EDICTO
Ciudad: SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA DÉCIMO SEGUNDO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
EDICTO JUDICIAL PARA MARIOLY ESPINOZA MANO E ISAIAS CUJUY RENGEL
JUZGADO 12 DE SENTENCIA DE LA CAPITAL
NUREJ: 70365604
EXP. 105/22
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Exp. 105/22
Santa Cruz de la Sierra, 16 de marzo de 2023
En atención al memorial que antecede y revisado que ha sido los antecedentes del proceso, se constató que la secretaria del juzgado al momento de transcribir el acta de audiencia de juicio oral y resolución de fecha 02 de marzo de 2.023, en la parte de argumentación fáctica y resolutiva de manera equivocada consigno como imputados a Félix Francisco Rojas siendo lo correcto Marioly Espinoza Mano e Isaías Cujuy Rengel conforme lo fundamentado y ordenado en la audiencia de juicio oral, en tal sentido de oficio la suscrita juzgadora en aplicación de lo dispuesto en el art. 168 del CPP, RECTIFICA EL ERROR consignado en la resolución de fecha 02 de marzo de 2.023, que los nombres correctos de los imputados son MARIOLY ESPINOZA MANO e ISAIAS CUJUY RENGEL, a quienes se los declara REBELDE.
En tal sentido se ordena a la señora secretaria que publique la presente resolución por el portal electrónico del TDJ.
En aplicación del art. 91 del CPP, se le impone al imputado ISAIAS CUJUY RENGEL la multa de Bs. 1.000 (Un mil 00/100 Bolivianos) por concepto de costas de rebeldía, a ser pagado en Plataforma de Atención al Usuario Externo de este Tribunal Departamental y sea en el plazo de 24 horas a partir de su legal notificación.
Por secretaria extiéndase fotocopia legalizada de la presente resolución para el pago de las costas de la rebeldía.
Al otrosí.- Por señalado el domicilio procesal, ciudadanía digital y medio alternativo de comunicación para futuras notificaciones.
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