EDICTO

Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA DÉCIMO SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


JUZGADO 12AVO DE SENTENCIA PENAL DE LA CAPITAL EDICTO JUDICIAL PARA: RAUL FRANK MONTAÑO IRIARTE QUERELLANTE: MINISTERIO PUBLICO QUERELLADO: RAUL FRANK MONTAÑO IRIRARTE Y RUDY BEJARANO ROMAN DELITO : ROBO AGRAVADO NUREJ 201135409 EXP. 492/22 %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%% Exp. 492/22 Santa Cruz de la Sierra, 04 de octubre del 2022. VISTOS.- Habiendo sido recepcionado el expediente con NUREJ 201135409 y que fue remitido por el Tribunal 2° de Sentencia de la Capital, correspondiente a la Acusación Formal presentada por el MINISTERIO PÚBLICO contra RAUL FRANK MONTAÑO IRIARTE y RUDY BEJARANO ROMAN (SENT), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previstos y sancionados por el art. 332 del Código Penal. CONSIDERANDO: Que, realizado los actos conclusivos y los actos preparatorios de juicio en aplicación de los Arts. 323, 325-I y art. 340 del Código de Procedimiento Penal, corresponde atender la presente causa. PARTE RESOLUTIVA. - La suscrita Juez de Sentencia Penal 12º de la Capital, sin entrar en consideraciones de orden legal en aplicación del art. 53 del Código de Procedimiento Penal, RADICA LA CAUSA y se tiene presente la REBELDÍA contra el imputado RAUL FRANK MONTAÑO IRIARTE. - De conformidad a lo establecido en el Art. 160 de la Ley 1173, siendo al presente otra instancia procesal, las partes quedan obligadas en su primera intervención en el proceso señalar su domicilio real con mención de los datos ciertos e inequívocos que posibiliten su ubicación, domicilio procesal y correspondiente buzón judicial de ciudadanía digital. - Asimismo, notifíquese al imputado RAUL FRANK MONTAÑO IRIARTE a efecto de que tengan conocimiento de la presente resolución de radicatoria y sea mediante edicto de prensa publicado en el portal del Tribunal Supremo de Justicia, a efecto que asuma defensa. Asimismo notifíquese al Ministerio Público a efectos de que tenga conocimiento de la presente resolución y en aplicación del art. 338 del CPP, se designa nuevo abogado defensor de oficio al Dr. Miguel Ángel Flores Avendaño, con número de celular 72672482, para que asista al imputado conforme lo establece el art. 89 numeral 5 de la normativa que rige la materia.- - De igual forma, se ordena a la señora secretaria que extienda mandamiento de arraigo y aprensión actualizada y remítase los mismos al Fiscal Asignado al caso para su ejecución. Regístrese y archívese copia.- AUTO 258/22


Volver |  Reporte