EDICTO
Ciudad: TARIJA
Juzgado: JUZGADO DE SENTENCIA CUARTO EN MATERIA PENAL DE LA CAPITAL
EDICTO Nº 001/2023
Juez: Dra. MAGALI CALDERON DE ALEMAN
Secretaria: Abog. Patricia Canqui Espinoza
Se notifica a: WILSON RAMIRO MOLLOJA MARTINEZ
Juzgado: Juzgado de Sentencia Cuarto de la Capital
Proceso: Penal
Delito: LESIONES GRAVES Y LEVES
Sigue: Ministerio Público
Contra: WILSON RAMIRO MOLLOJA MARTINEZ
NUREJ: 601103012200919
Tarija, 09 de enero de 2023
VISTOS: Que, por el informe de la Sra. Secretaria abogada del Juzgado, se constata la incomparecencia del acusado WILSON RAMIRO MOLLOJA MARTINEZ, pese de haber sido legalmente notificado, lo manifestado por el abogado de las víctimas y lo solicitado por la Sra. Fiscal, y;
CONSIDERANDO: Que, el inciso 1) del Art. 87 del Código de Procedimiento Penal, establece que cuando al acusado no comparezca, sin causa justificada, a una citación de conformidad a lo provisto por este código, procederá a su declaratoria de rebeldía.
POR TANTO: En aplicación del Art. 89 del Cuerpo Legal citado, se declara la REBELDIA al acusado WILSON RAMIRO MOLLOJA MARTINEZ, disponiéndose en consecuencia:
1. Su arraigo y la publicación en los órganos de prensa de sus datos y señas personales para su búsqueda y aprehensión.
2. Se designa como abogado defensor de oficio del imputado, en la persona del Dr. Miguel Ángel Baldiviezo Barrientos CEL: 73499626 quedando legalmente notificado.
3. La conservación de las actuaciones y piezas de convicción.
4. De conformidad al Art. 440 del Código de Procedimiento Penal, copia de la presente resolución remítase al REJAP.
5. Se ordena que por secretaría se expida Mandamiento de Aprehensión en contra del imputado, encomendando al Comandante de la Policía Nacional designe personal policial para su ejecución, instrumento legal que no autoriza retención o detención en algún recinto policial.
Por secretaria de juzgado elabórese el formato de edictos y publíquese mediante la plataforma del Tribunal Supremo de Justicia.
Asimismo, se dispone que la Dra. Lizeth Sempertegui (SEPDEP) en el plazo de 3 días justifique su inconcurrencia al presente acto procesal con documental legal y pertinente bajo conminatoria de ley.
ANOTESE.-
–. –FDO SRA. JUEZ DRA. MAGALI CALDERON ANTE MI DRA. PATRICIA G. CANQUI ESPINOZA
CERTIFICO. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El presente Edicto es librado en la ciudad Tarija a los 18 de enero de 2023 años. ----------------------------------
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