EDICTO
Ciudad: MONTEAGUDO
Juzgado: JUZGADO PÚBLICO SEGUNDO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL Y DE SENTENCIA PENAL DE MONTEAGUDO
EDICTO Nº 002/2022-CC
La Dra. PILAR M. GANTIER CAMACHO, JUEZA EN SUPLENCIA LEGAL DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 2º DE MONTEAGUDO, PROVINCIA HERNANDO SILES DEL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA - Bolivia.---
POR EL PRESENTE EDICTO hace conocer y cita a los HEREDEROS DE YGINIO CARBALLO ONTIVEROS , con la EL MEMORIAL DE FS.10 A 12 Y DECRETO de fecha 31 de octubre de 2022, dictada dentro del PROCESOORDINARIO DE USUCAPION DECENAL O EXTRORDINARIA , con NUREJ: 1M0133806, signado como CAUSA N° 45/2022, seguido por RAMIRA ONTIVEROS SERRUDO en contra de LOS HEREDEROS DE YGINIO CARBALLO ONTIVEROS ; cuyo contenido literal es como sigue:---
MEMORIAL de fs.10 y 12.-- JUEZ PUBLICO DE TURNO CIVIL, COMERCIALY DE SENTENCIA PENAL CON ASIENTO EN MONTEAGUDOSENTENCIA PENALI.- Apersonamiento.----II- Plantea demanda de usucapión extraordinaria.----III.- Otrosí. -ROSSEMARY FERNANDEZ ONTIVEROS con C.I. 7576384 Ch.,mayor de edad, soltera, estudiante vecino de esta ciudad y hábil por derecho, con las debidas consideraciones de respeto expongo y pido:--I.- APERSONAMIENTO. --El testimonio de Poder Notarial N° 213/2022 de fecha 26 de septiembre de 2022, que tengo a bien acompañar, evidencia que la señora RAMIRA ONTIVEROS SERRUDO, me ha conferido poder especial, suficiente y bastante, para apersonarme al juzgado de su digno cargo, en ese mérito, a Ud. pido, se digne tenerme por legalmente apersonado, reconocer mi personería y hacerme conocer resoluciones a dictarse para estar a derecho; petición que fundo en el Art. 24 de la Constitución Política del Estado.--II.PLANTEA DEMANDA DE USUCAPION EXTRAORDINARIA.--(ANTECEDENTES).--Señor Juez, ocurre que mi mandante la señora RAMIRA ONTIVEROS SERRUDO desde hace más de 11 años viene poseyendo de manera pacífica, continua e ininterrumpida un lote de terreno urbano con una superficie de 1.902.83 metros cuadrados, ubicado en la actualidad en el distrito N° 2, Avenida Diagonal Jaime Mendoza, del barrio Los Tajibos de la ciudad de Monteagudo, el cual lo adquirió mediante un contrato verbal de sus anteriores propietarios señores YGINIO CARBALLO ONTIVEROS (+) y ESPERANZA SERRUDO MONTERO (+), lote de terreno que se encuentra debidamente delimitado en su perímetro con postes de madera y alambre de púas, además que en su interior realizo la siembra de pasto para la cría de ganado vacuno y así también tiene construido una vivienda que consta de dos habitación de adobe con revoque de cemento y techo con teja de cemento, asimismo construyo un corral y una cabaña engorde de ganado vacuno, cuenta con agua potable y energía eléctrica que demuestran su posesión real, pacifica, continua e ininterrumpida sobre el lote de terreno desde el año 2010, hasta la presente fecha, hecho que es conocido por toda la vecindad, por todos los actos de dominio que realizo en el inmueble, con lo que se demuestra que
mi mandante se encuentra en posesión pacifica, continua e ininterrumpida sobre el lote de terreno desde el año 2010, hasta la presente fecha, hecho que es conocido por toda la vecindad, por todos los actos de dominio que realizo el inmueble, con lo que se demuestra posesión que se caracteriza en la expresión del corpus y animus, actuando siempre mi mandante como verdadera propietaria, hecho que será verificado por su digna autoridad, en la audiencia de inspección judicial in situ dispuesta por su probidad para el efecto en su oportunidad.----Al respecto el art. 87 del código civil establece que "la posesión es el poder de hecho ejercido sobre un cosa mediante acto que denotan la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad u otro derecho real", por su parte el art. 88 de mismo texto normativo establece que “se presume la posesión de quien ejerce actualmente el poder sobre la cosa, siempre que no se pruebe que empezó a ejercerlo como simple detentador", bajo esa presunción legal manifiesto de manera expresa que me encuentro en posesión civil, real, continuada, pacífica y material del lote de terreno.------El lote de terreno que mi mandante pretende usucapir de acuerdo al plano elaborado por un profesional topógrafo, medido con equipo de medición de última generación arroja los siguientes datos: se encuentra ubicado en distrito No 2, Avenida Diagonal Jaime Mendoza del barrio Los Tajibos de la ciudad de Monteagudo, tiene una superficie de 1.902.83 metros cuadrados, por la parte NORTE mide 144.07 ML colinda con el lote de Virginia Ontiveros Serrudo, por la parte SUR mide 126.88 ML colinda con la propiedad de Hilda Ontiveros Serrudo, por la parte ESTE mide 13.72 ML colinda con la avenida Diagonal Jaime Mendoza y por la parte OESTE, mide 23.46ML (quiebres a 21.59 ML,- 1.87 ML) colinda con la quebrada, lote de figura irregular, fración_ de terreno que es parte del terreno de propiedad de sus anterioes
propietarios YGINIO CARBALLO ONTIVEROS (+) y ESPERANZA SERRUDO MONTERO (+)que se encuentra registrado en las oficinas de Derechos Reales con la matrícula de folio
N° 1051010004641 a nombre de estos últimos mencionados señores.--FUNDAMENTO LEGAL DE LA ACCION.---Como podrá advertir con claridad absoluta, la posesión de mi mandante sobre el lote de terreno de 1902.83 metros cuadrados de superficie, es de manera real, corpórea, pacífica y continuada sin interrupción alguna por el lapso de más de 11 años, en ese entendido se opera la adquisición del inmueble antes señalado por prescripción, es decir, por usucapión decenal extraordinaria en previsión de la norma del art. 138 del código civil, cuando señala que “la propiedad de un inmueble se adquiere también por solo la posesión continuada durante diez años" lo que equivale a decir que un modo de adquisición de la propiedad es la posesión continuada durante diez años como mínimo, y en el caso presente, como se tiene ampliamente demostrado mi posesión comenzó desde el año 2010, fecha desde la cual me encuentro en posesión real, continua y pacífica, sin interrupción alguna y sin perturbación de ninguna naturaleza, en tal razón se operó la usucapión extraordinaria en mi favor sobre el inmueble.----PETITORIO.----Por lo ampliamente expuesto y en la vía ordinaria de conocimiento, en previsión del art.110 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, planteo demanda de usucapión decenal o extraordinaria, al amparo del art. 138 del código civil, sobre la el lote de terreno de 1.902.83 metros cuadrados, de acuerdo al plano adjunto de la superficie sujeto a usucapir,sito en el inmueble ubicado en la avenida Diagonal Jaime Mendoza, barrio Los Tajibos, del Cantón Sauces del Municipio de Monteagudo, de la provincia Hernando Siles, demanda que la dirijo contra los Señores HILDA ONTIVEROS SERRUDO, VIRGINIA ONTIVEROS SERRUDO y SANTIAGO SERRUDO, herederos de la señora ESPERANZA SERRUDO MONTERO por una parte y por otro lado a los herederos que el señor YGINIO CARBALLO ONTIVEROS pudiere tener, pidiendo a usted admitir la presente demanda, correrla en traslado y luego de cumplidos los trámites inherentes emitir sentencia estimativa, declarando PROBADA LA DEMANDA EN TODAS SUS PARTES y en su mérito disponer
la adquisición del inmueble por usucapión y su inscripción vía provisión ejecutoria en las Oficinas de Derechos Reales.Sera Justicia. ---Otrosí 1.- Los demandados son los señores VIRGINIA ONTIVEROS SERRUDO con domicilio en Plaza 20 de agosto N° 13, HILDA ONTIVEROS SERRUDO con domicilio en calle Porvenir No 328 y SANTIAGO SERRUD0 con domicilio en calle Adbulnur Sare N° 15, todos hijos y herederos de la señora ESPERANZA SERRUDO MONTERO (+), para lo cual protesto conducir
al lugar exacto a la oficial de diligencias de su digno despacho, por otro lado, manifiesto que desconozco el nombre y el domicilio de los herederos que el señor YGINIO CARBALLO
ONTIVEROS pudiera tener, por lo que pido previo los informes del SERECI y SEGIP, se
proceda a su citación mediante edictos en el sistema HERMES.---Otrosí 2.-Adjunto en calidad prueba pre constituida, en cumplimiento de requisito formales, a fs. 1 y 2, poder testimonio N° 213/2022, a Fs. 3 certificado de propiedad de los demandados, a Fs. 4 certificado negativo de propiedad de la demandante a Fs. 5, certificado de la Otb. del barrio los Tajibos a Fs. 5, certificado de defunción de ESPERANZA SERRUDO MONTERO a fs. 6, proyecto de plano de lote con la superficie total de 1902.83 metros cuadrados, fs. 7 certificado de defunción de la señora ESPERANZA SERRUDO MONTERO, a fs. 8 certificado de defunción del señor YGINIO CARBALLO ONTIVEROS, los cuales pido a usted tener presente con noticia contraria, protesto presentar mayor prueba en el transcurso
del proceso.--Otrosí 3.- Señalo domicilio procesal calle Sucre N° 984, oficina del profesional que suscribe y domicilio real avenida Jaime Mendoza s/n del barrio los Tajibos, para notificación electrónica al whatsApp 77121057.---Otrosí 4.-Con respaldo en los artículos 144, 174, 187y 193 del código adjetivo civil, ofrezco prueba testifical, inspección judicial para cual pido a su probidad disponer fecha y hora para su desarrollo y pericial en la persona del Topógrafo Luis Sandro Pestañas Maita.----PRUEBA TESTIFICAL---1.- Keren Delgado con C.I. 7575214, mayor de edad, soltera, labores de casa y hábil por ley.----------2- Mario Ortiz Fernandez, con C.I. 12485733 Ch. mayor de edad, soltero y hábil por ley.----
3- Pedro Herrera Terrazas, con C.I. 1129747 Ch, mayor de edad, casado, comerciante y hábil por ley.------------------------------------------------------------------------------------------------------
4.- Felix Rios, con C.I. 2997522 Ch, mayor de edad, soltero, agricultor y hábil por ley.-------
5.- Matilde Torrez, con C.I. 5661176 Ch, mayor de edad, soltera, labores de casa y hábil por ley.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
6- Beimar Vargas Arce con C.I. 11310409, mayor de edad, estudiante, soltero y hábil por
ley.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Otrosí 5.- La cuantía de la presente demanda es de 5.000 bolivianos.----------------------------
Otrosí 6.- En cuanto a honorarios el profesional que suscribe se atiende al arancel del Colegio de Abogados.------------Monteagudo, 27 de octubre de 2022.—Fdo.La impetrante y su abogado patrocinante.--------------------------------------------------------------------------------------
AUTO de fs.13.-- Monteagudo, octubre 31 de 2022. Al I.- En mérito al testimonio de poder notarial N° 213/2022 se reconoce la personería jurídica de ROSSEMARY FERNANDEZ ONTIVEROS, en representación de RAMIRA ONTIVEROS SERRUDO con los efectos de ley.---Al II- En cuanto hubiere lugar en derecho y habiéndose cumplido con las exigencias contenidas en el art. 110 del Código Procesal Civil, se admite la demanda ordinaria de Usucapión decenal o extraordinaria de inmueble urbano sito en el distrito 2, avenida Diagonal Jaime Mendoza, barrios Los Tajibos, de Monteagudo, con la superficie total de 1.902,83 mts2., con sus colindancias y dimensiones que se detallan mismo que lo habría adquirido de sus anteriores propietarios IGINIO CARBALLO ONTIVEROS (+) y ESPERANZA SERRUDO MONTERO (+), donde introdujo mejoras de consideración y que
lo posee en forma pacífica, pública continua e ininterrumpida por más de diez años, acción que la dirige contra HILDA ONTIVEROS SERRUDO,VIRGINIA ONTIVEROS SERRUDO y SANTIAGO ONTIVEROS SERRUDO, herederos de ESPERANZA SERRUDO MONTERO e IGINIO CARBALLO ONTIVEROS, pidiendo que se declare probada la demanda y se disponga la inscripción en el registro de Derechos Reales de esta ciudad, por lo que en aplicación de lo previsto por el art. 363 parágrafo II del Código Procesal Civil, se dispone se corra en traslado a los demandados HILDA ONTIVEROS SERRUDO,ONTIVEROS SERRUDO, para que se apersonen y respondan a la demanda en el plazo de 30 DIAS CORRIDOS a computarse a partir de su legal citación, bajo prevención de seguirse el proceso en su rebeldía con los efectos de ley. Al otrosí 1.- Se tiene presente y observe la cursora. En cuanto a los herederos de IGINIO CARBALLO ONTIVEROS, se dispone oficiarse a la oficina del SERECI Monteagudo, para que informe sobre sus últimos domicilios. Asimismo, por secretaria de este juzgado se recabe informe del SEGIP para los
mismos fines. Al 2.- Por propuesta la prueba documental de cargo con noticia contraria. Al 3.- Por señalado el domicilio. Al 4.- Por propuesta la prueba testifical de cargo, inspección judicial y pericial en la persona del Top. LUIS SANDRO PESTAÑAS MAITA, quien podrá prestar su juramento de ley cualquier día hábil de la semana en horas de oficina ante la secretaria abogada de este juzgado. Al 5.- Se tiene presente. Al 6.- Se tiene presente. De la presente demanda hágase conocer al ejecutivo municipal de Monteagudo.------------------- Fdo.- Mcs..Pilar M Gantier Camacho- Jueza en suplencia legal del Juzgado Público Civil y Comercial 2º de Monteagudo.— Ante mi.- Fdo.-Marianela Salinas Odesta.- Secretaria Juzgado Público Civil y Comercial 2º de Monteagudo.------
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El presente EDICTO es librado en la ciudad de Monteagudo, provincia Hernando Siles del departamento de Chuquisaca, a los quince días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.--
D.
S.
O.-
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