinacional de Bolivia. 4) La designación de un defensor de oficio, en este caso se designa al Dr. Gustavo Huarachi o en su mérito se proceda a la notificación de la Dirección de Defensa Publica a objeto de que pueda designar a un defensor de oficio para que este pueda representarla con todos los derechos, poderes y facultades reconocidas por la Constitución Política del Estado. 5) Se dispone la notificación a REJAP 6) Se dispone la notificación a migraciones a objeto de que la presunta acusada no pueda salir del país. Asimismo, se dispone la interrupción del plazo de la extinción de la acción penal. Consiguientemente la presente audiencia se suspende simple y llanamente y expídase conforme lo solicitado por la autoridad fiscal el Mandamiento de Aprehensión sea a 3 ejemplares, se suspende el presente actuado judicial. REGISTRESE.- EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRES AÑOS.-----------------------------------------------------------------------


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