EDICTO

Ciudad: ORURO

Juzgado: JUZGADO PÚBLICO DÉCIMO PRIMERO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL


EDICTO DR. ANDRES OJEDA SURCO JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 11 DE LA CAPITAL (ORURO-BOLIVIA) EN POR CUANTO LA LEY FACULTA.------------------------------------------ Dispone la NOTIFICACION a RENE BALDIVIEZO GUZMAN Y EDGAR ALBA PEREZ dentro el proceso EJECUTIVO seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE VINCULO LABORAL “VINTO” R.L., a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.------------------------------------------ MEMORIAL QUE CURSA A FOJAS 21 A 21 VLTA DE OBRADOS.- Señor juez Instructor de turno en lo Civil.- demanda – Ejecutivo, Wilfredo Aramayo Orellana, mayor de edad, natural y vecino de esta ciudad, casado, domiciliado en Calle Camacho No. 1553 entre Bolívar, con C.I. No. 585533 Or., hábil por derecho a los efectos legales, presentándome ante autoridad con el debido respeto expongo y solicito: Acreditando personería jurídica con la documentación como Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vinto Ldta., consiguientemente en pleno ejercicio de mis facultades, INTERPONGO DEMANDA EJECUTIVA contra los Sres.: RENE BALDIVIEZO GUZMAN, con C.I.No. 2781694-Or., domiciliado en Urbanización “La Aurora” No. U “V” “4”, ALFREDO RODRIGUEZ MAMANI, con C.I. No. 2752894-Or., domiciliado en la Av. España No. 180, y EDGAR ALBA PEREZ, con C.I. No. 600691-Or., domiciliado en C. Gran Chaco No. 21 y Beni, todos mayores de edad hábiles por ley, por la suma de $us. 500,00 (QUINIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS), más intereses legales y penales, daños y perjuicios y demás gastos, para lo que acompaño documento público de contrato de préstamo que constituye título con fuerza ejecutiva. Fdo. Abg..----------------------------------------------------------------------------------------------- SENTENCIA N°519/05 QUE CURSA A FOJAS 63 a 64 DE OBRADOS.- Vistos; Los antecedentes de la materia, y todo lo que ver convino y se tuvo presente. CONSIDERANDO.- Que, los procesos ejecutivos por las características especiales en su tramitación, pretenden la eficacia del título ejecutivo, asi como la preexistencia de la obligación entre la institución acreedora y los deudores; que este proceso se sustancia cuando existe reconocimiento de crédito que los deudore no satisfacen la obligación dentro del plazo estipulado, como es el caso de autos. POR TANTO. El suscrito juez instructor cuarto en lo civil de la capital de Oruro-Bolivia, administrando justicia en primera instancia en nombre de la ley y la jurisdicción ordinaria que por ella ejerce falla declarando PROBADA la demanda ejecutiva de fojas 21 aclarada a fojas 2, interpuesta por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VINTO LTDA., representado por Felix Gualberto Barral Guzman, Freddy Lavayen Godoy y Roberto Castro Solíz,. Disponiéndose la prosecución del presente tramite hasta el estado de subasta y remate de los bienes embargados o por embargarse propios de los ejecutados, para que con su producto se dé y pague a la institución acreedora la suma de QUINIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS, más intereses convenidos y costos procesales. Reg Fdo. Juez Fdo. Secretario.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- MEMORIAL QUE CURSA A FOJAS 184 DE OBRADOS.-Juez Publico Civil y Comercial Nº 11 de la capital de Oruro.- LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE VINCULO LABORAL “VINTO” R.L., dentro el proceso de Ejecutivo Señor Juez, Cooperativa de Ahorro y Crédito de Vínculo Laboral “VINTO” R.L., debidamente representada por el Lic. CINTYA DORIS SUAREZ CHAVEZ con C.I. 4039879 Or. Señor juez se evidencia que se habría cumplido con la notificación a los ejecutados Alfredo Rodriguez Mamani y Edgar Alba Perez, empero no se habría encontrado al deudor principal Rene Baldivieso Guzman, pese a que habría buscado en sus dos domicilios señalados por SEGIP Y SERECI, en este antecedente solicito a su autoridad se libre EDICTO DE LEY para la notificación a Rene Baldivieso Guzman, para cuyo fin protesto cumplir las formalidades inherentes Fdo. Abg. Fdo. Asesor legal-------------------------- DECRETO QUE CURSA A FOJAS 122 DE OBRADOS.-Oruro, 01 de agosto de 2022.- Por lo que dispone la notificación mediante Edicto de Ley a los ejecutados ALFREDO RODRIGUEZ MAMANI, RENE BALDIVIEZO GUZMAN y EDGAR ALBA PEREZ, con la demanda principal y la Sentencia N° 519/2005 de fs. 63 a 64 obrados, a cuyo efecto líbrese edicto de ley, el mismo sea publicado mediante sistema HERMES. Fdo. Juez Fdo. Secretario.-------------------------------------------------------------------------------------- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS AÑOS.------------------------------------------------------------ G.A.M.


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