EDICTO

Ciudad: LA PAZ

Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN SEXTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


EDICTO &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&HACE SABER A: SERGIO CARLOS ORELLANA CENTELLAS Y ADHEMAR JORGE TERÁN MENDOZA (imputados) que dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PÚBLICO contra ARTURO CARLOS MURILLO PRIJIC Y OTROS por los supuestos delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS ART. 141 quater Y TENENCIA, PORTE O PORTACIÓN Y USO DE ARMAS NO CONVENCIONALES ART. 141 BIS EN CALIDAD DE AUTORES ART. 154 DEL CÓDIGO PENAL, con CÓDIGO ÚNICO: 201102012105246 se ha dispuesto lo que a continuación se transcribe------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ----------------------------Memorial de fecha 14 de abril de 2023--------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& SEÑOR(A) JUEZ SEXTO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR DE LA CIUDAD DE LA PAZ CASO 201102012105246 SOLICITA QUE EN LA BREVEDAD POSIBLE SE SEÑALE FECHA Y HORA DE AUDIENCIA DE MEDIDAS CAUTELARES DE IVÁN PATRICIO INCHAUSTE RIOJA, SERGIO CARLOS ORELLANA CENTELLAS, ADHEMAR JORGE TERÁN MENDOZA. OTROSÍ. - DOMICILIO DR. BLADIMIR BOLÍVAR ALVARADO, Fiscal de Materia asignado a la Fiscalía Especializada en Delitos de Anticorrupción, dentro de la investigación penal que ejerce el Ministerio Publico a instancias del MINISTERIO DE GOBIERNO contra ARTURO CARLOS MURILLO PROJIC Y OTROS, por la presunta comisión del delito de TENENCIA, PORTE O PORTACIÓN Y USO DE ARMAS NO CONVENCIONALES Y OTROS DEL CÓDIGO PENAL, previsto y sancionado por el Art. 141 Bis, presentándome ante su autoridad, con respeto expongo y pido: Señor Juez, en el presente caso el Ministerio Público, ha formulado Imputación Formal contra IVÁN PATRICIO INCHAUSTE RIOJA, SERGIO CARLOS ORELLANA CENTELLAS, ADHEMAR JORGE TERÁN MENDOZA, de quienes solicita la extrema medida de Detención Preventiva, en ese devenir considerando el tiempo en el cual se ha formulado el Requerimiento de Imputación Formal, al presente no contamos con señalamiento de audiencia para considerar dicha medida, por ende, el Ministerio Público solicita: 1. Se señale día y hora para la celebración de la audiencia de Medidas Cautelares (Detención Preventiva) del co-imputado IVAN PATRICIO INCHAUSTE RIOJA, a quien deberá notificársele con la Imputación Formal y sea en la brevedad posible, en el Centro Penitenciario de San Pedro, lugar donde guarda Detención Preventiva por el Caso Senkata y Sacaba. 2. Se notifique en la brevedad posible mediante edictos a los co- imputados SERGIO CARLOS ORELLANA CENTELLAS, ADHEMAR JORGE TERAN MENDOZA, tal cual lo previene el Art. 165 del CPP, con Imputación Formal y señalamiento de Audiencia de Medidas Cautelares. Toda esta solicitud EN VIRTUD A QUE EN EL CASO PRESENTE SE CUENTA CON INVESTIGADOS QUE GUARDAN DETENCIÓN PREVENTIVA, DE UN CASO EN EL CUAL SE DETERMINA OBJETIVAMENTE LA COMPLEJIDAD, DEL TIEMPO TRANSCURRIDO DESDE EL INICIO DE INVESTIGACIÓN Y SOBRE TODO CON LA FINALIDAD DE EMITIR UN REQUERIMIENTO CONCLUSIVO EN EL CASO EN PARTICULAR. OTROSÍ 1.- Al amparo del sagrado Derecho de Petición consagrado en el Art. 24 Constitucional, SOLICITO SE ME EXTIENDA DOBLE EJEMPLAR DEL AUTO DE DECLARATORIA DE REBELDÍA DE LOS CIUDADANOS ARTURO CARLOS MURILLO PRIJIC, LUIS FERNANDO LOPEZ JULIO y ROXANA LIZARRAGA VERA. OTROSÍ 2.- Señalo como domicilio, procesal el ubicado en la Fiscalía Departamental de La Paz, Calle Potosí N° 944 piso 4, Celular 73474046. LA PAZ, 14 DE ABRIL DEL 2023 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------- Bladimir Bolívar Alvarado------------------------------------------------------------------------------------------FISCAL DE MATERIA -----------------------------------------------------------------------------------------------FISCALÍA DEPARTAMENTAL DE LA PAZ------------------------------------------------------------------------------- La Paz – Bolivia--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& -------------------------------------Acta de fecha 28 de abril de 2023---------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& JUZGADO SEXTO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL ACTA DE AUDIENCIA DE CONSIDERACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES AUDIENCIA VIRTUAL (SUSPENDIDA) En la ciudad de La Paz, a horas 10:30 a.m., del día viernes 28 de abril de 2023, el personal del Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal de la ciudad de La Paz, a cargo del Dr. Douglas Cecil Borda Montaño, asistido por el Secretario – Abogado Dr. Rubén Osvaldo Mamani Condori se constituyeron en AUDIENCIA DE CONSIDERACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES; dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra MURILLO PRIJIC ARTURO CARLOS Y OTROS por el delito de TRAFICO ILÍCITO DE ARMAS Y OTROS. SEÑOR JUEZ: Buenas días a las partes presentes en sala de forma presencial, por secretaria infórmese sobre la legalidad de las notificaciones y la presencia de las partes. SECRETARIO: La palabra Sr. Juez informa a su autoridad para la presente audiencia de medidas cautelares, se ha procedido a notificar a las partes procesales, asimismo en sala virtual Se encuentra presente: CISCO WEBEX • PRESENTE. – El Fiscal de materia, Dr. Bladimir Bolívar Alvarado • PRESENTE. – Las Victimas, carteras de estado. - MINISTERIO DE GOBIERNO, asistido por el Dr. Crhistian Quisbert Espinoza. - MINISTERIO DE DEFENSA, asistido por el Dr. Víctor Rubín de Celis - PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO, asistido por el Dr. Hugo Zapana Aruquipa. • PRESENTE. - La parte imputada, IVAN PATRICIO INCHAUSTE RIOJA asistido por el Dr. Luis Osvaldo Rojas Soto. • AUSENTE. - Los imputados, SERGIO CARLOS ORELLANA CENTELLAS Y ADEMAR JORGE TERÁN MENDOZA, Asimismo, informar a su autoridad que se ha presentado un memorial en fecha 28 de abril de 2023 a horas 10:24 a.m., por el imputado adjuntando documentación para la presente audiencia, es cuento informo señor Juez. SEÑOR JUEZ. - Se tiene presente él informa evacuado por secretaria, tomando en cuenta se evidencia que uno de los imputados ha sido notificado y que esta presenta en sala a través de la plataforma y dos no han sido notificados, porque ya no se ha podido cumplir con el horario, antes de disponer lo que en derecho corresponde, si es que alguna de las partes tiene algo que referir solicite la palabra. PROCURADURÍA GENERAL DE ESTADO. - La palabra señor Juez. SEÑOR JUEZ. - Tiene la palabra. PROCURADURÍA GENERAL DE ESTADO. - Muchas gracias señor Magistrado, habiendo el informe vertido por secretaria a vuestro Juzgado vamos a solicitar que amplié en mismo, toda vez se tendría bajo antecedentes dos imputaciones formales y tras la solicitud del representante del Ministerio Publico en la presente audiencia se debería considerar las medidas cautelares del ahora imputado que se encuentra presente Ivan Inchauste y también del imputado Orellana Centellas y de Ademar Teran, sin embargo hemos solicitado que se notifique a los coimputados Orellana Centellas y Ademar Teran por Editos, toda vez que los mismos no habrían comparecido ante la autoridad Fiscal y se desconocería su paradero en ese entendido señor Magistrado vamos a solicitar se amplié ese extremo, porque medios se ha notificado a estos dos coimputados, muchas gracias. SEÑOR JUEZ. - Señor Secretario informe por favor SECRETARIO. - La palabra señor Juez, en relación a la notificación a Sergio Carlos Orellana Centellas y Ademar Jorge Terán Mendoza, las mimas no se han cumplido toda vez que habiendo fallas en el sistema HERMES, no se ha podido publicar estos edictos para la audiencia de medidas cautelares, razón por la cual no se ha cumplido con estas diligencias, es cuanto informo señor Juez. PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO. - Previamente la palabra señor Juez. SEÑOR JUEZ. - Tiene la palabra. PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO .- Muchas Gracias señor Juez, en el caso que nos ocupa ciertamente se ha señalado para considerar la medida cautelar en contra de Ivan Inchauste Rioja quien está presente su abogado, seguramente en breve vamos a llevar adelante, pero también a fin de procurar en el caso en particular se pueda llevar adelante las audiencias del señor Orellana Centellas y Ademar Teran a la conclusión de esta audiencia, gentilmente vamos a pedir que se señale nueva fecha y hora, en la cual se ordene por secretaria que se notifique con este señalamiento y con la imputación vía edictos a fin de evitar dilación en el presente caso que nos ocupa habiendo cuenta son las parte que están reclamando y ya se pueda definir un requerimiento conclusivo, muchas gracias. SEÑOR JUEZ .- Se tiene presente, se puede advertir que Inchauste Rioja como co-imputado en este caso está presente en esta sala, se le ha notificado, está presente su defensa, inclusive ha presentado un memorial acompañado de prueba para considerar en esta audiencia, se va a llevar adelante la audiencia de medidas cautelares para este ciudadano, para Orellana y Teran están declarados Rebeldes el mecanismo idóneo para poder cumplir las diligencias es el EDICTO, el señor Secretario deberá notificar mediante edictos, se va a señalar nuevo día y hora para considerar Medidas Cautelares para estos dos ciudadanos, se señala audiencia de MEDIDAS CAUTELARES para los imputados; SERGIO CARLOS ORELLANA CENTELLAS y ADEMAR JORGE TERÁN MENDOZA, para el día MIÉRCOLES 03 DE MAYO DE 2023 A HORAS 15:30 P.M., cumpla con las diligencias queda notificado todas las partes presentes en esta sala…………………………………………………………………………... https://ojpenallpz.webex.com/meet/lpz-jipenal6......................................................................... &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& FIRMA Y SELLA: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------Dr. Douglas Cecil Borda Montaño.------------------------------------------------------------------------------JUEZ SEXTO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL --------------------------------------------------------------TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA---------------------------------------------------------------------------LA PAZ-BOLIVIA.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------ABOG. Ruben O. Mamani Condori------------------------------------------------------------------------------SECRETARIO – ABOGADO--------------------------------------------------------------------------------------------JUZGADO 6TO. DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR-------------------------------------------------La Paz – Bolivia--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& El presente Edicto es librado a los dos días del mes de mayo de dos mil veintitrés años-&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&


Volver |  Reporte