EDICTO

Ciudad: COCHABAMBA

Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA PRIMERO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL


ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE COCHABAMBA JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Nº 1 EDICTO Para: ALEX RAMIRO LEON ROJAS Dr.: José Luis Cáceres Orozco Juez de Sentencia Penal N° 1 Del Tribunal Departamental de Cochabamba Proceso: Acción penal publica Delito: Violencia Familiar o Domestica, previsto y sancionado por el Art. 272 bis del Código Penal Seguido por: Ministerio Público. Contra: ALEX RAMIRO LEON ROJAS Por el presente edicto se notifica a ALEX RAMIRO LEON ROJAS, con Auto de Apertura de Juicio de fecha 23 de febrero de 2023, a fin de que asista a la audiencia de juicio oral de manera presencial, el día 21 de marzo de 2023 a horas 16:40 pm.; a cuyo efecto se transcribe el actuado pertinente en el siguiente tenor:---- ------------------------------------------------------------------------------------------ ------------------AUTO DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2023----------------------- AUTO DE APERTURA DE JUICIO------------------------------------------------------ A, 23 de febrero de 2023---------------------------------------------------------------------- VISTOS: La acusación formal presentada por la Dra. Naira Lujan Maranon, Fiscal de Materia asignada a la Fiscalía especializada en Violencia Sexual y Delitos en razón de Genero contra Alex Ramiro Leon Rojas, por la presunta comisión del delito de Violencia Familiar o Domestica, previsto y sancionado por el Art. 272 bis del Código Penal, las pruebas de cargo, las pruebas de descargo, los antecedentes del caso, y; -------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I: Por escrito de fecha 20 de noviembre de 2020, la Dra. Naira Lujan Maranon, Fiscal de Materia asignada a la Fiscalía especializada en Violencia Sexual y Delitos en razón de Genero, presenta acusación contra Alex Ramiro Leon Rojas, a quien le atribuye la comisión del delito de Violencia Familiar o Domestica, previsto y sancionado por el Art. Art. 272 bis del Código Penal, argumentando que María Leide Perez Coca mantiene una relación concubinaria con el Sr. Alex Ramiro León por 14 años, dentro la cual en algunas ocasiones en prenombrado ejerció violencia física en contra de la Sra. Maria Leide Perez, siendo el ultimo hecho el suscitado el día 28 de mayo de 2019 en su inmueble ubicado en Villa Jerusalen, al promediar las 08:00 am, el Sr. Alex León se encontraba en estado de ebriedad, y ella le reclamo por el auto, y directamente el empezó a insultarla y le dio una patada en los pies, su hija que se encontraba presente le pidió que le hiciera eso a su mamá y el Sr. Alex reacciona pretendiendo golpear a su hija pero la Sra. María Leide Perez le indica que no golpearía a su hija, tras lo cual el Sr. Alex retira de la habitación a su hija y empieza a agredir físicamente a la Sra. María Leide con golpes de puño en el rostro y cabeza ella se cayó y continuo golpeándola con patadas, y ella pudo salir de la habitación a la cocina. Como respaldo probatorio de esa acusación ofrece prueba documental y testifical de cargo. -------------------------------------------------------------- Esta acusación constituye la base del juicio oral. -------------------------------------------CONSIDERANDO II: En función del Art. 340 parágrafo III del Código de Procedimiento Penal, modificado por el Art. 8 de la Ley N° 586 de 30 de octubre de 2014 LEY DE DESCONGESTIONAMIENTO Y EFECTIVIZACION DEL SISTEMA PROCESAL PENAL, por providencia de fecha 16 de diciembre de 2022, se dispuso que la acusación fiscal y las pruebas ofrecidas de cargo, se pongan en conocimiento del procesado, para que dentro los diez días siguientes a su notificación ofrezca y presente físicamente sus pruebas de descargo. No ofreció prueba de descargo dentro el plazo previsto por el Art. 340-III; en consecuencia, estando cumplidas las formalidades legales previstas, corresponde dictar Auto de Apertura de Juicio y señalar fecha de audiencia de Juicio Oral, conforme establece el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal. -----------------------------------------------POR TANTO: El Juez de Sentencia Penal N° 1 del Tribunal Departamental de Justicia, en función de los Arts. 342 y 343 del Código de Procedimiento Penal, determina Apertura de Juicio penal contra ALEX RAMIRO LEON ROJAS, mayor de edad, hábil por Ley, por la presunta comisión del delito de Violencia Familiar o Domestica, previsto y sancionado por el Art. 272 bis del Código Penal; en consecuencia, se señala audiencia de juicio oral, de manera presencial, para el día 21 de marzo de 2023 a horas 16:40 pm., señalamiento que se efectúa tomando en cuenta la imposibilidad humana y material de realizar un señalamiento más próximo, por la saturada agenda con la que cuenta el Juzgado con audiencias de juicio oral, juicios inmediatos, medidas cautelares, salidas alternativas, objeciones a la querella, conciliaciones y otros, que imposibilita un señalamiento más próximo, que imposibilita a dar cabal cumplimiento al plazo estipulado por el Art. 343 del Código de Procedimiento Penal, lo que obliga a suspender plazos conforme el Art. 130 parte in fine del mismo cuerpo legal, debiendo las partes recabar los recaudos necesarios para la audiencia señalada. Asimismo se dispone que por secretaria se notifique de inmediato a las partes de manera personal y al imputado mediante edictos a través del sistema Hermes, se cite a los testigos para lo cual la parte acusadora deberá apersonarse con la debida anticipación a Secretaria a recabar los mandamientos de comparendo, cuyo incumplimiento no será admitido como causal de suspensión del juicio, asimismo notifíquese al responsable de la Oficina Gestora de Procesos, debiendo habilitar un ambiente con las medidas de bioseguridad necesarios para la participación de las partes, y se disponga toda otra medida necesaria para la organización y el desarrollo de la audiencia de conformidad a lo previsto por el Art. 343 de la norma Procesal aplicada. Finalmente se exhorta a las partes que deben asistir a la audiencia programada con la debida antelación de 10 minutos a la audiencia señalada bajo su responsabilidad. ---------------------------------REGÍSTRESE. - Notifique funcionario. ---------------------------------------------------- Fdo. Dr. José Luis Cáceres Orozco, Juez de Sentencia Penal N°1 de la capital, Tribunal Departamental de Justicia, Cochabamba-Bolivia--------------------------------Fdo. Dr. Filemón Pedro Paco, Secretario-Abogado, Juzgado de Sentencia Penal N°1 de la Capital, Cochabamba-Bolivia----------------------------------------------------------- Cochabamba, 16 de marzo de 2023 D. S. O


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