EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE COCHABAMBA JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Nº 1 EDICTO Para: DANIEL ALEXANDER PEREDO IBARRA Dr.: José Luis Cáceres Orozco Juez de Sentencia Penal N° 1 Del Tribunal Departamental de Cochabamba Proceso: Acción penal publica Delito: Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal Seguido por: Ministerio Público. Contra: DANIEL ALEXANDER PEREDO IBARRA Por el presente edicto se notifica a DANIEL ALEXANDER PEREDO IBARRA, con Auto de Apertura de Juicio de fecha 03 de marzo de 2023, a fin de que asista a la audiencia de juicio oral de manera presencial, el día 21 de marzo de 2023 a horas 10:30 am.; a cuyo efecto se transcribe el actuado pertinente en el siguiente tenor:--- ------------------------------------------------------------------------------------------- ------------------AUTO DE FECHA 03 DE MARZO DE 2023-------------------------- AUTO DE APERTURA DE JUICIO------------------------------------------------------ A, 03 de marzo del 2023-------------------------------------------------------------------- VISTOS: La acusación formal presentada por la Dra. Gisela Camara Rodriguez, Fiscal de Materia, asignado a la fiscalía Especializada En los Delitos contra la integridad Personal, contra Daniel Alexander Peredo Ibarra, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal, los antecedentes del caso, y; --------------------------------------- CONSIDERANDO I: Por escrito de fecha 14 de marzo del 2022, la Dra. Gisela Camara Rodriguez, Fiscal de Materia, asignado a la fiscalía Especializada En los Delitos contra la integridad Personal, presenta acusación contra Daniel Alexander Peredo Ibarra, a quien le atribuye la comisión del delito de Lesiones Graves Y Leves previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal, argumentando que en fecha 21 de mayo de 2021, al promediar las 21:00 p.m. horas aprox., cuando se encontraba en el interior del cuarto donde vivía con su novia, domicilio que queda ubicado en la calle innominada de la zona de Villa Urkupiña, refiere el denunciante que no tiene nombres las calles, ni postes de luz, ni cámaras de seguridad por la zona, asimismo afirma que ese día estaba en su cuarto compartiendo bebidas alcohólicas y conversando con Daniel Alexander hermano de su pareja Maribel Peredo Ibarra, Daniel le dijo que su primo Álvaro le dijo que es un descarga fruta, de ahí vino a decirle que porque él (Hebersson) le había dicho a su prímo que él trabajaba como descarga frutas, él le dijo que en ningún momento le habría dicho eso, por lo que comenzó a agredirle sin razón alguna, con golpes de puño en el rostro, después agarro un cuchillo que estaba detrás de la puerta de su cuarto, con el que le apuñalo directamente en el abdomen izquierdo y le hizo una herida cortante de la nariz, se botó a su cama y se quedó inconsciente. Como respaldo probatorio de esa acusación, ofrece prueba testifical, documental. --------------------------------------------------------- Esa acusación, constituye la base y el objeto del juicio. -----------------------------------CONSIDERANDO II: En función del Art. 340 parágrafo III del Código de Procedimiento Penal, modificado por el Art. 8 de la Ley N° 586 de 30 de octubre de 2014 LEY DE DESCONGESTIONAMIENTO Y EFECTIVIZACION DEL SISTEMA PROCESAL PENAL, por providencia de fecha 06 de septiembre de 2023, se dispuso que la acusación fiscal, y las pruebas ofrecidas de cargo, se pongan en conocimiento del procesado, para que dentro los diez días siguientes a su notificación ofrezca y presente físicamente sus pruebas de descargo. Dentro el plazo legal establecido el procesado no ofreció prueba de descargo, en consecuencia, estando cumplidas las formalidades legales previstas, corresponde dictar Auto de Apertura de Juicio y señalar fecha de audiencia de Juicio Oral, conforme establece el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal. ----------------------------------------------- POR TANTO: El Juez de Sentencia Penal N° 1 del Tribunal Departamental de Justicia, en función de los Arts. 342 y 343 del Código de Procedimiento Penal, determina Apertura de Juicio penal contra DANIEL ALEXANDER PEREDO IBARRA, mayor de edad, hábil por Ley, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el Art. 271 del Código Penal; en consecuencia, se señala audiencia de juicio oral, de manera presencial, para el día 21 de marzo de 2023 a horas 10:30 am., señalamiento que se efectúa tomando en cuenta la imposibilidad humana y material de realizar un señalamiento más próximo, por la saturada agenda con la que cuenta el Juzgado con audiencias de juicio oral, juicios inmediatos, medidas cautelares, salidas alternativas, objeciones a la querella, conciliaciones y otros, que imposibilita un señalamiento más próximo, que imposibilita a dar cabal cumplimiento al plazo estipulado por el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal, lo que obliga a suspender plazos conforme el Art. 130 parte in fine del mismo cuerpo legal, debiendo las partes recabar los recaudos necesarios para la audiencia señalada. Asimismo se dispone que por secretaria se notifique de inmediato a las partes de manera personal y al imputado mediante edictos a través del sistema Hermes, se cite a los testigos para lo cual la parte acusadora deberá apersonarse con la debida anticipación a Secretaria a recabar los mandamientos de comparendo, cuyo incumplimiento no será admitido como causal de suspensión del juicio, asimismo notifíquese al responsable de la Oficina Gestora de Procesos, debiendo habilitar un ambiente con las medidas de bioseguridad necesarios para la participación de las partes, y se disponga toda otra medida necesaria para la organización y el desarrollo de la audiencia de conformidad a lo previsto por el Art. 343 de la norma Procesal aplicada. Finalmente se exhorta a las partes que deben asistir a la audiencia programada con la debida antelación de 10 minutos a la audiencia señalada bajo su responsabilidad. ------------------------------------------------- REGÍSTRESE. - Notifique funcionario. ---------------------------------------------------- Fdo. Dr. José Luis Cáceres Orozco, Juez de Sentencia Penal N°1 de la capital, Tribunal Departamental de Justicia, Cochabamba-Bolivia--------------------------------Fdo. Dr. Filemón Pedro Paco, Secretario-Abogado, Juzgado de Sentencia Penal N°1 de la Capital, Cochabamba-Bolivia----------------------------------------------------------- Cochabamba, 16 de marzo de 2023 D. S. O


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