EDICTO
Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Juzgado: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DÉCIMO SEXTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL (Villa 1ro. de mayo)
EDICTO JUDICIAL
PARA: ANDRES CAMBARA
(MEMORIAL DEL MINISTERIO PUBLICO DE FECHA 30/12/22 PROVIDENCIA Y SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA DE ANTICIPO DE CAMARA GESSELL)
LA DRA. ERIKA CALY BARRANCOS ROJAS, JUEZA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN PENAL DIECISEISAVO VILLA PRIMERO DE MAYO, HACE SABER AL IMPUTADO: ANDRES CAMBARA CON LA EXITENCIA DE MEMORIAL DEL MINISTERIO PUBLICO DE FECHA 30/12/22 PROVIDENCIA Y SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA DE ANTICIPO DE CAMARA GESSELL; DENTRO DEL PROCESO PENAL QUE SIGUE EL MINISTERIO PÚBLICO EN CONTRA DE ANDRES CAMBARA POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE VIOLACION, PROCESO CON CODIGO UNICO: 701102082201245 Y NO. DE CASO: FELCV-647/2022, por lo cual se transcriben las siguientes actuaciones procesales.
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SEÑORA JUEZ 16AVO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA VILLA PRIMERO DE MAYOL.-
SOLICITA ANTICIPO DE PRUEBA - CAMARA GESEL-
Otrosi. -
CASO FELCV-647/2022
FUD: 701102082201245
ABG. MARIOLY TORREZ JURADO Fiscal de Materia adscrito a la Fiscalía Especializada de Delitos en razón de género, Violencia Sexual y Trata y Trafico de la Villa 1ro de Mayo, dentro del proceso seguido por el Ministerio Publico a denuncia de YALILE ZAMBRANA AGUILERA siendo victima la menor de iniciales A.S.F.Z. (MENOR 13 AÑOS DE EDAD), en contra de ANDRES CAMBARA (EN LIBERTAD) por la presunta comisión del delito de VIOLACION previsto y sancionado en el art. 308 del Código Penal, ante su autoridad con el debido respeto digo e informo: --- ANTECEDENTES. --- Señora Juez, de los antecedentes cursantes en el cuademillo de investigación que han sido valorados a la fecha, se tiene un informe psicológico preliminar emitido por la Lic. Rita Alejandra Soto Vasquez en su condición de Psicóloga Dependiente de los Servicios Legales Integrales y Unidad de Victimas Especiales, refiere haber entrevistado de la Victima A.S.F.Z. (MENOR DE EDAD), en la cual ha vertido los hechos suscitados de manera clara y precisa, mismo que ha sido considerado conforme lo establece el artículo 193 inc. 3 de La Ley 548. --- Considerando que la presente investigación se encuentra en pleno desarrollo, en la cual las partes darán lugar a las diferentes diligencias de conformidad a lo establecido en el artículo 306 del Código de Procedimiento Penal, sin embargo también se debe considerar lo establecido en el artículo 393 octer parágrafo I de La 1173, refiere que: La Jueza, el juez o fiscal dispondrá que los testimonios o declaraciones que deba prestar la víctima, sean realizados por una sola vez y con carácter privado, con el auxilio de familiares o peritos especializados, utilizando medios especiales y tecnológicos apropiados para garantizar que la declaración sea válida en todas las etapas del proceso, en el marco del respecto a las condiciones inherentes al declarante o evitar su REVICTIMIZACION. --- Para lo cual es preciso tomar en cuenta lo establecido en el artículo 15, 60, 410 de la Constitución Política del Estado, y las Sentencias Constitucionales Conforme se tiene la SSCC 0394/2018-S2 Sucre, 3 de agosto de 2018 realiza un entendimiento, el peligro efectivo para la víctima o el denunciante debe ser materialmente verificable, lo que supone la existencia de elementos comprobables respecto a la situación concreta de las víctimas. Conforme a ello, en el marco de las normas internacionales e internas glosadas en el anterior Fundamento Jurídico III.1 y desde una perspectiva de género, en los casos de violencia contra las mujeres, corresponderá que la autoridad fiscal y judicial, considere la situación de vulnerabilidad o desventaja, en la que se encuentre la víctima o denunciante respecto al imputado; las características del delito, cuya autoría se atribuye al imputado; y, la conducta exteriorizada por éste, contra la víctima o denunciante, antes y con posterioridad a la comisión del delito, para determinar si la misma puso y pone en evidente riesgo de vulneración, los derechos, tanto de la víctima como del denunciante[14]. --- PETITORIO. --- Por todo lo expuesto y en aplicación del artículo 38 y 40 de la Ley 260, articulo 59, 61, 86 inc. 7, 11 de la Ley 348, articulo 1, 2, 3, 27, 28 de la Ley 458, con relación a la Ley de Protección de Denunciantes y Testigos, y articulo 72, 297, 307 del Código de Procedimiento Penal, con relación al artículo 15, 24, 60 y 410 de la Constitución Política del Estado, SOLICITO A SU AUTORIDAD SEÑALE AUDIENCIA PARA RECEPCIONAR LA RESPECTIVA DECLARACIÓN VICTIMA la menor de iniciales A.S.F.Z. (MENOR 13 AÑOS DE EDAD), en la respectiva CAMARA GESSEL, con el respectivo personal dependiente del IDIF, conforme a los protocolos de protección reforzada y previstas en los Estándares Jurisprudenciales Mas Altos, a efectos de que la misma sea insertada en el respectivo Juicio Oral Publico y Contradictorio cuando corresponda, de conformidad a lo establecido en el artículo 307 del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley 1173.--- Otrosí 1.- Por lo cual se le hace conocer a su autoridad que la Fiscalía Especializada En Delitos de Violencia Sexual y en Razón de Género, cuenta con las respectivas instalaciones de la CAMARA GESSEL al mando del Lic. Tito Vaca, ubicado en la Prolongación Campero N° 55, donde solicito se notifique al personal de turno respectivo y demás sujetos procesales conforme lo establece el artículo 12 del Código de Procedimiento Penal. --- Otrosí 2.- Señalo domicilio, la Oficina del Ministerio Público ubicado, ubicado en el Barrio La Moliendita - Comando Policial EPI-5. --- Otrosí 3.- A efectos de las notificaciones en el buzón electrónico de ciudadanía digital, prevista en el artículo 160 del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley 1173, señalo el correo electrónico mariolicita@hotmail.es. --- Santa Cruz de la Sierra 30 de septiembre del 2022. -----------------------------------------------------------------
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Santa Cruz, 31 de octubre del 2023 --- En atención al memorial que antecede el mismo se tiene presente, y se señala AUDIENCIA DE ANTICIPO DE PRUEBA EN CAMARA GESELL DE LA VICTIMA DE INICIALES A.S.F.Z. dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Publico en contra de ANDRES CAMBARA por el presunto delito de VIOLACION para el día LUNES 31 DE OCTUBRE DEL 2022 A HRS:14:00, audiencia que deberá realizara en la Fiscalía Especializada en Delitos de Razón de Género, Violencia Sexual, Trata y Trafico, ubicado en la Calle Prolongación Campero N° 55 piso 1ro. Por Secretaria notifíquese a los sujetos procesales, así mismo ofíciese al Coordinador encargado de la Cámara Gessell y al gobernador de Palmasola para que traslade al detenido ANDRES CAMBARA para dicha audiencia y sea bajo custodia policial quedando bajo su estricta responsabilidad. --- Otrosí 1.- Se tiene presente. --- Otrosí 2 y 3.- Se tiene por señalado. --- NOTIFIQUESE. --- Dra. Caly Erika Barrancos Rojas. - Juez. - Juzgado de Instrucción Penal 16 Villa 1ro de mayo. - Santa Cruz - Bolivia. --- --- Fdo.- Ilegible. - Dr. Elvis Gustavo Valverde Cortez. - Secretario. - Juzgado de Instrucción Penal 16 Villa 1ro de mayo. - Santa Cruz - Bolivia. -----------------
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ACTA DE SUSPENSIÓN DE AUDIENCIA DE ANTICIPÓ DE PRUEBA DE CAMARA GESSELL DENTRO DEL PROCESO PENAL QUE SIGUE EL M. P. CONTRA DEL IMPUTADO: ANDRES CAMBARA. --- En la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, provincia Andrés Ibáñez, a horas (14:00 p.m.) del día Lunes (31) de Octubre del año dos mil Veintidós, se reunió en el Juzgado 16avo. de Instrucción en lo Penal de la Villa 1° de Mayo, compuesto por la Sra. Juez Dra. CALY ERIKA BARRANCOS ROJAS y el suscrito secretario Dr. ELVIS GUSTAVO VALVERDE CORTEZ, a objeto de llevar a cabo la de AUDIENCIA DE ANTICIPO DE PRUEBA EN CAMARA GESSELL dentro del proceso que sigue el MINISTERIO PÚBLICO contra de ANDRES CAMBARA por la supuesta comisión del Delito de VIOLACION, proceso con NUREJ: 701102082201245. --- JUEZ. Informe el Secretario si las partes han sido debidamente notificadas y si se encuentran presentes en sala. --- SECRETARIO: Señora juez a objeto de celebrar la presente audiencia informo a su autoridad que se notificó a todos los sujetos procesales con excepción del imputado ANDRES CAMBARA toda vez que no cursa dato de su domicilio, como tampoco su número de teléfono, no encontrándose presente en sala ninguna de las partes, es todo en cuanto tengo a bien informar a su autoridad. --- JUEZ. Se tiene presente el informe del Señor secretario, toda vez de que no se han realizado las notificaciones a los sujetos procesales y consecuentemente al no encontrarse los mismos, imposibilita poder llevar a cabo el presente acto, motivo por el cual se suspende el mismo y se señala nueva fecha y hora de AUDIENCIA DE ANTICIPO DE PRUEBA EN CAMARA GESELL PARA EL DÍA VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DEL 2022 A HRS: 13:00 Audiencia que se desarrollara de manera Virtual para el imputado presencial para las demás partes en la Fiscalía Especializada en Delitos de Razón de Género, Violencia Sexual, Trata y Trafico, ubicado en la Calle Prolongación Campero N° 55 piso 1ro. Por Secretaria notifíquese a los sujetos procesales, así mismo ofíciese al Coordinador encargado de la Cámara Gessell para la habilitación de las instalaciones. --- Con lo que terminó el presente acto, firmando en constancia la Señora Juez conjuntamente con el suscrito secretario quien certifica. --- REGISTRESE. --- Dra. Caly Erika Barrancos Rojas. - Juez. - Juzgado de Instrucción Penal 16 Villa 1ro de mayo. - Santa Cruz - Bolivia. --- --- Fdo.- Ilegible. - Dr. Elvis Gustavo Valverde Cortez. - Secretario. - Juzgado de Instrucción Penal 16 Villa 1ro de mayo. - Santa Cruz - Bolivia. -----------------------------------------------------------------------------------
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ACTA DE SUSPENSIÓN DE AUDIENCIA DE ANTICIPÓ DE PRUEBA DE CAMARA GESSELL DENTRO DEL PROCESO PENAL QUE SIGUE EL M. P. CONTRA DEL IMPUTADO: ANDRES CAMBARA. --- En la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, provincia Andrés Ibáñez, a horas (13:00 p.m.) del día Viernes (18) de Noviembre del año dos mil Veintidós, se reunió en el Juzgado 16avo. de Instrucción en lo Penal de la Villa 1° de Mayo, compuesto por la Sra. Juez Dra. CALY ERIKA BARRANCOS ROJAS y el suscrito secretario Dr. ELVIS GUSTAVO VALVERDE CORTEZ, a objeto de llevar a cabo la de AUDIENCIA DE ANTICIPO DE PRUEBA EN CAMARA GESSELL dentro del proceso que sigue el MINISTERIO PÚBLICO contra de ANDRES CAMBARA por la supuesta comisión del Delito de VIOLACION, proceso con NUREJ: 701102082201245. --- JUEZ. Informe el Secretario si las partes han sido debidamente notificadas y si se encuentran presentes en sala. --- SECRETARIO: Señora juez a objeto de celebrar la presente audiencia informo a su autoridad que debido a la carga laboral toda vez de que este juzgado no cuenta con oficial de diligencia ni oficina gestora, como tampoco con auxiliar, no se pudo notificar a los sujetos procesales ni diligenciar los oficios a la cámara Gessell, no encontrándose presente en sala ninguna de las partes, es todo en cuanto tengo a bien informar a su autoridad. --- JUEZ. Se tiene presente el informe del Señor secretario, toda vez de que no se han realizado las notificaciones a los sujetos procesales y consecuentemente al no encontrarse los mismos, imposibilita poder llevar a cabo el presente acto, motivo por el cual se suspende el mismo y se señala nueva fecha y hora de AUDIENCIA DE ANTICIPO DE PRUEBA EN CAMARA GESELL PARA EL DÍA MIERCOLES 05 DE JULIO DEL 2023 A HRS: 15:00 Audiencia que se desarrollara de manera Virtual para el imputado presencial para las demás partes en la Fiscalía Especializada en Delitos de Razón de Género, Violencia Sexual, Trata y Trafico, ubicado en la Calle Prolongación Campero N° 55 piso 1ro. Por Secretaria notifíquese a los sujetos procesales, así mismo ofíciese al Coordinador encargado de la Cámara Gessell para la habilitación de las instalaciones y de conformidad al art 165 notifíquese por edicto judicial al imputado. --- Con lo que terminó el presente acto, firmando en constancia la Señora Juez conjuntamente con el suscrito secretario quien certifica. --- REGISTRESE. --- Dra. Caly Erika Barrancos Rojas. - Juez. - Juzgado de Instrucción Penal 16 Villa 1ro de mayo. - Santa Cruz - Bolivia. --- --- Fdo.- Ilegible. - Dr. Elvis Gustavo Valverde Cortez. - Secretario. - Juzgado de Instrucción Penal 16 Villa 1ro de mayo. - Santa Cruz - Bolivia. -----------------
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ES TODO CUANTO SE HACE SABER AL IMPUTADO: ANDRES CAMBARA, DE CONFORMIDAD AL ART. 165 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL SE NOTIFICA MEDIANTE EL PRESENTE PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY. --- SANTA CRUZ DE LA SIERRA, 17 DE MARZO DE 2023. ------------
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