EDICTO
Ciudad: SUCRE
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
JUZGADO DE SENTENCIA Nº 1
EN LO PENAL DE LA CAPITAL
SUCRE-BOLIVIA
Edicto Nº 258/2023
EL DOCTOR LUIS BENJAMIN ROJAS LATORRE JUEZ DE SENTENCIA Nº 1 EN LO PENAL DE LA CAPITAL
Sucre – Bolivia
MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO HACE SABER: A LOS ACUSADOS JORGE EDUARDO PATTI CRUZ Y MARGA PATY FERNANDEZ que dentro del proceso penal que sigue EL MINISTERIO PUBLICO a denuncia de JESSICA ROMERO CUBA en contra JORGE EDUARDO PATTY CRUZ Y MARGA PATTY FERNANDEZ por la comisión del delito HURTO previsto y sancionado por el Código Penal, signado con NUREJ: 101102012102977 en aplicación del Art.165 del C.P.P, se ha dispuesto que se notifique con INFORME DE FECHA DE 27 DE ABRIL DE 2023, 3 DE MATO DE 2023.
a cuyo fin adjunto la siguiente pieza procesal cuyo contenido y tenor es
el siguiente --------------------------------------------------------------------------------------
INFORME DE FECHA DE 27 DE ABRIL DE 2023, 3 DE MATO DE 2023.
Señor:
Abg. Luis Benjamin Rojas
Juez de Sentencia Penal N1
del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca Presente. -
Ref. "REMITE"
De mi mayor consideración:
En cumplimiento a decreto de fecha 27 de abril de 2023 emitido por el Juez del Juzgado Ejecución Penal devuelvo a su autoridad solicitud, decreto y acusación formal acerca de los imputados JORGE EDUARDO PATTI CRUZ Y MARGA PATY FERNANDEZ. Para proceder lo que en derecho corresponda. (Adjunto decreto).
Con este particular motivo saludo a usted con las consideraciones más distinguidas.
Atentamente:
A, 3 de mayo de 2023
Dada la falta de cooperación del juzgado de ejecución penal de la capital, dese cumplimiento a lo dispuesto en la providencia de 24 de abril de 2023, oficiándose al juzgado de ejecución penal de turno del distrito judicial de Cochabamba, para cuyo fin líbrese el correspondiente exhorto.-
FDO. JUEZ LUIS BENJAMÍN ROJAS LATORRE……………………..……...
FDO. SECRETARIA - ABOGADA – MARIA S. GORENA CAMACHO…...…
EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE SUCRE, CAPITAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES……………………………………………………………………………
D.
S.
O.
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